El anuncio temprano que realizó Miquel Iceta cuando todavía estaba caliente el papel de la sentencia sobre los hechos del 1 de octubre se ha cumplido: indultar para avanzar. No es de extrañar, porque algún gesto demandaba ERC para sentarse en la “mesa de diálogo” y tal vez facilite al gobierno de Pedro Sánchez la llegada a buen puerto de sus negociaciones con los republicanos y con JxCat para intentar aprobar los presupuestos generales.

No era, pues, una equivocación, sino el globo sonda con el que comprobar el grado de escándalo que pueda provocar una medida de ese tipo. Porque suelen serlo, causa de escándalo, cualesquiera gestos que pretendan eliminar el rastro del código penal sobre la espalda de un condenado. Desde el juicio en el que el populacho salvó a Barrabás solo para condenar a Jesús, la sed de sangre se aplaca en la crítica feroz a medidas de esta enjundia, porque se consideran un irse de rositas para “banqueros, políticos o asimilados”, en palabras de la sentencia de la sala contenciosa del Tribunal Supremo que resolvió el recurso por el indulto de Alfredo Sáenz. Todo escandaloso, sobre todo si en la cabeza de ninguno de ellos asoma la menor duda de haberse equivocado. Pero es que así está ahora regulado este tema.

El indulto puede ser un encaje jurídico a la voluntad del gobierno de flexibilizar la situación de los condenados. Otro, sin duda, lo será la voluntad ya anunciada de reformar el Código Penal. Pero, así como sobre esta última solo cabe la posibilidad de hacer un juicio sobre su oportunidad o conveniencia política, en el caso del indulto es necesario, además y sobre todo, recordar que el propio poder judicial ya ha advertido de la falta de adecuación de la figura a los nuevos tiempos y de la necesidad de reformar la ley que la regula. Tendrá o no tendrá aceptación el indulto, eso es otra cosa, porque al menos en lo que se refiere a los miembros del gobierno catalán más próximos a Puigdemont ya ha sido un jarro de agua fría: descoloca definitivamente su posición rebelde, mientras que para aquellos que optaron por quedarse y aceptar las condenas, el indulto sería ahora una puerta de salida al final del oscuro túnel de la prisión, una puerta que, por cierto, podría quedar colocada antes de llegar a medio trayecto, la quieran (Bassa) o no (Jordis) los indultables.

Pero por lo que se refiere al análisis jurídico de la figura, el indulto se regula en España en una ley que ha quedado obsoleta, no solo porque mantiene ese aire de concesión graciosa del perdón por parte del poder del “rex legibus solutus” de otros tiempos, sino también porque en las circunstancias actuales qué de lo que recoge la ley (“justicia, equidad o utilidad pública” en el caso del indulto total) pueda entenderse justificativo de la medida, no es cuestión pacífica. En la práctica, supone enmendar la plana al poder judicial, porque incluso en caso de que éste no esté de acuerdo, seguirá adelante si el gobierno se empeña. Bien es verdad que existe la posibilidad de que personas con interés legítimo (debate aparte es el de cuáles lo serían aquí), interpongan un recurso contencioso contra la decisión gubernamental, y que esa última instancia judicial, hermana en este caso de la que condenó a los actores del proceso, enmendase a su vez al gobierno.

Pero, después de lo que hemos visto y oído en los últimos días sobre presiones a la Fiscalía, y la tela de juicio en que se ha visto colocada a menudo la judicatura, al menos por lo que respecta a sus más altas instancias, es difícil pensar que, decidiera lo que decidiera la sala, se aceptara la afirmación de que han actuado con libertad. Máxime cuando los afectados hablan de amnistía y no de indulto, jugando en una liga que nada tiene que ver con el perdón o el olvido, sino con la reivindicación de que ni cuanto hicieron fue delito, ni les corresponde responder por los efectos colaterales del fracaso. Indultarán, no me cabe duda. Pero, ¿avanzaremos?