En noviembre del 2018, el Parlamento y el Consejo de la Unión Europea aprobaron la revisión de la directiva de servicios de comunicación audiovisual y dieron a los estados miembros dos años de plazo para transponerla. Este plazo finalizó el 19 de septiembre de 2020 sin que el estado español adoptara la correspondiente legislación básica de transposición de la directiva. Este hecho ha motivado la apertura de un expediente por parte de la CE.
El mes de noviembre del 2020, el Gobierno hizo público y abrió un periodo de alegaciones al anteproyecto de ley general de comunicación, que finalizó el 3 de diciembre del 2020. El Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC) ya formuló alegaciones a este primer texto. El 29 de junio de 2021 se ha vuelto a someter a consulta pública un segundo texto. El periodo de alegaciones finalizó el 12 de julio y el CAC presentó nuevamente alegaciones reiterando aquellas cuestiones, la mayoría y las más relevantes, que no habían sido atendidas e incorporó nuevas.
El estado español y Polonia son los dos únicos estados de la UE que todavía no han enviado a los parlamentos respectivos ningún proyecto de ley.
El anteproyecto que se ha sometido a la segunda consulta mantiene los problemas detectados en el primer texto e incorpora una disposición final primera relativa a la financiación de RTVE, que deja al margen la financiación de otros servicios públicos audiovisuales, entre ellos la CCMA.
Diversidad cultural y lingüística
La Constitución española en su artículo 3.3 establece que "la riqueza de las diferentes modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial atención y protección".
El artículo 8 del anteproyecto de ley general de comunicación audiovisual prevé que la comunicación audiovisual promoverá el conocimiento y la difusión de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas y de sus expresiones culturales.
El artículo 108 prevé que los prestadores de los servicios de comunicación audiovisual televisivos que ofrezcan sus servicios en España contribuirán a reflejar la diversidad cultural.
A pesar de estos pronunciamientos en el anteproyecto, no se prevé ninguna medida para hacer efectiva la diversidad cultural y lingüística, no se contempla ninguna previsión para fomentar la producción audiovisual en catalán ni la presencia de la lengua catalana en la oferta audiovisual.
Se considera, por lo tanto, que el nuevo texto tendría que hacer realmente efectiva la diversidad cultural y lingüística, y prever medidas para garantizar que los ciudadanos tengan acceso a una oferta de contenidos en la lengua propia de Catalunya, estableciendo un porcentaje de contenidos en nuestra lengua.
Sólo el 0,5% de los contenidos de Netflix están en lengua catalana. HBO tiene sólo el 0,1% de su catálogo en catalán, Disney+ el 0,8% y Amazon Prime Video, el 1,3%
Hay que tener en cuenta que, según el Boletín de información sobre el sector audiovisual en Catalunya (BIAC), una de cada tres personas ha buscado contenidos en catalán en las plataformas y no ha encontrado ninguno.
En este sentido, según un informe del CAC, sólo el 0,5% de los contenidos de Netflix están en lengua catalana. HBO tiene sólo el 0,1% de su catálogo en catalán, Disney+ el 0,8% y Amazon Prime Video, el 1,3%.
Hay que tener en consideración que la directiva de servicios de comunicación audiovisual prevé que los estados puedan imponer obligaciones a los servicios de comunicación audiovisual televisiva a petición a fin de que financien producciones locales.
Pero en el anteproyecto se establece únicamente una contribución del 5% de los ingresos de estas plataformas al estado español, muy alejada de la previsión de otros países como Francia o Italia, donde plantean una contribución muy superior. Francia prevé entre un 20% y un 25% e Italia entre un 12,5% y un 20%.
Además, el anteproyecto tampoco prevé una territorialización del reparto de estos recursos ni una reserva específica para las producciones en lengua catalana.
Sería necesario, pues, a mi parecer, incrementar como mínimo hasta el 10% la contribución financiera de las plataformas a la producción propia, en la línea de los países europeos mencionados, y destinar una parte de estos recursos a hacer efectiva la diversidad cultural y lingüística. Donde el texto prevé que "el 50% de estas obras tienen que estar en la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas", se tendría que especificar el tanto por cierto que se tiene que destinar a la producción en las lenguas oficiales de las comunidades autónomas, es decir, el catalán, el vasco y el gallego.
Con el fin de favorecer la oferta de contenidos en lengua catalana, haría falta también que el anteproyecto estableciera que los catálogos de los servicios de vídeo a demanda incorporaran las versiones ya dobladas o subtituladas al catalán de sus obras, eso no implica ningún coste adicional para las plataformas y aumentaría la oferta en nuestra lengua.
Financiación del servicio público audiovisual
El anteproyecto hecho público el 29 de junio incorpora como disposición final primera una modificación sustancial de la ley de RTVE a fin de que las plataformas de servicios a demanda (Netflix, etc.) y las plataformas de intercambio de vídeos (youtube, etc.) hagan una aportación anual del 1,5% de sus ingresos brutos dedicados a la financiación de RTVE. Una medida ciertamente novedosa y que representa un nuevo tributo propuesto por el Ministerio de Hacienda para financiar RTVE.
Se considera, sin embargo, que estas plataformas no tendrían que contribuir únicamente a la financiación de RTVE, sino que también tendría que contribuir a financiar los servicios públicos audiovisuales llamados autonómicos, en nuestro caso, la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals.
La CCMA ha visto disminuir de manera muy considerable sus ingresos publicitarios a causa de la bajada de la publicidad en la televisión tradicional, que se ha desplazado, precisamente, a las plataformas. Hay que tener en cuenta, además, que la CCMA es el principal motor de la industria audiovisual catalana. Por lo tanto, una mejor financiación de la CCMA repercutiría en más recursos para la producción audiovisual catalana.
Haría falta pues, modificar la propuesta legislativa e, independientemente de modificar la ley de RTVE, introducir una previsión al anteproyecto de ley general de comunicación audiovisual que contemplara la financiación de los servicios públicos audiovisuales, concretamente los llamados autonómicos y, por lo tanto, también la CCMA, previendo un fondo para estas aportaciones de las plataformas y un mecanismo para territorializarlo, por ejemplo, en función de la población y de la audiencia de los servicios públicos audiovisuales.
Competencias del Consell de l’Audiovisual de Catalunya
El anteproyecto de ley no responde con respecto a la distribución competencial al nuevo ecosistema audiovisual marcado por los servicios de comunicación audiovisual de acceso condicionado, por los servicios de comunicación audiovisuales televisivos a demanda y por las plataformas de intercambio de vídeos, sobre los cuales al CAC, como autoridad reguladora audiovisual de la Generalitat, no se le reconoce ningún tipo de competencia.
La inmensa mayoría de competencias reguladoras se atribuyen a la CNMC (o al propio ministerio). No tener competencias o no participar en las decisiones que afectan a estos nuevos servicios y los contenidos que difunden supone limitar el ámbito de los reguladores audiovisuales como el CAC, en temas tan relevantes, y en los cuales el Consell ya hace años que trabaja, como son la protección de los menores, el discurso del odio, la publicidad encubierta, la desinformación que pueden encontrarse en alguna plataforma de intercambio de vídeos y en las redes sociales que incorporan contenido audiovisual.
La nueva ley general de comunicación audiovisual marcará el futuro del sector en los próximos años y es fundamental que podamos garantizar una adecuada oferta audiovisual en lengua catalana, un buen nivel de producción audiovisual en catalán, una adecuada financiación de la CCMA y un reconocimiento de las competencias del CAC en los nuevos servicios audiovisuales
La propuesta formulada por el CAC consiste en que las funciones de supervisión y de control de los servicios de comunicación audiovisual y de las plataformas de intercambio de vídeos, atribuidas en el anteproyecto de ley en exclusiva en la CNMC, se ejercieran en régimen de colaboración con el CAC, buscando una actuación concertada entre las diferentes autoridades de regulación audiovisual con el fin de alcanzar un ejercicio más efectivo y eficiente de estas funciones y con el objetivo de optimizar los recursos humanos y materiales dedicados a velar por los derechos de la ciudadanía en el ámbito audiovisual.
En la misma línea, el anteproyecto tampoco prevé la participación del CAC en organismos como el ERGA, que agrupa los reguladores audiovisuales de la UE para coordinar la actuación reguladora entre países. En este grupo, sólo participa la CNMC, que no ostenta determinadas competencias en Catalunya atribuidas en exclusiva al CAC. Hay que destacar que países como Bélgica admiten que los reguladores que existen participen en igualdad de condiciones en el ERGA. La participación en el ERGA es fundamental para una implementación efectiva de la directiva de servicios de comunicación audiovisual. Por parte de ERGA y de la UE no tendría que haber inconveniente que, en la delegación del Estado, asistan los representantes que se considere convenientes. Pero la realidad es que a pesar de las reiteradas demandas desde Catalunya, la CNMC se ha opuesto siempre.
Estamos ante un reto, un desafío. La nueva ley general de comunicación audiovisual marcará el futuro del sector en los próximos años y es fundamental, por lo tanto, que podamos garantizar una adecuada oferta audiovisual en lengua catalana, un buen nivel de producción audiovisual en catalán, una adecuada financiación de la CCMA y, finalmente, pero no por eso menos importante, un reconocimiento de las competencias del CAC en los nuevos servicios audiovisuales, que determinará el futuro de la autoridad reguladora audiovisual de la Generalitat de Catalunya.