Todos los estados democráticos castigan los actos de violencia que intentan alterar por la fuerza su sistema constitucional (rebelión, llamada en otros sistemas legales traición y a la que los ingleses denominan high treason) y los actos de violencia para impedir la aplicación de las normas, sentencias y actos administrativos (lo que se llama sedición en el Código Penal español). En términos generales el primer delito suele ser sancionado de manera bastante más grave que el segundo. En el conjunto de la Europa democrática, las penas por dichos delitos son semejantes a las legisladas en el estado español.
El gravísimo problema es que la definición legal en el Código Penal español de la sedición no requiere de la violencia, sino que incluye cualquier alzamiento público al margen de las vías legales para impedir la aplicación de las leyes o de las resoluciones administrativas y judiciales. De hecho, el concepto delictivo es tan disfuncional que en 40 años de democracia solo hubo una condena antes de la decidida por el Tribunal Supremo (TS) en el juicio del procés respecto de algunos de los líderes soberanistas catalanes. Con una definición tan oscura, el TS pudo condenarlos a penas absolutamente desproporcionadas, de hasta once o trece años de cárcel.
El estado español mantiene un delito contra el orden público, la sedición, que no requiere del elemento de la violencia, lo que prohíbe directamente cualquier ejercicio de protesta masiva y globalizada no violenta
En esta excepción autoritaria, en esta excepción contraria a las reglas de la democracia liberal, reside el problema legal y político. El estado español mantiene un delito contra el orden público, la sedición, que no requiere del elemento de la violencia, lo que prohíbe directamente cualquier ejercicio de protesta masiva y globalizada no violenta. Por poner un ejemplo, las protestas y resistencias no violentas de Gandhi serían condenables por sedición, si fuera juzgado por el TS.
He ahí el núcleo de la cuestión que separa radicalmente el sistema jurídico-penal español del propio de los otros estados de la Europa democrática y que explica los sucesivos fracasos alcanzados por el TS en sus reclamaciones de extradición intraeuropea ante los tribunales escoceses, belgas o alemanes y de extradición común ante los tribunales suizos, las cuales tenían por objeto los líderes catalanes exiliados en los dichos países. En la Europa democrática convocar una consulta ciudadana o un referéndum puede, como mucho, ser una actuación que no genere efectos jurídicos si la autoridad convocante no es la competente, pero no constituye delito ninguno. Esta anomalía, junto con otras como la tipificación delictiva de las injurias al jefe del Estado y de los ultrajes a las banderas alejan el derecho penitenciario español de la legislación y jurisprudencia europeas y también de las de los EE.UU. y justifican la derogación de las formas no violentas de la sedición (prometida por Pedro Sánchez en su investidura y retrasada como tantas otras cosas) y de las citadas injurias y ultrajes para acercar el sistema penitenciario español al de las democracias liberales.
En la Europa democrática convocar una consulta ciudadana o un referéndum puede, como mucho, ser una actuación que no genere efectos jurídicos si la autoridad convocante no es la competente, pero no constituye delito ninguno
En lo que respecta a los líderes soberanistas catalanes condenados por este delito y aquellos residentes en otros países europeos contra los que subsisten órdenes de detención, una reforma de esta naturaleza eliminaría el delito por el que han sido condenados, lo cual supondría la plena extinción de la pena, con su accesoria de inhabilitación. La misma conclusión habría de aplicarse a los miles de investigados en Catalunya por hechos análogos ocurridos entre septiembre de 2018 y la actualidad, en los que no ha existido el elemento de la violencia que las leyes penales de la Europa democrática exigen para penar cualquier subversión constitucional o alteración del orden público.
Una mera reducción de penas no resolvería este problema.