De nombre Rick, Slayman es el primer trasplantado vivo receptor de un riñón de cerdo. Es conocida la afinidad genética entre cerdos y humanos; así que, simplificando mucho, se han hecho unas cuantas modificaciones en ese riñón y parece que la operación ha sido un éxito. De hecho, aunque su final sea como el de otros dos trasplantados, que murieron tras recibir sendos corazones de cerdo, el suministro de órganos entre esos animales y nosotros parece apuntar hacia el éxito, máxime cuando la alternativa de los receptores, en caso de no hacerse el trasplante, era la muerte segura. Sin embargo, tras la operación, necesariamente se instala una duda: ¿cuánto de una persona puede ser trasplantado para que sea legítimo que continúe considerándose ella misma?
La pregunta, que puede parecer banal, apunta en el sentido de la famosa paradoja del calvo, formulada por un tal Eubúlides de Mileto hace veinticinco siglos: ¿cuántos cabellos separan a un calvo del que no lo es? En otras palabras, la dificultad para distinguir lo poco de lo mucho o, incluso, la cantidad de la calidad, la existencia de la esencia, la materia del espíritu. El mismo tipo de cuestión se planteaba mi maestro en la Universidad de Roma-La Sapienza, Alessandro Pace, y sobre ella discutíamos al hilo de la reforma constitucional, el tema en el que era experto: ¿cuánto de la Constitución italiana de 1947 puede ser reformado? Cualquier cosa, excepto los ámbitos petrificados, en concreto, la forma política de Estado, que en ningún caso puede volver a ser monarquía. Seguirá siendo la de 1947, aunque la mayoría de su articulado se haya visto modificado en las numerosas reformas que ha sufrido el texto. Todo nuevo, pero como referente, el momento del pacto.
La Constitución de 1978 dejaría de serlo si se autorizase un referéndum que preguntase sobre la autodeterminación de alguno de sus territorios
En nuestro país, como ya predije en su momento, el debate sobre la amnistía está casi digerido. Quedan algunas dudas en torno a las palabras de Reynders, en concreto, si se paralizará —como él afirma— la aplicación de la ley en caso de plantearse una cuestión prejudicial sobre la misma. Pero a pesar de las plumas perdidas por el PSOE a lo largo del camino, Salvador Illa afronta las elecciones catalanas con optimismo, y el trámite del Senado solo ralentizará la casi segura ley, que el Tribunal Constitucional no enmendará. La interpretación de la Constitución hasta ahí puede estirarse. En cambio, dejaría de ser la Constitución de 1978 si se autorizase un referéndum que preguntase (con algún sentido práctico) sobre la autodeterminación de alguno de sus territorios. Porque, aunque se preguntase por ello y Catalunya dijera que sí, aspectos ambos harto improbables, para poderse realizar el resultado, se requeriría iniciar y culminar con éxito el costosísimo trámite de que toda España estuviera de acuerdo con la división, materializado a través de una reforma constitucional del art. 2 donde se establece la indivisibilidad de España. Un viaje de andadura incierta y puerta de salida cegada, pues aun no siendo imposible, como ocurre en Italia, es innegable la enorme dificultad.
¿Existiría la Constitución española de 1978, en última instancia, la España que a través de ella se constituye en el Estado que hoy es, si se introdujese en su articulado el principio de autodeterminación de los pueblos que la integran? Una respuesta honesta a esa pregunta requiere conocimiento jurídico, generosidad política y honestidad intelectual, esos tres ingredientes de los que tan faltos vivimos en el tiempo presente. Por lo pronto, la bioingeniería y la manipulación genética pueden hacer factible que Slayman se sobreviva a sí mismo.