La entidad Plataforma per la Llengua ha dirigido un escrito en la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en que pide la expulsión del sistema sanitario público de la médica que ha protagonizado los dos últimos casos de discriminación lingüística por hablar en valenciano.
Según asegura la entidad, a la ginecóloga A.P.R. es la protagonista de la denuncia interpuesta por una pareja el pasado mes de agosto en el centro de especialidades Joan Llorenç de València, que acusaron a la doctora de instarlos en "hablar en castellano", y también del caso denunciado la pasada semana por la periodista y escritora Núria Cadenes, que se quedó sin atención médica porque, según anotó la médica en el informe médico, la paciente "hablaba en valenciano".
En poco más de un mes, dos personas han denunciado discriminación lingüística a la sanidad pública valenciana. @macarceller habla a @tv3cat: https://t.co/QZLbHi1kri
— Plataforma por|para la Llengua���� (@llenguacat) 23 de octubre de 2018
La ONG por el valenciano señala en un comunicado que la doctora "manifiesta unos prejuicios lingüísticos contra el valenciano impropios de una trabajadora del sector público de la Generalitat" y asegura que su actitud "contraria y reiterada de negar la atención a los pacientes que le hablan valenciano hasta el punto de dejarlos sin atención médica [...] la hacen estar incapacitada profesionalmente para el ejercicio de su profesión".
Vulneración de la ley
Es por esto que Plataforma per la Llengua pide en la Conselleria de Sanidad que aparte de la carrera profesional la ginecóloga haciendo uso de la "posibilidad de que ofrece el capítulo II de la Ley 10/2010 de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, que considera faltas muy graves el incumplimiento del deber de acatamiento del Estatuto de Autonomía o la discriminación en razón de lengua".
Concretamente, explica la entidad, el artículo 145 de la Ley afirma que, por faltas muy graves, se podrá adoptar "la separación del servicio o la revocación del nombramiento del personal funcionario interino" o "la suspensión de funciones y retribuciones por un periodo de entre tres y seis años". La ONG del valenciano, además, denuncia públicamente que "negar la atención sanitaria a un ciudadano por el hecho de hablar valenciano es un caso de discriminación que vulnera la legalidad del Estatuto de Autonomía valenciano, de la Ley de Uso y enseñanza del valenciano (LUEV), de la ley estatal del Estatuto básico del empleado público e, incluso, del artículo 14 de la Constitución española".