El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hará públicas el 11 de abril sus conclusiones sobre el recurso de los eurodiputados de Junts Carles Puigdemont y Toni Comín sobre la negativa inicial del Parlamento Europeo a darles el escaño. Será el polaco Maciej Aleksander Szpunar quien emitirá su opinión sobre el recurso en casación que hicieron Puigdemont y Comín a la decisión del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) de julio del 2022 de considerar "inadmisible" el recurso de ambos eurodiputados contra la decisión de la cámara. El tribunal de primera instancia consideró que la Eurocámara "se limitó a tomar nota de la situación jurídica" notificada por la Junta Electoral Central (JEC).
En su decisión de considerar "inadmisible" el recurso, el TGUE argumentó que el Parlamento Europeo "se limitó a tomar nota de la situación jurídica" notificada por las autoridades españolas con respecto a la situación de Puigdemont y Comín. Así, el tribunal de primera instancia apuntó que la "imposibilidad" de tomar el escaño y asumir el mandato de eurodiputados no derivaba "de la negativa" del entonces presidente de la cámara, Antonio Tajani, sino "de la aplicación del derecho español".
Aval inicial del TGUE de negar el escaño
En la sentencia, el TGUE avaló que la Eurocámara negara inicialmente el escaño a Puigdemont y Comín tomando como referencia la lista definitiva de la JEC en que no aparecían por no haber jurado la Constitución, tal como exige la legislación española. Según el tribunal, el escrito en que la cámara les negaba el escaño "indicaba expresamente que la postura expresada" por Tajani "podría haber cambiado en función de nueva información recibida por parte de las autoridades españolas". Este posicionamiento argumentó el tribunal, mostraba que la decisión de la cámara no tenía un "carácter decisorio ni definitivo".
Según el TGUE, la Eurocámara tampoco tenía "la competencia para controlar si era procedente la exclusión" de Puigdemont y Comín de la lista definitiva notificada por las autoridades españolas, ni para "pronunciarse sobre las controversias que radican en disposiciones del derecho nacional". En el recurso, que fue rechazado por el TGUE, Puigdemont y Comín pedían la anulación de las decisiones de la Eurocámara que llevaron a la negativa inicial de darles el escaño, además de una indemnización por las retribuciones que reciben a los eurodiputados.
Respuesta a Puigdemont y Comín
La sentencia del TGUE respondió a un recurso que Puigdemont y Comín presentaron en junio del 2019 contra la Eurocámara por haberles negado inicialmente el escaño a la espera de que los tribunales resolvieran la controversia porque no habían jurado la Constitución, como exigía la legislación española.
Puigdemont y Comín formaban parte de la lista de Junts, que ganó las elecciones europeas de mayo del 2019 en Catalunya y le correspondían dos escaños. La JEC incluyó a Puigdemont y Comín en la lista de candidatos electos, pero la legislación española exige el juramento de la Constitución para tomar posesión del cargo. Ninguno de los dos lo hizo, de manera que en la lista definitiva no aparecían ni Puigdemont ni Comín. Tampoco había Oriol Junqueras, a quien el Supremo no dejó salir de la prisión preventiva para jurar la Constitución.
De esta manera, Tajani no los reconoció como eurodiputados a la espera de que los tribunales resolvieran la controversia. Puigdemont y Comín tomaron el escaño finalmente en diciembre del 2019, cuando el entonces presidente de la Eurocámara, David Sassoli, les admitió a raíz de la sentencia sobre la inmunidad de Junqueras, que establecía que la condición de eurodiputado se obtiene únicamente por la elección en las urnas.