La ley de amnistía ha cumplido tres meses en vigor este miércoles, coincidiendo con la Diada, y en el último mes casi ni han aumentado los beneficiarios. Actualmente, se ha aplicado la amnistía a 110 personas, cinco más que en julio, según datos de Alerta Solidaria. Son: 51 agentes de la policía española (incluido 4 agentes de los Mossos), 49 manifestantes (tres ellos con recurso en el Supremo)y 10 políticos. Es decir, la policía española sigue siendo la principal beneficiaria de la norma del olvido penal. Ni la Fiscalía ni el Gobierno dan cifras oficiales de las causas amnistiadas, de las cuales inicialmente se dijo que se podrían acoger cerca de medio millar de personas (486). La cifra de policías amnistiados podría aumentar ahora si se aprueba la amnistía solicitada para otros agentes de la policía española, en este caso, denunciados e investigados por trato vejatorio a jóvenes que se manifestaban en Via Laietana contra la sentencia del Supremo a los líderes catalanes, en octubre de 2019.
Enfrente de la tranquilidad de los cuerpos policiales, la mayoría de políticos y algunos activistas han visto como sus causas han sido paralizadas por el Tribunal Supremo, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) y la Audiencia Nacional al presentar cuestiones de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional (TC) y prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). Un caso extremo es el de los cinco síndics electorales del 1-O: sus abogados pidieron la aplicación de la amnistía el mismo 11 de junio y en julio, y pasados los dos meses que fija la ley 1/2024 para que los juzgados se pronuncien, el magistrado del Penal 11 de Barcelona ni ha dado traslado a la Fiscalía para que informe.
Recursos de las entidades contra los policías
Sin embargo, hay que recordar que la amnistía para los 46 agentes de la policía española, que estaban a punto de ser juzgados por delitos de lesiones y trato degradante a votantes en el Referéndum del 2017 en Barcelona, todavía no es firme. Su amnistía fue recurrida por las entidades Irídia, Òmnium Cultural y la ANC, pero es bien difícil que la Audiencia de Barcelona tumbe la aplicación de la norma del olvido penal, que acordó el titular del juzgado de instrucción 7 de Barcelona, y les haga ir a juicio.
Paralelamente, las cuatro cuestiones de inconstitucionalidad presentadas al TC y las prejudiciales en el TJUE (por ahora dos) solo frenan la aplicación de la amnistía de los casos concretos por los que se han interpuesto, aunque las sentencias marcarán el camino. Son una condena a un manifestante por el 1-O en Girona (caso presentado por el Supremo), y los casos de tres políticos catalanes que ya han cumplido la pena de inhabilitación: el president Quim Torra, l'exconseller Bernat Solè, y el exdiputado de la CUP Pau Juvillà (por parte del TSJC).
La tercera situación, y la más excepcional, es que el Tribunal Supremo sigue sin querer aplicar la amnistía por el delito de malversación del 1-O: ni el juez Pablo Llarena en el caso president en el exilio, Carles Puigdemont, ni la sala penal del Supremo a los excargos condenados Oriol Junqueras, Jordi Turull, Dolors Bassa y Raül Romeva.
Causas pendientes y paradas
En su caso, los síndics electorales del 1-O – el exdiputado de Junts Josep Pagès; la exconsellera de Feminismos yu actual diputada de ERC, Tània Verge; el catedrático de Ciencia Política Jordi Matas, y los abogados Marc Marsal y Marta Alsina- fueron absueltos por una magistrada de Barcelona en el 2021 y la Fiscalía – que pedía dos años y nueve meses de prisión por los delitos de desobediencia y usurpación de funciones públicas a cada uno- presentó recurso y la Audiencia de Barcelona hizo repetir el juicio. La vista no se ha llegado a hacer ante los aforos que han tenido Pagès (Tribunal Supremo) y Verge (TSJC). La entrada en vigor de la amnistía, el 11 de junio pasado, sin embargo, no tendría que retrasar más su aplicación porque actuaron para impulsar el Referéndum.
Cuatro jóvenes, en la protesta deTsunami Democràtic, amnistiados
Y aunque agosto es inhábil para los plazos procesales, la magistrada del juzgado de lo penal 20 de Barcelona, Mercè Fernández Pérez, resolvió el 8 de agosto aplicar la amnistía a cuatro jóvenes, defendidos por los abogados Benet Salellas y Norma Pedemonte. Los cuatro chicos eran acusados de desórdenes públicos y uno de ellos de lesiones por haber lanzado objetos a las furgonetas policiales en una concentración impulsada por Tsunami Democràtic en el Camp Nou, el 18 de diciembre de 2019, contra la sentencia del procés. La magistrada se ha opuesto a la pretensión de la acusación de un agente de los Mossos herido, que sostiene que el delito de lesiones no se puede amnistiar. La jueza razona que la acción está vinculada con los desórdenes y que la ley solo excluye los actos dolosos de gravedad, y hace referencia a una resolución similar de la Audiencia de Barcelona. Además, no se descarta que se reclame la responsabilidad civil por la vía civil.
No obstante, un agente de los Mossos, con el abogado José Antonio Bitos, ha presentado un recurso al Tribunal Supremo contra la amnistía a uno los tres jóvenes de Granollers al cuestionar que se pueda aplicar al delito de lesiones. Y, el joven anarquista independentista Abel Mora continúa en prisión, desde finales de mayo, porque no ha obtenido la amnistía para la condena de 3 años y 9 meses de prisión por un delito de lesiones a un manifestante.