El Tribunal Constitucional ha declarado este jueves de forma unánime la inconstitucionalidad de la amnistía fiscal aprobada por el gobierno del PP en marzo del 2012, han informado fuentes del tribunal de garantías. La cancelación de la medida, que fue promovida por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, no afectará las regularizaciones firmes que se hicieron bajo su amparo.
El recurso fue presentado por 50 diputados del PSOE contra la disposición adicional primera del Real Decreto-Ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducían diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción de déficit público.
En su recurso entendía que esta normativa favorece a los defraudadores al permitirles regularizar su situación fiscal con un pago del 10 por ciento del valor de los bienes aflorados (para rentas superiores a 100.000 euros), mientras que los contribuyentes cumplidores pagan el 43 por ciento.
A la regularización fiscal se han acogido personalidades públicas investigadas en los tribunales como varios miembros la familia Pujol, el extesorero del PP Luis Bárcenas, el exsecretario general del PP en Madrid Francisco Granados y su exsocio David Marjaliza –ambos imputados en el caso Púnica–, el exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato. En su día Hacienda cifró en 30.000 los españoles que se acogieron a este modelo retributivo dirigido a recuperar dinero oculto fuera del país.
La sentencia concluye que el proceso de regularización de capitales no declarados a cambio de tributar un 10% traspasó los límites establecidos en la Constitución porque "afectó" de forma sustancial "el deber" general de todos los ciudadanos "de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos" de acuerdo a su riqueza y mediante un sistema tributario justo.
Términos prohibidos
El pleno entiende que la medida tuvo "efectos importantes" al permitir la regularización de rentas ocultas "a un tipo reducido", y "alteró el reparto de la carga tributaria que tienen que sostener la generalidad de los contribuyentes".
Según los magistrados, el decreto de la amnistía actuó en unos términos "prohibidos" por el artículo 86,1 de la Constitución, porque "en vez de servir a la lucha contra el fraude fiscal", permitió que los que tenían rentas ocultas se aprovecharan "bajo el pretext de la obtención de unos ingresos que se consideraban imprescindibles delante de un escenario de grave crisis económica".
Al fin y al cabo, según el TC, "supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos a contribuir al sostén de los gastos públicos".
Acatar y cumplir
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha asegurado este jueves que el Gobierno central "acata y cumple" la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declara por unanimidad inconstitucional la amnistía fiscal.
"Cuando se dicta una sentencia por un tribunal, se acata y se cumple", ha destacado en declaraciones a los medios antes de participar en la presentación de un informe del Observatorio de la Actividad de la Justicia en el Colegio de Abogados de Barcelona (Icab). Catalá ha admitido que las sentencias de los tribunales "a veces gustan y otras veces gustan menos", pero todas ellas deben cumplirse en cualquier Estado democrático de derecho.