La amnistía llega al PSC. La Audiencia de Barcelona ha aceptado aplicar la amnistía a l'exprimera teniente de alcalde de Pineda de Mar, la socialista Carme Aragonès, y el entonces segundo teniente de alcalde y responsable de Urbanismo, Jordi Masnou, que fueron condemnados a un año de prisión por haber "exigido" a la dirección de una cadena hotelera "la expulsión" de unos 500 agentes de la policía española que tenía en los hoteles Checkin Pineda y Checkin Montpalau, el día siguiente del referéndum y las cargas policiales del 1-O de en el 2017, según ha comunicado el gabinete de prensa del TSJC, este lunes. Los dos aceptaron una condena de un año de prisión por coacciones, sentencia que fue declarada firme y el 17 de mayo de 2023 se acordaba la suspensión de la ejecución de esta pena de prisión durante un plazo de dos años con las condiciones impuestas en esta resolución. El jefe de la policía local de Pineda, Carles Santacreu, fue absuelto.
Inicialmente, el fiscal de Delitos de Odio les pedía tres años de prisión y tres más de inhabilitación para ejercer cargo público por un delito de coacciones con la agravante de prevalencia de carácter público. Finalmente, los dos regidores acordaron con el fiscal una condena de un año de prisión y uno de inhabilitación a cargo público como autores de un delito de coacciones, con la circunstancia atenuante simple de dilaciones indebidas y la agravante de prevalecerse del carácter de servidores públicos.
Hechos incluidos en la ley
En dos resoluciones separadas, la sección 6ª de la Audiencia de Barcelona sostiene que los hechos probados de la sentencia que los condenó “están claramente comprendidos en el marco temporal y objetivo que viene definido en el artículo 1 de la LO 1/2024”. Por eso, el tribunal les extingue toda responsabilidad penal, tal como recoge la norma.
El tribunal -formado por los magistrados José Manuel del Amo, Paula Ramon y Laura Gómez- exponen que los hechos fueron cometidos en el interior del Hotel Checkin Mont-Palau de Pineda de Mar, y tuvieron por finalidad hacer que los responsables de este hotel obligaran al desalojo de los 500 agentes del Cuerpo Nacional de Policía que estaban alojados en este hotel, y al Hotel Chekin Pineda también situado en esta localidad. Añade que estos agentes fueron destinados en Catalunya en aquellas fechas con ocasión de la celebración del Referéndum de Autodeterminación del 1 de octubre de 2017 para impedir su celebración, "y la actuación de los penados tuvo como finalidad dificultar la labor de estos agentes, poniendo trabas a su alojamiento en esta localidad, mostrando de este modo un claro apoyo a la celebración del citado referéndum". Y concluyen que "esta conducta encaja sin ningún género de dudas en el ámbito objetivo descrito en el artículo 1 de la LO 1/2024", y, por tanto, los amnistía.