La Asamblea Nacional Catalana (ANC) pide 12 años de prisión para la escopetero y tres mandos de la policía española, acusados de reventar el ojo derecho a Roger Español por un disparo de una pelota de goma el 1-O de 2017, según el escrito de acusación, al cual ha tenido acceso ElNacional.cat, este martes. La ANC es acusación popular en la causa del activista y, en concreto, pide 9 años de prisión por el delito de lesiones con la agravante de actuar con prevalencia y 3 años de prisión más por el delito contra la integridad moral. La entidad Òmnium Cultural también ejerce de acusación popular y ahora tiene que presentar su escrito con las penas que pide.
El centro Irídia, que lleva la acusación particular de Español, presentó, hace unas semanas, su escrito y eleva la petición de castigo un año más, con un total de 13 años de prisión; al pedir 4 años por un delito de tortura. En cuanto a la responsabilidad civil, la ANC hace responsable subsidiario al Ministerio del Interior y aprueba la cantidad que reclame Español por las lesiones y secuelas sufridas físicas y psíquicas por el estallido ocular. En concreto, el activista pide 320.632 euros a los policías y al gobierno español.
Traductores de catalán a castellano
En el escrito, la abogada de la ANC, la penalista Esther Palmés, pide expresamente que en el juicio oral “se habiliten traductores de lengua catalana a castellana” a fin y efecto de que las partes, testigos y peritos “puedan declarar o manifestarse en la lengua oficial que decidan”. La ley ampara los derechos lingüísticos de los ciudadanos en la Administración de Justicia, pero, a veces, no se cumple porque hay alguna de las partes que vienen de fuera de Catalunya, como será el caso de los polícies y sus defensas.
La sección 2.ª de la Audiencia de Barcelona será la encargada de juzgar los agentes, después de que el mismo tribunal descartara aplicarlos la amnistía porque la lesión de Español es de gravedad. Por el contrario, la Fiscalía de Barcelona pide que se les aplique la norma del olvido penal, o que se archive la acusación porque -a parecer suyo- actuaban siguiendo las órdenes recibidas.
“Actuación violenta” de la policía
En el escrito, la penalista Palmés detalla que los acusados estaban integrados al grupo CAMEL50 para parar la votación del 1-O en la escuela Ramon Llull de Barcelona. La estructura del grupo estaba formada por: el acusado inspector 73.861, haciendo las funciones de jefe de grupo; los acusados subinspectores 58808 y 84652 como subjefes de grupo, y el acusado agente 110.843 que formaba parte como escopetero.
La abogada relata que a la calzada de la calle Sardenya había “un grupo de personas sentadas como forma de protesta pacífica tanto por la decisión de las autoridades judiciales de impedir el referéndum de autodeterminación como por la forma en que los agentes del Cuerpo Nacional de Policía estaban ejecutando violentamente estas órdenes a muchos centros de votación y en especial, en aquel donde se encontraban”. Añade que cuando acabaron su actuación en el centro, el pelotón quiso volver a las furgonetas, y el inspector ordenó disparar pelotas de caucho a los ciudadanos que les seguian por la calle.
En este contexto, la letrada asegura que "un agente empujo a Español”, que les reprochava los golpes de porra contra los ciudadanos. El escopeter vio esta acción -según Palmés- y dirigió los disparos de pelotas de goma hacia Roger Español, hasta impactarle en el ojo derecho en el tercer disparo.
Diecisiete pelotas de goma
“Esta orden fue compartida y aceptada por los cuatro acusados, los cuales eran conscientes que no había ninguna situación de peligro, ni por los agentes ni por terceros, que justificase el uso de las balas de caucho, siente también plenamente conscientes del alta probabilidad de que se causaran lesiones de gravedad atendida la proximidad de los manifestantes”, manifiesta Palmés. Y añade: “Alta probabilidad que fue aceptada por todos los acusados, que no revirtieron la orden hasta el punto que se llegaron a disparar 17 balas en aquel lugar. Además, los acusados, actuaron prevaleciéndose de su condición de funcionarios públicos, actuando entre un numeroso grupo otros policías y proveídos de la equipación policial frente a un grupo de ciudadanos desarmados.”
Y manifiesta: “En todo momento, los acusados que formaban la cadena de mando y de quién salió la orden, agentes 73861, 58808 y 85654 eran al lugar de los hechos, cerca del escopetero sin que a pesar de tener plenjo conociendo el alta lesividad que podía provocar un impacto de una bala de caucho en el cuerpo humano tanto si impactaba directamente como si rebotaba a corta distancia, impidieran la ejecución, asumiendo el más que previsible resultado.“
Además, la abogada de la ANC sostiene que los agentes son autores del delito contra la integridad moral, además del de lesiones porque “a pesar de poder ver perfectamente que uno de los disparos había impactado al rostro de Español y la caída de este a tierra, los agentes bajo la supervisión directa del agente acusado 84654 siguieron disparando contra las personas que lo estaban socorriendo.”