El juzgado contencioso administrativo número 1 de Vitoria ha notificado esta mañana la sentencia que resuelve la demanda interpuesta por la Delegación del Gobierno en Vitoria que dio lugar a la suspensión de un acto de Anna Gabriel el pasado 15 de septiembre del 2017 en la misma ciudad.
En aquel momento la petición de suspensión de la Delegación del Gobierno fue atendida por el juzgado como medida cautelar, hecho que provocó la suspensión del acto en el transcurso del mismo con la entrada de la Guardia Urbana de la ciudad. Para dar cobertura a esta suspensión se formalizó el procedimiento contencioso administrativo en que figuraban como actores la Abogacía del Estado actuando en nombre del Gobierno y como demandados el Ayuntamiento de Vitoria y Anna Gabriel. El debate que se ha resuelto en este procedimiento era si la autorización del acto era o no era conforme a derecho.
El Ayuntamiento de Vitoria optó por pedir que no se dictara sentencia porque el acto ya se había suspendido y la representación de Anna Gabriel, ejercida por el también diputado en la pasada legislatura Benet Salellas, pidió que se entrara en el fondo del debate y que se valorara que estaban en juego derechos fundamentales básicos de participación política, reunión y libertad de expresión.
Ahora la sentencia da la razón a Anna Gabriel y desestima el recurso interpuesto por el Gobierno, condenándolo además a pagar todas las costas causadas, y el juzgado argumenta en una extensa sentencia de 25 páginas que no era un acto de campaña electoral, porque el referéndum estaba suspendido y porque Vitoria no es Catalunya; que el derecho fundamental de reunión y de libertad de expresión, igual que el pluralismo político, son esenciales y prioritarios en una sociedad democrática; que no le corresponde al Ayuntamiento controlar el contenido político o partidista de los actos que se celebran; y que el concepto de "neutralidad" como lo entiende la delegación del Gobierno es contrario a los principios básicos de una democracia deliberativa.
La CUP-CC ha valorado positivamente la sentencia porque supone "reconocer que en un sistema que se pretenda democrático tiene que prevalecer siempre el ejercicio de los derechos y libertades más fundamentales, y supone también reconocer el ambiente de vulneración masiva de derechos que vivimos los catalanes y catalanas en las semanas previas al 1 de octubre".