La fiscal María de la O Silva ha quedado apartada del caso de la querella presentada por Alberto González Amador, la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, contra la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal de delitos económicos, Julián Salto, por delitos de revelación de secretos. El encargado de sustituirla será el fiscal superior de Extremadura, Francisco Javier Montero Juanes, que hasta ahora llevaba el caso después de que Silva invocara el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) para que la Junta de Fiscales de Sala se pronunciara sobre la discrepancia de criterio que mantenía con su superior jerárquico, la teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, sobre la admisión de la querella.
Fuentes judiciales han señalado a Europa Press que el hecho de otorgar el caso a Javier Montero se debe a que la querella afecta a dos fiscales de Madrid, incluida la fiscal jefe. Desde el Ministerio Público se ha entendido que lo pertinente es que el caso ahora lo lleve un fiscal ajeno a esta Fiscalía Provincial. Montero se encargará de defender la postura de la Fiscalía, que fue fijada a Sánchez Conde el pasado 24 de abril después de celebrar una Junta de fiscales de Sala que avaló su criterio enfrente del de la entonces fiscal del caso, de que solicitó que se archivara el caso.
El criterio de la Fiscalía
La Junta de fiscales de Sala, después de seis horas de deliberación, apoyaron —con 19 votos a favor, 12 en contra y una abstención— a la número 2 del ministerio, que defendía que no hay delito ni existen indicios contra los querellados, ante el criterio de Silva, que proponía investigar antes de informar al juez a favor o en contra de admitir la querella. Así pues, por unanimidad, la Junta concluyó que no se tenían que intervenir las comunicaciones entre los fiscales del caso y el fiscal general, Álvaro García Ortiz, antes de informar a favor o en contra de la admisión de la querella, como planteaba Silva.
Al día siguiente de la reunión, Silva presentó un informe ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid con el criterio fijado por Sánchez Conde. En el escrito solicitaba que se inadmitiera la querella, ya que, consideraba que la publicación de la nota de prensa "se limitó a proporcionar información veraz a la opinión pública sin revelar datos, hechos o documentos que no hubieran estado ya difundidos en diferentes medios de comunicación y ante la demanda de corroboración de las noticias publicadas, carece de relevancia jurídico penal como para proceder a la apertura de un procedimiento penal".