La Audiencia Nacional ha hecho caso del reclamo de víctimas del 17-A y ha ordenado a la Guardia Civil que no destruya pruebas de los atentados de Barcelona y Cambrils de agosto de 2017. Los abogados Jaume Alonso-Cuevillas y Agustí Carles, en nombres de los padres de Xavi, el menor asesinado en la Rambla, hicieron esta reclamación al tribunal al tener conocimiento  de que la Guardia Civil había vuelto a preguntar  al tribunal del estado de la causa para poder eliminar material. Javier Martínez y otros afectados quieren ir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para que se les reconozca el derecho a saber la verdad, después de que el Tribunal Constitucional se sacudiera sus demandas y validara la sentencia del 17-A. Para estas víctimas, la investigación y el juicio de los atentados no han aclarado ciertos extremos como por ejemplo si el imam de Ripoll, líder del grupo de jóvenes radicalizados, tenía vínculos con el CNI, y, por tanto, con organismos del Estado español, y tampoco se pudo contrastar el estudio forense hecho en el Marruecos sobre su muerte.

En la diligencia, a la cual ha tenido acceso ElNacinoal.cat este viernes, el letrado de la Administración de Justicia de la sección 3.ª de la Audiencia Nacional afirma que "la Guardia Civil ya ha sido oficiada para comunicarles que el procedimiento sigue abierto hasta su total ejecución". Incluso, se escuda diciendo que todavía no se había preguntado a las partes del proceso sobre la destrucción, pedida por segunda vez por el cuerpo armado. La Guardia Civil pidió, el julio pasado, si podía destruir "sustancias" de esta investigación.

Condenados, no por las muertes

El Tribunal Supremo desestimó, el noviembre pasado, los recursos de casación interpuestos por los dos principales procesados y por víctimas contra la sentencia de la sala de apelación de la Audiencia Nacional, que condenó Driss Oukabir (36 años de prisión) y Mohamed Houli Chemlal (43 años de prisión) como autores de los delitos de pertenencia a organización criminal con finalidad terrorista, fabricación y tenencia de explosivos con cuyo objeto y de estragos y lesiones imprudentes, y a Said Ben Iazza como cooperador en el delito de organización criminal con finalidad terrorista.

De Ben Iazza, el Supremo estimó parcialmente el recurso, puesto que considera que "fue cometido por imprudencia grave", al dejar la furgoneta a los asesinos, y rebajó la pena de 8 años a 18 meses de prisión, que ya ha cumplido. 

Familiares y agentes de los Mossos reclamaban repetir el juicio para poderlos acusar de los 16 asesinatos en Barcelona y Cambrils el 17 de agosto del 2017. Y ahora esperan que el tribunal europeo les abra la puerta para que se intenten aclarar dudas y conseguir "un relato reparador", en palabras de los abogados.