El juicio a Arnaldo Otegi se tendrá que volver a repetir. Así lo ha ordenado el Tribunal Supremo este lunes, después de que una sentencia del Tribunal de Estrasburgo condenara a España por no haberse producido un juicio justo. La condena del TEDH llegó después de que el líder de la izquierda abertzale ya hubiera cumplido íntegramente la pena de seis años y medio de prisión, entre los años 2009 y 2016, sin recibir ningún tipo de permiso ni beneficio de los contemplados por el reglamento penitenciario.
Así, el pleno jurisdiccional de la sala de lo penal del Tribunal Supremo ha ordenado por unanimidad la repetición del juicio por el caso Bateragune en la Audiencia Nacional. El alto tribunal señala que lo hace "en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que consideró vulnerado el derecho a un juez imparcial de Arnaldo Otegi y el resto de condenados".
Para justificar la repetición del juicio, los 16 magistrados se aferran al artículo 4.2 del protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que según la sala de lo penal "excluye la prohibición de doble enjuiciamiento en supuestos como el que ahora se resuelve". También se fundamentan "en los precedentes de la propia jurisprudencia de la sala". Así, el Tribunal Supremo da la razón a la Fiscalía, que pidió repetir el juicio "para evitar que los hechos quedaran" sin juzgar.
Juez parcial
Ahora hace dos años, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentenció que Arnaldo Otegi fue condenado por terrorismo en un juicio que no fue justo. Eso pasó en noviembre de 2018. Pero no fue hasta este julio que el Tribunal Supremo anuló la sentencia del caso Bateragune, siguiendo lo que ordenó Estrasburgo. El actual coordinador general de EH Bildu llegó a pasar seis años y medio en la cárcel de Logroño. La anulación de la sentencia hizo decaer también la inhabilitación del líder de la izquierda abertzale para ejercer cargos públicos, que estaba vigente hasta el 2021.
El caso llegó a Estrasburgo por la defensa de Otegi, que buscaba dilucidar si la actuación de la magistrada de la Audiencia Nacional Ángela Murillo vulneró sus derechos fundamentales. La defensa alegó que su imparcialidad estaba contaminada por el prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él. En concreto, alegaba que durante el juicio por el homenaje a uno de los líderes de ETA, Argala, Murillo preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo etarra y, ante su negativa a responder, la magistrada afirmó: "Ya sabía yo que no me contestaría a esta pregunta".
De la misma manera, las defensas también denunciaron la presunta parcialidad del presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, por su militancia en el Partido Popular, y del magistrado Antonio Narváez, que fue el fiscal que impulsó la ilegalización de Batasuna. El TEDH rehusó estos argumentos.