La justicia de Navarra se niega a rebajar la condena de otro miembro de La manada, el grupo criminal machista que inspiró la creación de la nueva ley de Libertad Sexual, más conocida como la del 'solo sí es sí'. La sección segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha desestimado la petición del violador Ángel Boza, uno de los cinco condenados por la agresión sexual grupal de los Sanfermines de 2016, de rebajar la condena impuesta por el Tribunal Supremo de 15 a 13 años y 9 meses. En el auto, los magistrados sostienen que la pena de 15 años de prisión "resulta igualmente susceptible de imposición conformemente a la nueva regulación de los delitos contra la libertad sexual", la cual amplía la horquilla de las condenas mínimas y hace posible imponer penas más bajas que hasta ahora. Boza, culpable de un delito continuado de violación con las agravantes específicas de trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas, es el único integrante del grupo criminal con posibilidades de conseguir una rebaja, porque no acumula otras condenas, aunque, como el resto, recibió una pena muy próxima a la mínima, hecho que su defensa quería utilizar para justificar la rebaja. Boza podrá recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).
Rechazan rebajar la condena a Ángel Boza
La Audiencia Provincial de Navarra coincide con la Fiscalía y la defensa de la víctima y ha decidido no rebajar la condena de Ángel Boza, una resolución previsible después de que el tribunal manifestara que harán caso del criterio de la Fiscalía y solo revisarán las sentencias cuando la pena que les impusieron resulte superior o más grave que la máxima que contemple la nueva norma-- es decir, en ningún caso, porque la ley solo modifica la pena mínima. En el caso de Boza, los 15 años de prisión entran dentro de la horquilla actual. Desde la Audiencia Provincial, señalan que el Supremo estableció que la pena mínima legalmente prevista por este delito es de 14 años, 3 meses y 1 día de prisión, aunque puede ascender a los 18 años de prisión según las circunstancias, que el tribunal no vio aplicables en su momento. En este sentido, consideran que la pena que recibió entra dentro de la nueva horquilla y no tiene que estar sujeto de revisión.
La pena entra dentro de la nueva horquilla
Así, como según el Supremo, la pena de 15 años de prisión se encuentra muy próxima al mínimo legal y, por lo tanto, "resulta proporcionada a las circunstancias personales de los acusados y a la gravedad del hecho", la defensa de Boza pedía la rebaja, como ya ha pasado con otros casos por todo el Estado en aplicación de la polémica nueva ley. "En efecto, los hechos son muy graves, y la actitud de los acusados posterior a los hechos que se describe en la sentencia aumenta la culpabilidad" y "justifica la imposición de una pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy próxima a este", concluía el Tribunal Supremo. En cuanto a eso, la justicia de Navarra resalta la minuciosa labor de individualización realizada por el Supremo y, por lo tanto, considera que la pena de 15 años de prisión impuesta en su momento "resulta igualmente susceptible de imposición conformemente a la nueva regulación de los delitos contra la libertad sexual".