Isabel Díaz Ayuso sigue dando tumbos con la gestión del coronavirus. La reacción airada a la imposición por parte del Gobierno a confinar Madrid y nuevo municipios más de la Comunidad, con el anuncio de recurrir ante la Audiencia Nacional ha perdido fuelle. Los servicios jurídicos de la Comunidad no han pedido finalmente medidas cautelarísimas para intentar retrasar la entrada en vigor de las restricciones para frenar los contagios. De esta manera, la orden será vigente a `partir de esta noche si no lo paraliza la Audiencia Nacional.
El gobierno de Díaz Ayuso ha presentado este mediodía ante la Audiencia Nacional el recurso contra las medidas impuestas por el ejecutivo español. Alega en el escrito que puede haber una invasión de competencias. También argumenta que las restricciones afectan derechos fundamentales, por lo cual pide que se adopten con medida y proporcionalidad. Así, pide la suspensión cautelar de las medidas mientras los tribunales deciden sobre los fondos del asunto.
Un otros argumentos planteados por los servicios jurídicos en el recurso para abonar la invasión de competencias es la carencia de consenso en la aprobación de las restriciones.
Impacto econòmico
La adopción de las medidas, según explica el recurso, "supone un impacto económico negativo en el ámbito de la Comunidad de Madrid". Para probar-lo, aportan un informe de la Consejería de Hacienda y Función Pública según el cual "el impacto de estas nuevas medidas restrictivas para el 71% de la población de la Comunidad de Madrid, hará que se pierdan de media 750 millones de euros por cada semana de retraso en la reactivación económica, que comporta la destrucción mediana semanal de 18.000 ocupaciones.
Las medidas afectan Madrid y los municipios de Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Móstoles y Parla.
Las medidas
Las medidas que quiere frenar Díaz Ayuso son las siguientes:
- No se permitirá la entrada y salida de personas de los municipios confinados a no ser que el desplazamiento esté justificado por cuestiones laborales, asistencia a personas mayores, dependientes o menores, renovaciones de permisos y documentación oficial, desplazamientos a entidades financieras que no se puedan aplazar, realización de exámenes que no se pueden retrasar o por causa de fuerza mayor.
- La circulación de personas residentes dentro de los municipios será posible siempre que se respeten las medidas de protección individual y colectiva. Eso sí, las reuniones de personas estarán reducidas a un máximo de seis personas.
- En los espacios de culto el aforo máximo será de un tercio de la capacidad y siempre respetando la distancia interpersonal de 1,5 metros.
- Los funerales se podrán celebrar con un aforo máximo de 15 personas, si están al aire libre, o 10 personas, si se celebran en un espacio cerrado.
- Los locales comerciales tendrán que reducir su capacidad al 50% y no podrán cerrar más tarde de las 22 h.
- Los bares y restaurantes pueden abrir con un 50% del aforo, no pueden servir a la barra, las mesas se tienen que situar a 1,5 metros de distancia entre ellas y la ocupación máxima por mesa tiene que ser de seis personas. Además, estos locales no pueden aceptar clientes a partir de las 22 h y a las 23 h tienen que cerrar.
- Las academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglado podrán operar con un aforo máximo del 50%.
- En las instalaciones deportivas el aforo también tiene que ser del 50% en espacios interiores, pero puede ser del 60% si está al aire libre.