El FC Barcelona ha presentado un recurso de apelación contra la resolución del juez del caso Negreira que incluye el delito de soborno en la investigación a los expresidentes Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, dos directivos, y al Barça, como entidad jurídica por los 7,5 millones de euros que el club pagó entre los años 2011 y 2018 al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) José María Enríquez Negreira y a su hijo Javier Enríquez, también investigados. "La invocación del soborno pone un retrovisor que mira hasta el año 2001, cuando se inician los pagos a Enríquez Negreira y a sus mercantiles y produce correlativamente una suerte de elefantiasis procesal al proyectar eventual condición de imputado a otras juntas y otros equipos directivos del FC Barcelona, sin tener en cuenta la prescripción, que es diferente según las diferentes modalidades de cohecho", sostiene el recurso del Barça, firmado por los penalistas Cristóbal Martell y Marc Molins, que se ha presentado este lunes ante el juzgado de instrucción 1 de Barcelona y al cual ha tenido acceso ElNacional.cat.
El recurso se plantea como una radical discrepancia jurídica con el posicionamiento del magistrado al magistrado Joaquín Aguirre, que en un auto de la semana pasada criticó al actual presidente del Barça, Joan Laporta, de querer personarse en el procedimiento como acusación particular en el delito de administración desleal, cuando en su primer mandato también hizo pagos al número 2 de los árbitros. El Barça le respondió con un contundente comunicado.
No es funcionario
En el recurso, el club blaugrana coincide con otros investigados, que Enriquez Negreira "no es funcionario, ni a efectos penales," elemento imprescindible para que se dé el delito de cohecho. Los abogados añaden que "ni su actividad en la CTA ostenta la naturaleza de ejercicio de función pública", a que el número 2 de los árbitros no fue designado a hacer ninguna función pública, que -recuerdan- tiene que acotar la ley. Especifica dos premisas imprescindibles para tener la categoría de funcionario, según la ley: ser nombrado como cargo público por ley o asignarle esta categoría, y tener el ejercicio de funciones públicas. Ninguna de las dos cumple el exnúmero 2 de los árbitros, manifiestan los abogados.
Los abogados del Barça detallan que "tanto en la legislación de 1990 como con la posterior de 2022, la competencia disciplinaria residual del Comité Técnico Arbitral no es ejercicio de funciones públicas para desarrollarse al margen y con un ámbito objetivo diferente que el del Reglamento de Disciplina Deportiva, en tanto aquel Comité solo contempla infracciones técnicas de los árbitros de fútbol que no están previstas en el Reglamento de Disciplina Deportiva, que sí que ostentaría la nota de interés público y ejercicio de potestad pública delegada".
Por todo ello, piden a la Audiencia de Barcelona que revoque la resolución y que la causa continúe por el delito de corrupción en el deporte (286 bis 4 Código Penal), fijado en la querella de la Fiscalía, además de los delitos de administración desleal y de falsedad documental, y después se añadió el de blanqueo de capitales, que está en una pieza separada.
Delito creado el 2010
En cuanto al delito de corrupción deportiva entre particulares, el Barça recuerda que entró en vigor con la Ley Orgánica 5/2010 y, por lo tanto, esta norma “ya introduce una acotación temporal” que califica de “relevante” puesto que el principio de legalidad fija que solo se pueden investigar hechos a partir de la vigencia de una norma y solo se la puede aplicar de forma retroactiva si es más beneficiosa para el acusado
El juez y los fiscales Anticorrupción no se creen que el Barça solo pagara para que le hicieran informes sobre colegiados, como sostiene el club, pero por ahora la Guardia Civil no ha encontrado indicios que estos pagos fueran para sobornar árbitros o cambiar resultados de partidos.
Ahora, la Audiencia de Barcelona tendrá que resolver si la investigación del caso Negreira continúa con el delito de soborno, hecho que implicaría un juicio con jurado, y si hubiera una condena, nunca podría ser la disolución del club blaugrana, como se ha apuntado.