El Boletín Oficial del Estado habla nuevamente en catalán. Pero han tenido que pasar 42 meses de silencio. Se recupera así una realidad que existía desde 1998, cuando los gobiernos de Jordi Pujol y José María Aznar firmaron el primer convenio de colaboración para hacer realidad el Suplemento del BOE en catalán, y que quedó enterrada en mayo de 2021, cuando se extinguió aquel convenio por falta de renovación. Inicialmente, lo sellaron Xavier Trias y Francisco Álvarez-Cascos, responsables de las carteras de la Presidencia de la Generalitat y de la Moncloa. Y 26 años más tarde, el pasado mes de julio, fueron Laura Vilagrà y Félix Bolaños los que sellaron el nuevo entendimiento. Ambos ejecutivos se habían comprometido a dar el paso en noviembre de 2023, pero la rúbrica del nuevo convenio tardó en llegar: se firmó el 24 de julio, con Vilagrà en funciones y a pocos días de la investidura de Salvador Illa, y se publicó en el BOE el 2 de septiembre. Y ahora se ha hecho efectivo. “España es un país con distintas lenguas, una riqueza enorme que cuidamos desde el Gobierno. Así se construye un país unido y donde todos cabemos”, ha reivindicado el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. Este lunes el BOE ha publicado dos normas del Principado de Asturias y, como las leyes autonómicas no están incluidas en el objeto material del convenio, solo se ha traducido el título. Más adelante, cuando se publique, por ejemplo, una ley ordinaria u orgánica aprobada por las Cortes Generales, se traducirá el redactado íntegro.

🗓️ El BOE cumple tres años sin publicarse en catalán

 

La voluntad del Govern de la Generalitat y de la Moncloa era “recuperar la colaboración”, según consta en el convenio, porque fue un “instrumento útil para difundir y extender el conocimiento de la legislación del Estado”. El origen de todo fue el Real decreto sobre publicación de las leyes en las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas, de 1997, que establecía nítidamente que las leyes, los reales decretos ley y los reales decretos legislativos “pueden ser publicadas en las otras lenguas oficiales de las diferentes comunidades autónomas” si así lo deciden los órganos competentes.

¿Quién se encargará y quién lo pagará? Las traducciones irán a cargo de la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones de la Generalitat de Catalunya. A cambio, el Boletín Oficial del Estado la compensará por los costes por un importe máximo anual de 273.000 euros. Eso sí, el convenio deja claro que esta compensación “excluye cualquier beneficio industrial o margen” para el DOGC y se ciñe “estrictamente a los costes soportados por dicho organismo”. Además, estipula que durante el primer año de vigencia del convenio los costes se calcularán aplicando el importe de tres céntimos por palabra traducida y prevé que este importe se actualice anualmente por la Comisión de Seguimiento.

¿Qué normas se publicarán en catalán? El convenio estipula que se traducirán las leyes orgánicas y ordinarias, los reales decretos-leyes, los reales decretos legislativos, las transposiciones de directivas de la Unión Europea y otras disposiciones generales de “especial interés” cuya publicación en catalán “sea solicitada” por algún departamento de la Generalitat.

¿Cuál será el proceso? El BOE facilitará al DOGC los textos “debidamente compuestos, leídos y corregidos, certificando en cada caso que corresponden íntegramente con el publicado”. Lo hará por “medios telemáticos” en formatos “abiertos e interoperables a efectos de garantizar la celeridad y la correcta recepción y tratamiento”. La Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones los traducirá y los enviará de vuelta para su “edición, maquetación y posterior publicación”.

¿Cuánta vigencia tendrá el convenio? Su vigencia inicial será de cuatro años y se podrá prorrogar por acuerdo unánime de las partes por un periodo de hasta cuatro años adicionales. Es decir, su límite será el diciembre de 2032. Esto contrasta con lo que preveía el convenio original, que tenía vigencia inicial de cinco años y se entendía tácitamente prorrogado por sucesivos períodos de un año mientras no fuera denunciado por alguna de las partes. Sin embargo, quedó extinguido en octubre de 2020 en aplicación de la Ley de régimen jurídico del sector público, aprobada por la mayoría absoluta del PP en 2015. La norma establecía que los convenios que estuvieran en vigor tendrían que adaptarse a lo que fijaba la nueva ley en un plazo de tres años a contar desde octubre del 2016, pero esto nunca se hizo.

 

“Un paso más en la normalización y fortalecimiento de las relaciones institucionales”

Justo hace poco más de un mes, el 24 de octubre, el Govern de la Generalitat y el Gobierno activaron la comisión de seguimiento del convenio. El secretario del Govern de la Generalitat, Javier Villamayor, y el subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera, se reunieron en Barcelona para constituir la comisión. Durante el encuentro, los responsables de ambas administraciones subrayaron la importancia de recuperar estas publicaciones como un “paso más en la normalización y fortalecimiento” de las relaciones institucionales entre los dos ejecutivos.

Según estipula el convenio, la Comisión de Seguimiento se reunirá con carácter ordinario una vez al año y efectuará el “seguimiento, vigilancia y control” de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos. Sus funciones concretas serán “supervisar el grado de ejecución del convenio y proponer las modificaciones que se estimen pertinentes”, “actualizar el importe por palabra que se utilizará para compensar los costes de la traducción” y “resolver los problemas de interpretación y de cumplimiento que puedan plantearse”.