Sin descanso. Gonzalo Boye, abogado de Josep Lluís Alay, ha presentado un nuevo escrito, ahora a la sala de apelaciones de la Audiencia Nacional, para que revoque la resolución del juez Manuel García-Castellón de elevar la causa de Tsunami Democràtic al Tribunal Supremo a fin de que investigue al president Carles Puigdemont porque tiene un aforo especial al ser diputado en el Parlamento Europeo, tal como acordó el pasado 21 de noviembre, donde también citaba el aforo del diputado de ERC en el Parlament catalán, Rubén Wagensberg, incluido con los otros diez investigados por terrorismo, como la secretaria de organización de ERC, Marta Rovira.

En el recurso de apelación, presentado este martes y al que ha tenido acceso ElNacional.cat, Boye afirma que "los hechos no son constitutivos de delito", y que ordene el archivo de la causa. Y, si no lo considera, que descarte el delito de terrorismo y derive el caso a un juzgado de instrucción de Barcelona, donde ocurrieron los hechos, tal y como ya exigió la Fiscalía. El penalista solicita a la Audiencia que celebre una vista para debatir todos estos extremos. Precisamente, este martes Boye ha presentado toda a una batería de preguntas al titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional para que aclare toda la investigación efectuada a Tsunami Democràtic y a las personas investigadas en secreto.

Gasto público indebido

En el recurso, el abogado de Alay denuncia abiertamente que el juez García-Castellón, con la investigación de Tsunami, está realizando “un gasto público indebido” y está usando “instrumentos juridicopenales de forma indebida, que el Estado ha puesto a disposición de jueces y tribunales”. Boye se refiere a que el juez de Tsunami está investigando hechos ya investigados y juzgados, lo que no es legal.

En concreto, se refiere a que ha reactivado la investigación de la muerte de un ciudadano francés, cuando un juzgado de L'Hospitalet ya dijo que “no era delito” y que su muerte cuando se encontraba en el aeropuerto de El Prat fue por causas naturales, y las autoridades competentes ya afirmaron en 2019 que no tenía ninguna relación con la manifestación masiva contra la sentencia del procés. “El archivo se considera causa enjuiciada, según el Tribunal Constitucional”, alerta Boye. También pone el ejemplo de hasta ocho casos de manifestantes juzgados, la mayoría en la Audiencia de Barcelona, por haber participado en manifestaciones de Tsunami, como la del campo del Barça, el 18 de octubre de 2019.

La prejudicial del TJUE

Las defensas, y más abiertamente Junts y ERC, han denunciado que el juez García-Castellón ha intentado torpedear los acuerdos con el PSOE para aprobar una ley de amnistía a políticos y ciudadanos por el procés. Conocido el borrador de la propuesta de ley del olvido, se detalla que se pueden incluir los delitos de terrorismo si no existen muertes ni lesiones de gravedad, y por eso se afirma que el juez ha forzado la inclusión del ciudadano francés, a pesar de que este fin de semana su hija pidió no hacer partidismo con su muerte. “Es una investigación artificiosa”, sostiene Boye sobre la causa de Tsunami. Y añade que si el juez de la Audiencia Nacional quiere consultar con una prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si los delitos de terrorismo pueden ser amnistiables —medida que se interpreta que se adoptaría para retrasar la entrada en vigor de la ley—, ello “llevaría a una vergonzosa situación y expondría las vergüenzas de este procedimiento ante la justicia europea”.

En las 79 páginas del recurso, el abogado de Alay y Puigdemont también denuncia que se ha vulnerado la tutela judicial efectiva de los encausados; que el Supremo no es el tribunal para investigar a Puigdemont ni a Wagensberg "porque ninguna ley lo dice", que las imputaciones son genéricas, hecho ilegal, y recuerda resoluciones del Supremo, pero también del TJUE y del Tribunal Superior de Justicia de Schleswig-Holstein, cuando el 12 de julio de 2018 descartó la acusación de rebelión contra Puigdemont ante los hechos que le imputaba el estado español. El tribunal alemán declaraba que eran hechos acaecidos en un contexto político, no penal, y solo aceptaba entregar al president en el exilio por el delito de malversación de fondos, y el juez Pablo Llarena lo rechazó.