Las acusaciones por terrorismo del caso Tsunami han quedado archivadas en la Audiencia Nacional, pero no así en el Tribunal Supremo, donde la jueza Susana Polo todavía no se ha pronunciado sobre la embestida que ayer dedicó la sala de lo penal al juez Manuel García-Castellón. Por esta razón, la defensa de Carles Puigdemont, que dirige Gonzalo Boye, ha hecho llegar este martes su respuesta al posicionamiento que pidió la instructora a las partes sobre si es necesario plantear cuestiones prejudiciales al TJUE en relación con la aplicación de la amnistía al caso Tsunami. Boye atribuye a ignorancia sobre el derecho de la Unión las cuestiones que se quieren plantear y asegura que no hay ninguna duda sobre la aplicación de la amnistía en este caso. No obstante, no se opone a que se planteen las cuestiones "en caso de llegarse", es decir, si finalmente se plantean las prejudiciales y si, a pesar de la decisión de la Audiencia de archivar este mismo caso, el Supremo mantiene las acusaciones contra Puigdemont.
Fueron las acusaciones populares, representadas por entidades unionistas, quienes pidieron las cuestiones prejudiciales al TJUE con el argumento de que el delito de terrorismo no se puede amnistiar, según el derecho de la Unión. Por el contrario, tanto las defensas de Puigdemont y el diputado Ruben Wagensberg —ambos juzgados por el Supremo por su condición de aforados— como la Fiscalía y la Abogacía del Estado han pedido que se aplique la amnistía. Los primeros con el argumento de que los hechos que se les imputa no son delictivos, ya que las movilizaciones que protagonizó Tsunami se enmarcaban en el derecho de manifestación, y los segundos, recordando que la amnistía solo excluye los casos de vulneración grave de los derechos humanos, lo cual no se dio en las protestas posteriores a la sentencia a los líderes del proceso de 2019.
Desconocimiento
"Entendemos que solo desde el desconocimiento del derecho de la Unión que reflejan las solicitudes de las acusaciones populares se puede realizar una remisión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, especialmente en atención a lo que debe considerarse como acto claro y acto aclarado, pero, específicamente, respecto de lo que realmente pretenden las acusaciones populares", reprocha el abogado de Puigdemont antes de desplegar sus argumentos sobre por qué no hay dudas sobre la aplicación de la ley de amnistía al caso Tsunami.
El letrado asegura que no tienen ningún inconveniente en que se haga el planteamiento prejudicial al TJUE y que, llegado el momento, se pronunciarán. En cualquier caso, avanza la jurisprudencia del TJUE en que se deja claro que "las autoridades de un Estado miembro no pueden invocar directamente una directiva para agravar la responsabilidad penales de los inculpados en un procedimiento legal". "Una directiva, por sí sola y sin la implementación de una ley interna, no puede crear ni agravar la responsabilidad penal de los individuos", subraya.