La reforma del delito de malversación de fondos públicos que ERC presenta este viernes, con el visto bueno del PSOE, no solo puede beneficiar a los líderes independentistas indultados, los del exilio y los procesados por el 1-O pendiente de ser juzgados, sino también a encausados del PP y del PSOE si la premisa que se mantiene es que no se embolsaron dinero público. En Catalunya, este supuesto la cumple el exconseller de Interior Miquel Buch, a quién la fiscalía pide 6 años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta por el delito de malversación de fondos públicos. Lo acusa de contratar a un sargento de los Mossos para un trabajo del Departament de Interior, pero que en realidad hacía de escolta del presidente Carles Puigdemont en el exilio. Además, le pide 12 años de inhabilitación por el delito de prevaricación. ¿Buch, según la tesis de la Fiscalía, aprobó la concesión de dinero público para terceros (todo y que para realizar un trabajo, según la defensa), que es uno de los supuestos del delito de malversación, pero si no se quedó dinero público se podría beneficiar de la rebaja ahora planteada por ERC? La pena de prisión máxima sería la mitad de la que ahora le pide la Fiscalía. La Audiencia de Barcelona ha señalado el juicio a Miquel Buch para el 17 de abril de 2023. Cualquier reforma del Código Penal, si es beneficiosa para la persona encausada, también se puede aplicar una vez juzgada y sentenciada, como ahora se comprueba con la Ley del 'solo sí es sí'.
La Fiscalía presentó el escrito de acusación contra Miquel Buch el verano del 2021, en el cual lo acusa de crear un cargo de confianza para hacer de escolta de Puigdemont. En el escrito, el teniente fiscal Pedro Ariche también pide 4 años y seis meses de prisión y 13 de inhabilitación absoluta para el sargento de los Mossos Lluís Escolà por el delito de malversación de fondos, como coautor necesario, y 10 años de inhabilitación especial por el delito de prevaricación. Escolà también se tendría que beneficiar de la reforma si prospera en el Congreso y en el Senado. El fiscal también pide que los dos devuelvan los 70.283 euros que Escolà habría cobrado al ser contratado en Interior. Buch ha sido presidente de la empresa pública Infraestructuras de Catalunya hasta que Junts se marchó del gobierno con ERC.
El relato de la acusación de la Fiscalía
Según la Fiscalía, el sargento de los Mossos Lluís Escolà, que se encargaba de la seguridad de Puigdemont hasta la aplicación del 155, acompañó al president a Bélgica en octubre del 2017, donde le hizo de escolta. Inicialmente, pidió vacaciones y permisos para hacer este trabajo, hasta que asuntos internos le abrió un expediente. El verano del 2018 fue sancionado y el mismo día el conseller creó una plaza de asesor de seguridad del Departament de Interior que fue ocupada por el sargento un mes después. Según la querella, el sargento siguió haciendo de escolta de Puigdemont. La Fiscalía sostiene que el nombramiento de Escolà respondía al propósito de "dar cobertura y protección a una persona en situación procesal de búsqueda y captura por haber eludido un procedimiento en el cual le eran imputados graves delitos, como es el caso del Sr. Puigdemont."
Las dudas de la enmienda propuesta por ERC
La enmienda propuesta por ERC incluye añadir al delito de malversación un nuevo artículo, el 432 bis, que quedaría redactado de la siguiente manera: "La autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiarse, destina a usos particulares y ajenos a la función pública, el patrimonio público puesto a cargo suyo en razón de sus funciones o con ocasión de estas, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años, y suspensión de trabajo o cargo público de uno a cuatro años".
No obstante, se añade que: "Si el culpable no reintegrara los mismos elementos del patrimonio público distraídos dentro de los diez días siguientes al de la incoación del procedimiento, se le impondrán las penas del artículo anterior." Es decir, hasta los 8 años de prisión. Este supuesto traerá cola porque se puede interpretar que vulnera el derecho de defensa y el principio de inocencia. En el ámbito penal, no es hasta que se dicta el procesamiento de una persona que se abre una pieza de responsabilidad civil y el juez reclama que deposite la fianza. Antes se pueden acordar embargos preventivos con anotaciones al Registro de la Propiedad y bloqueo de cuentas corrientes.
Con la derogación del delito de la sedición y la reforma de la malversación, el Tribunal Supremo tendrá que revisar las condenas a los líderes independentistas. Los expertos aclaran que solo se les puede revisar la inhabilitación a cargo público, ya que de la condena a la prisión fueron indultados por el gobierno de Pedro Sánchez,. La sala que preside Manuel Marchena tiene la última palabra.