En el ámbito electoral, estamos pendientes de ver cómo se resuelve la candidatura de la ultraderechista Macarena Olona en Andalucía. La candidata de Vox se empadronó en el municipio de Salobreña (Granada) para poder presentarse a las próximas elecciones andaluzas, pero el ayuntamiento de la localidad ha anulado su empadronamiento porque Olona realmente no vive allí. Esto pone claramente en peligro el futuro de la candidatura, ya que podría quedar excluida de las listas electorales. Casos como este se han vivido bastantes, pero entre los precedentes hay uno que destaca: el caso de Toni Cantó.
Hay que remontarse hasta marzo del 2021, cuando Cantó dimitió de todos sus cargos en Ciudadanos: coordinador autonómico en el País Valencià y portavoz del grupo parlamentario en las Corts Valencianes, en más de dejar su escaño a la cámara legislativa. Después, llegó el típico cambio de chaqueta del político españolista: anunció que se presentaba a las elecciones en la Asamblea de Madrid del 2021 en la lista del PP (como independiente y en la quinta posición). Fue el fichaje estelar de Isabel Díaz Ayuso.
La diferencia entre Olona y Cantó
Esta aventura no duró mucho. En abril, el PSOE recurrió la lista electoral de Ayuso donde figuraba Cantó porque no reunía los requisitos necesarios para ser elegible ante la Asamblea de Madrid. ¿El motivo? Se había empadronado fuera de plazo. Sin embargo, la Junta Electoral Central decidió dar luz verde a la lista. Los socialistas no quedaron contentos con la decisión de la JEC y presentaron un recurso al Tribunal Supremo, que acabó dictaminando la anulación de la candidatura de Cantó (y la de Agustín Conde Bajén) por haberse empadronado más de una semana después del anuncio de la convocatoria electoral. El PP también presentó un recurso, ahora en el Constitucional. Su suerte, sin embargo, no fue la misma: el tribunal de garantías mantuvo la decisión del Supremo. El resto es historia: Cantó no se presentó a las elecciones; no obstante, Ayuso lo colocó en la Oficina del Español de la Comunidad de Madrid.
La situación es similar a la de Olona, que desde que Salobreña anuló su padrón tiene quince días para presentar alegaciones. Eso es relevante, ya que pronto empieza la campaña electoral. Además, este lunes se proclamarán oficialmente las candidaturas. Acabará decidiendo la JEC, porque el partido de izquierdas Andaluces Levantaos ya ha presentado una denuncia delante del órgano electoral y porque después de la proclamación de candidaturas se abre un periodo para presentar impugnaciones. La cuestión probablemente se alargará porque se agotarán todas las vías jurídicas posibles. En todo caso, Olona tiene a favor el hecho de que la baja en el padrón no será firme hasta que se haya empezado la campaña, de manera que la JEC estudiará la denuncia sin que este cambio administrativo sea oficial. Otro punto clave aquí es el censo electoral, que se cerró el 1 de febrero. Por aquella fecha, Olona ya estaba empadronada, cosa que facilita las cosas para la candidata de extrema derecha. Esta es la principal diferencia respecto del caso de Cantó: el candidato del PP se empadronó cuando el censo electoral ya se había cerrado, cuestión clave en la decisión del Constitucional.