La Fiscalía del Tribunal Constitucional se ha pronunciado a favor de que el alto tribunal admita el recurso de amparo presentado por una joven de Jaén que denunció haber sido víctima de exhibicionismo sexual cuando era menor por parte del fiscal anticorrupción José Grinda, según ha publicado este domingo El Español. Este fiscal es el que el año 2017 dirigió la operación contra el president Carles Puigdemont por el conocido como el caso de Aguas de Girona, que fue archivado finalmente por el Tribunal Supremo. También ha participado en la investigación del 3% i del referéndum del 1-O.
La mujer presentó el recurso de amparo al Tribunal Constitucional porque no fue informada en su momento de que el caso contra José Grinda fue archivado de forma definitiva el año 2013, ni se le dio acceso a las diligencias que se practicaron. Según el fiscal, se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a obtener una resolución jurídicamente fundamentada.
Denuncia contra el fiscal en el 2009
Los hechos que ahora estudia el Tribunal Constitucional se remontan en el año 2009 cuando la madre de la mujer denunció a la Guardia Civil que su hija, de 15 años, había mantenido contacto a través de internet con un hombre que le mostró vídeos pornográficos y le pidió que se desnudara. La madre aportó como pruebas las imágenes de vídeo y una dirección de correo electrónico. También explicó que había conseguido el teléfono del hombre que utilizada esta cuenta, que le había ofrecido dinero a cambio de no ser denunciado.
A raíz de la denuncia se abrieron diligencias y en enero del 2012, cuando la chica llegó a la mayoría de edad, se la informó de la posibilidad de que se personara a la causa, cosa que rechazó, aunque declaró ante el juez. Un año después, en abril del 2013 el juzgado dictó el archivo provisional, sin dejar constancia de lo que pasó ni del resultado de la investigación. El fiscal pidió el archivo de las diligencias al considerar que no se había acreditado el delito porque el imputado desconocía la edad de la víctima. El delito de exhibicionismo a menores está castigado con penas de seis a un año de multa.
No se comunicó el archivo de la causa
Al escrito de archivo del juez se establecía que se tenía que notificar la resolución a quien pudiera ser perjudicado, aunque no fuera parte a la causa. A pesar de eso, la resolución no fue notificada a la denunciante. Tampoco lo fue en julio del 2018 cuando, a petición de José Grinda, el juzgado dictó el sobreseimiento libre por prescripción del delito. Un año después, la joven pidió por escrito copia del expediente judicial y solo le facilitaron copia de la denuncia presentada por su madre y el escrito de archivo por prescripción sin el nombre y los apellidos del investigado.
Lo volvió a pedir y se le denegó por no haberse personado a la causa cuando llegó a la mayoría de edad. Al mismo escrito se le comunicaba que no podía tener acceso a toda la documentación porque el investigado, el fiscal Grinda, tenía derecho a la protección de sus datos personales. La mujer, a sus recursos, exponía que la imposibilidad de tener la documentación la impedía la posibilidad de valorar la posibilidad de emprender acciones por la vía civil.
Proteger los datos personales del investigado, el fiscal Grinda
Finalmente, al serle denegada el acceso a la documentación por parte de la Audiencia de Jaén, la joven presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que ahora el fiscal defiende que tiene que ser aceptado."Es inconcebible que el juzgado diga que hay que salvaguardar la intimidad personal y familiar, al honor y a la propia imagen del investigado, poniendo estos derechos por encima de los derechos de la víctima del presunto delito contra la libertad, sexual, delito de especial gravedad y que afectaba cuándo se denunció a una menor de 15 años", señala el escrito del fiscal en que ha tenido acceso El Español.
El fiscal jefe ante el Tribunal Constitucional recuerda que la ley de Enjuiciamiento Criminal como el Estatuto de la Víctima del Delito reconocen el derecho de la víctima personarse como parte y que esta posibilidad le fue denegada sin "una explicación razonable". Igualmente, rechaza los argumentos presentados en su momento por el fiscal José Grinda el año 2018, cuando ya era fiscal anticorrupción, que alegó que la mujer pedía disponer de todas las diligencias para emprender una campaña de descrédito y acoso contra él. A la opinión del fiscal, estas acusaciones no tienen fundamento.
El fiscal del TC pide que pueda acceder al expediente
Así, el fiscal pide al Tribunal Constitucional que declare la nulidad de los fallos judiciales que vetaron a víctima el acceso a las diligencias instruidas contra el fiscal José Grinda y que el juzgado resuelva sobre la petición de acceso al expediente con una nueva decisión que respete el derecho fundamental a tutela judicial efectiva.
Se da la circunstancia que José Grinda pidió el sobreseimiento de causa por prescripción y la protección de sus datos personales cuando justamente estaba dirigiendo la investigación contra Carles Puigdemont por el caso de Aigües de Girona, investigación que el juez Marchena archivó el año 2020 al considerar que no había delito de falsedad.