Paso decisivo. Los derechos lingüísticos de los catalanohablantes en la justicia dan un salto adelante con la entrada en vigor la Ley de Derecho a Defensa, que se aprobó en el Congreso de los Diputados hace unos meses y se publicó en el Boletín Oficial del Estado a mediados de noviembre. La norma incorpora dos novedades primordiales: blinda el derecho a utilizar el catalán en los “procesos delante de órganos con jurisdicción a todo el Estado” (como la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo) y establece que si el uso del catalán “contribuye a garantizar el ejercicio del derecho de defensa”, se podrá usar en cualquier tribunal del estado y se tendrán que poner a disposición de los intervinientes mecanismos de interpretación o traducción. Son dos artículos que se añadieron durante la tramitación parlamentaria de la ley gracias a la intervención de Plataforma per la Llengua, con la firma de Junts, ERC y el BNG y con la complicidad de la mayoría que permitió la investidura de Pedro Sánchez.
Una de las consecuencias directas de la entrada en vigor de la ley es enmendar, cinco años después, los impedimentos se pusieron de manifiesto durante el juicio del procés. “Ni la Constitución Española, ni el Estatuto de Autonomía de Catalunya, ni la legislación orgánica de desarrollo otorgan un derecho incondicional al uso de la lengua propia de una comunidad autónoma en actuaciones procesales que se desarrollen fuera del territorio que le es propio”, esgrimía la sentencia del Tribunal Supremo del 14 de octubre del 2019, que dedicó doce páginas al uso del catalán. Y ahora esto cambia de arriba abajo con la nueva ley.
A partir de ahora, los implicados en un proceso judicial podrán relacionarse y expresarse en catalán. Es un derecho que se aplicará a las personas que residen en Catalunya, en el País Valencià o en las Illes Balears o a los procedimientos legales que se hayan iniciado en alguno de estos territorios. Además, las partes que lo deseen podrán recibir la documentación y las comunicaciones en catalán. Lo mismo se aplicará al euskera por los residentes en el País Vasco y Navarra y al gallego por los habitantes de Galicia. Todo ello tendrá efectos en el Tribunal Supremo, en la Audiencia Nacional, en los Juzgados Centrales de Instrucción, en los Juzgados Centrales Penales y en otros órganos judiciales centrales.
“En los procesos delante de órganos con jurisdicción a todo el Estado, los titulares del derecho de defensa ostentan el derecho a utilizar cualquiera de las lenguas oficiales de la comunidad autónoma donde residan o donde se hayan iniciado las actuaciones judiciales, así como a recibir en cualquiera de esas lenguas las comunicaciones producidas” (artículo 10.d)
La nueva ley tiene una segunda contribución importante: todos los juzgados del Estado español (no solo los que están en Madrid) tendrán que facilitar traductores o intérpretes si el uso del catalán “contribuye al derecho de defensa”. En concreto, el artículo alude a una “lengua específica, sobre todo la materna o la oficial de una comunidad autónoma”. Así pues, la norma prevé que cualquier persona vinculada al proceso (las partes, los representantes, los testigos o los peritos) pueda expresarse en la lengua que prefiera. Además, el tribunal tendrá que poner a disposición de los intervinientes que lo requieran los mecanismos necesarios de interpretación y/o traducción. Por lo tanto, por ejemplo, una persona de Camprodon que vaya a declarar al Juzgado de Instrucción Número 2 de Jaén podrá hacerlo en catalán.
“Si el uso de una lengua determinada, especialmente la materna o una de las lenguas oficiales a las comunidades autónomas, contribuye a garantizar el ejercicio del derecho de defensa, el juzgado o el tribunal pondrá a disposición de los intervinientes que lo requieran los mecanismos pertinentes de interpretación y/o traducción” (artículo 11)
¿Qué pasó exactamente durante el juicio del procés?
Si esta ley hubiera estado en vigor en 2019, durante el juicio del procés, las cosas habrían sido muy distintas. En la Sala de lo Penal del Supremo, ante Manuel Marchena, nadie habló en catalán. Los líderes del procés pidieron que se estableciera un sistema de traducción simultánea alegando que los hechos habían pasado en Catalunya y que ellos eran catalanes: “No hay ninguna duda jurídica sobre el derecho a utilizar el catalán”, esgrimieron sus defensas. Pidieron la “tramitación íntegra” del procedimiento en catalán y señalaron que, ante la negativa del Supremo, la “única forma de garantizar los derechos lingüísticos” era celebrar el juicio en Catalunya.
Sin embargo, Manuel Marchena cerró la puerta a todo. El Supremo se limitó a poner a disposición de los acusados una traducción consecutiva, cosa que ellos rechazaron porque, a causa de la intervención del intérprete, no garantizaba el derecho de expresarse de forma directa y sin interrumpir la declaración. ¿Y por qué el Supremo no accedió a la traducción simultánea? Porque “habría exigido a los miembros del tribunal la utilización de auriculares”. A opinión del tribunal, habría implicado el “sacrificio del principio de publicidad”, habría “excluido de forma injustificada a todas aquellas personas que no tuvieran a su alcance estos dispositivos” y habría supuesto “erosionar, sin razón aparente que lo justifique, las ventajas de la publicidad como a principio del procedimiento.”
Por otra parte, el Supremo también cerró la puerta a que los abogados intervinieran en catalán. “No existe el derecho al uso de un mecanismo de traducción simultánea que obligue al Tribunal Supremo a presenciar el desarrollo de la práctica de la prueba y las alegaciones de las partes en un idioma diferente del idioma oficial”, arguyó. Los testigos tampoco pudieron expresarse en catalán: lo solicitaron Joan Tardà (diputado de ERC en el Congreso), Albert Donaire (agente de los Mossos d’Esquadra) y el abogado Lluís Matamala. “Usted contestará en castellano. Si no quiere contestar en castellano, esto es muy sencillo. Usted se levanta, asume las consecuencias legales de su negativa a contestar y hemos acabado”, lanzó Manuel Marchena a Lluís Matamala. Ahora, eso ya es historia.
Junts y ERC celebran el reconocimiento del uso del catalán en los tribunales españoles
Durante el pleno en el Congreso de los Diputados que dio luz verde a la ley, el independentismo puso de relieve el redactado de la nueva norma. “El catalán da un paso adelante”, reivindicó al diputado de Junts Josep Maria Cervera. “Defender el catalán es legislar a favor del catalán, pero, sobre todo, es utilizarlo siempre, siendo un altavoz de prestigio de nuestra lengua. Esta es la actitud delante de los que les preocupa más que se pueda llegar a hablar catalán en el Tribunal Supremo que la arbitrariedad del juez Llarena o la parcialidad del juez Marchena”, arguyó.
Por su parte, la diputada de ERC Pilar Vallugera defendió que los avances que introducía la ley eran “suficientes, especialmente en materia lingüística”. Eso sí, recordó al PSOE que el siguiente horizonte tendría que ser reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial para incluir las lenguas oficiales “como requisito y no como mérito para el acceso a los puestos de Catalunya, Euskadi y Galicia”.
Las sentencias judiciales, disponibles en catalán gracias a la inteligencia artificial
La entrada en vigor de la Ley del Derecho a Defensa llega tres meses después de que Félix Bolaños erigiera el uso de la inteligencia artificial en la solución para que todas las sentencias judiciales que se emitan en el Estado español estén disponibles en las tres lenguas cooficiales. El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes defendió que la IA permitirá superar el “handicap” de tener jueces y fiscales sin conocimientos en las lenguas oficiales en los territorios donde actúan, dado que las herramientas que utilizará el Ministerio para digitalizar la justicia española “facilitarán por completo esta traducción”, hasta el punto que “no será necesario saber ni en qué lengua se ha dictado la sentencia”. “Estará accesible en catalán, en euskera, en gallego, en castellano y en la lengua que se quiera”, concluyó.