Un abogado de Barcelona, Esteban Gómez Rovira, ha presentado una denuncia en los juzgados de Instrucción de Madrid contra el presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), José Félix Tezanos, por un delito contra los derechos individuales y también por malversación al entender que la realidad plasmada en sus sondeos inculca "a sabiendas" el derecho de los ciudadanos a obtener información veraz que ampara la Constitución.
El abogado recuerda en su denuncia que ya interpuso anteriormente una primera acción penal contra Tezanos, en marzo de 2019, archivada en septiembre pasado, si bien considera que ahora se produce un hecho nuevo en relación con el último barómetro de abril de 2020. En su documento incide en preguntas como las relativas "a la postura del ciudadano de cara, al fin y al cabo, a una restricción del derecho a la libertad de expresión que cedería ante la supuesta urgencia de impedir la expansión de "bulos".
En la denuncia, a la que a tenido acceso Europa Press, el letrado subraya que Tezanos está utilizando "una metodología de encuesta durante la vigencia del estado de alarma vigente en el presente momento en virtud del estado de alarma, ajena técnicamente a cualquier convención profesional", además de plantear preguntas "capciosas y fuera de la lógica" de tal forma que "ahora, el CIS no estudia tendencias, las crea".
Entre las pruebas a practicar por el instructor de si se admite a trámite esta denuncia, el abogado Gómez Rovira solicita que se pida al CIS que aporte el contrato realizado con la sociedad Intercampo S.A. para realizar el barómetro especial de abril de 2020 además de la cuantía del mismo, fecha de asignación de recursos y libramiento de pago. Pide también que se aporte la ficha técnica de la encuesta para someter esta parte a examen pericial independiente.
Finalmente, pide que Intercampo realice por su parte el volcado de todos los datos relacionados con la ejecución del contrato, incluyendo el nombre de los encuestadores y registros de llamadas, para acreditar su veracidad, y a los efectos también de prueba testifical.