Condenados por ir a la caza de independentistas y CDR por la unidad de España, como decían en sus mensajes a los móviles. Un juez de Barcelona ha condenado a 3 años y 6 meses de prisión a cuatro jóvenes ultras por haber apaleado a un joven independentista, después de una concentración españolista en la plaza Artós de Barcelona, el 17 de octubre de 2019, molestos por las protestas contra la sentencia del Tribunal Supremo a los independentistas catalanes. En concreto, el juez los ha condenado por un delito de lesiones, con las agravantes de actuar con abuso de superioridad y de discriminación por ideología, y la atenuante de reparación del daño a uno de ellos al haber aportado al juzgado una parte de los 10.800 euros de la indemnización impuesta. Además, no podrán acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante cinco años. El magistrado los ha absuelto del delito de desórdenes públicos, al afirmar que "su ataque a la víctima no alteró la paz pública".
En el juicio, en el juzgado de lo Penal 17 de Barcelona, Xavier Carrera, admitió que "le dio patadas en los glúteos" y pidió "perdón" a la víctima. Los otros encausados, Javier Vidal Arroyo, Marc Redondo, y Juan David Molina declararon que fueron a la manifestación ultra, y que no agredieron a nadie.
La Fiscalía, inicialmente, pedía 5 años de prisión a cada uno por el delito de lesiones agravadas al usar instrumento peligroso más la agravante del delito de odio. Y el Ayuntamiento de Barcelona, que ha ejercido la acusación popular, con la representación del penalista Xavier Muñoz, también pedía 5 años de prisión, pero por dos delitos: 3 años y 6 meses por lesiones agravadas y 1 año y 6 meses por desórdenes públicos. La sentencia no es firme y se puede presentar recurso a la Audiencia de Barcelona.
"Brutal agresión"
En la sentencia, a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat, el magistrado manifiesta que los acusados "actuaron guiados por su profunda animadversión a la ideología independentista que atribuyeron a la víctima, que fue brutalmente agredida; acción injustificada y merecedora de reproche social y penal".
Además, el juez considera probada la agresión y que los acusados son los autores, que fueron identificados por agentes de los Mossos de Esquadra, a partir de los videos aportados a la causa y de las redes sociales. “No hay ningún motivo espurio”, afirma el juez sobre la investigación hecha por agentes de la policía catalana.
El magistrado también considera probado el relato de la víctima, la cual —sostiene— "recibió un ataque en grupo y por sorpresa", y los acusados le dieron puñetazos y puntapiés cuando estaba en tierra. Además de las veces por todo el cuerpo, el joven sufrió la perforación del tímpano, que al final no le ha causado déficit auditivo.
Contra los delitos de odio
Xavier Muñoz, abogado en nombre del Ayuntamiento de Barcelona, ha mostrado su “satisfacción” por la condena de los cuatro ultras, y ha asegurado que ha sido "gracias a la tarea ciudadana de aportar videos y de la tarea investigadora de los Mossos", además del papel del consistorio de Barcelona en personarse en el proceso judicial “para dar un mensaje claro de no impunidad de los delitos de odio”.
Muñoz, además, ha destacado que el magistrado ha hecho una buena interpretación jurídica, puesto que considera que en la acción “había instrumentos peligrosos, a pesar de que no fueron usados por ellos, que actuaron en grupo, y el móvil del delito de odio: lo pegaron sin conocer su ideología ni provocación previa”, y concluye que los condenados “tienen que entrar en la prisión” y que la indemnización es bien justa.