El jurista Miguel Pasquau es magistrado de la sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y profesor de derecho civil en la Universidad de Granada. Pasquau sigue muy de cerca el procesamiento de los líderes del 1-O. Y ha propuesto desde su cuenta de Twitter una solución para el callejón sin salida de la Mesa del Congreso sobre la suspensión o no de los 4 diputados catalanes que son presos políticos -Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull-, además del senador Raül Romeva. Puede parecer obvio, pero la solución de Pasquau es, a falta de suplicatorio, una actuación equivalente: que la Cámara baja española vote.

La cuestión ha llevado la Mesa del Congreso a un callejón sin salida aparente después de que la nueva presidenta de la Cámara, Meritxell Batet, pasara la pelota de la decisión al presidente del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, quien, este jueves, la ha devuelto al órgano parlamentario aduciendo que el informe que le ha solicitado es "inviable".

El origen de lo que ha derivado en un conflicto institucional entre los poderes legislativo y judicial español arranca de la resolución del Tribunal Supremo del 14 de mayo pasado. Los 7 magistrados de la sala de lo Penal rechazaron pedir a la Cámara el suplicatorio de los diputados electos para poder continuar el juicio, como reclamaban las defensas, pero sí los autorizó a salir de la prisión para tomar posesión del escaño. El Supremo adujo que no tendría "justificación constitucional" que un proceso que se encuentra en la fase del juicio oral necesite del "nihil obstat" del Congreso, lo cual supondría una "interferencia" del legislativo sobre el judicial.

 

En un detallado hilo abierto en su cuenta de Twitter, Pasquau llega a la conclusión que el Congreso puede hacer dos cosas: o bien denegar la suspensión, o bien convocar un pleno para decidir "políticamente", lo cual equivaldría a un suplicatorio. ¿Cómo llega Pasquau a esta doble solución?

Después de remarcar la elegibilidad de Junqueras, Sànchez, Turull y Rull por el hecho de que, sin sentencia no se puede privar a nadie en un Estado de Derecho de "ser votado", el jurista se pregunta si, después de que han tomado posesión de los escaños y están siendo juzgados por rebelión "tienen que ser suspendidos, inmediatamente y automáticamente".

En primer lugar, hace notar que si la respuesta fuera "sí", entonces, sería "absurdo" permitir escoger a alguien en unas elecciones que no puede ejercer como diputado. Y, en segundo lugar, que eso se tiene que decidir en función de lo que dicen las leyes y que, en realidad, las leyes no dicen "nada".

Tanto el artículo 384bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal como el 21 del reglamento del Congreso regulan el caso del procesamiento de quien ya es diputado, no el de diputados elegidos que ya estaban procesados pero no inhabilitados (si fuera el caso) porque todavía no hay sentencia. Por lo tanto, para procesarlos, hace falta un suplicatorio.

Las Cortes lo han de autorizar, razona Pasquau, como "medida de protección", y de supremacía del legislativo ante el judicial con respecto al funcionamiento propio y composición de las Cámaras. Así, al ser la elección posterior al suplicatorio (que no se ha pedido) no sería posible la suspensión de ninguna manera. "La suspensión tiene sentido por causas sobrevenidas (no contempladas antes por los electores)", remarca.

Pasquau admite que la Cámara, no obstante, podría suspender al diputado mientras se dicta sentencia -como, de hecho, parece insinuar el Supremo cuando argumenta que no hace falta suplicatorio en este caso-. Pero la suspensión no puede ser automática, como exigen Pablo Casado y Albert Rivera, porque "el poder judicial no puede imponer al Congreso una alteración de su composición" (sin sentencia). Así lo expresa Pasquau gráficamente:

Por eso mismo, Pasquau entiende que Marchena hace bien en comunicar a Batet que el Supremo no tiene competencia para decidir sobre el asunto. Y, de hecho, Marchena, que no da puntada sin hilo, se está cubriendo, a su vez, para evitar que su decisión pueda interpretarse como una ingerencia en el legislativo -como en su día se acusó al juez Pablo Llarena en relación con el Parlament de Catalunya-, lo que podría arruninar el proceso en los tribunales europeos. Delante de eso, la propuesta de Pasquau pasa porque decida la Mesa o el pleno del Congreso:

Eso sería equivalente al suplicatorio. El pleno, cierrtamente, no puede ni decidir liberar a los presos ni archivar la causa, ciertamente. Pero sí que los procesados que son diputados sigan representando su electorado mientras no fueran condenados en sentencia.

La conclusión es que es el pleno del Congreso quien tiene que decidir: "Sólo tiene que votar". Pero claro está, eso supone un problema para el Grupo Socialista.