El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este lunes el recurso de amparo presentado por Carles Puigdemont contra el auto del Tribunal Supremo que lo suspendió en el ejercicio de cargo público en aplicación del artículo 384 bisc de la Ley de Enjuciamento Criminal.

El Tribunal aprecia que en el recurso “concurre una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal”. La Providencia requiere al Tribunal Supremo para que en un plazo que no exceda de diez días remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes.

 

Por otro lado, respecto a la solicitud de suspensión de la resolución recurrida el Pleno no aprecia la “urgencia excepcional” a la que se refiere el art. 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. No obstante, procede formar la oportuna pieza separada y conceder un plazo de tres días al Ministerio Fiscal y al recurrente en amparo para que efectúen las alegaciones correspondientes. 

Esta admisión a trámite se suma a la que el TC hizo el miércoles de la semana pasada, donde aceptó otro recurso de amparo de Puigdemont, en este caso el que presentó contra su suspensión cautelar como diputado del Parlament.