La Fiscalía Anticorrupción ha emitido un informe donde desaconseja a la Audiencia Provincial de Sevilla que acuda al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La recomendación llega después de que el organismo judicial andaluz planteara la posibilidad de acudir a Europa al cuestionar las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que anularon más de una decena de condenas por el caso de corrupción de los ERE, incluidas las de los expresidentes de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñan. El ministerio público considera que el criterio del TC tiene que prevalecer sobre el de los cinco jueces de la Audiencia sevillana.

Los fiscales anticorrupción indican en el informe que aprecian "razones jurídicas que desaconsejan" que la Audiencia de Sevilla formule una cuestión prejudicial delante del TJUE planteando desatender las sentencias del TC. En este sentido, trasladan que en este caso la Audiencia sevillana puede resolver sus dudas de acuerdo con el derecho interno y que la corte española de garantías "no se ha extralimitado al anular una resolución judicial". "El supuesto de hecho objeto de enjuiciamiento no está comprendido en el ámbito de aplicación del artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea", argumentan los fiscales, ya que las conductas juzgadas "no produjeron afectación a los intereses financieros de la Unión Europea".

Los miembros de la Fiscalía Anticorrupción apoyan así a las sentencias del TC afirmando que la corte "no ha optado por una interpretación alternativa" de la prevaricación y la malversación. Según explican, "el TC se encuentra perfectamente facultado para controlar si la interpretación y aplicación de las leyes para los órganos jurisdiccionales se adecua a las exigencias del principio de legalidad penal", considerando que el mismo "no se extralimita al anular una resolución judicial para entender que la misma incurre en aplicación extensiva o analogía 'in malam partem' de un tipo penal, ya que en estos casos la interpretación del jurisdiccional incurre en órgano vulneración del principio de legalidad penal proclamado en el artículo 25.1 de la Constitución, conclusión que, por otra parte, comparte el Supremo" en al menos dos sentencias mencionadas expresamente por los fiscales.

Con este informe, los fiscales anticorrupción responden a la providencia del 18 de marzo pasado donde la Sección Primera de la Audiencia pidió opinión a las partes porque considera que tenía que preguntar al TJUE porque el TC se había "extralimitado" al hacer una "interpretación alternativa" de estos delitos.