El pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo al exdirigente de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez, y ha anulado su condena a inhabilitación por dar una patada a un policía durante una protesta en La Laguna, en Tenerife, en el año 2014. La decisión del tribunal también supone anular la retirada de su escaño. Con 7 votos a favor, de la mayoría progresista y 4 en contra, de la minoría conservadora, ha decidido estimar el recurso del exdirigente de Podemos contra las decisiones del Tribunal Supremo que acabaron por sustituir su condena de mes y medio de prisión como autor de un delito de atentado contra agente de la autoridad y una multa con inhabilitación especial para presentarse a unas elecciones.
Así pues, la corte de garantías ha acogido la segunda ponencia redactada por la magistrada progresista María Luisa Segoviano sobre el amparo solicitado por Rodríguez ante la sentencia del TS al entender que durante el proceso judicial se vulneraron sus derechos fundamentales. El Supremo condenó a Rodríguez a la pena de prisión de un mes y quince días como autor de un delito de atentado contra un agente de la autoridad con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El alto tribunal sustituyó la pena de prisión por una multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros), si bien aclaró que este reemplazo de la pena principal no afectaba a la pena accesoria, que fue la que finalmente dio lugar al hecho de que Rodríguez perdiera su escaño en el Congreso de los Diputados.
En una primera ponencia, que fue analizada el pasado octubre, Segoviano propuso amparar a Rodríguez esgrimiendo que las consecuencias de la condena dictada por el Supremo fueron desproporcionadas porque provocaron que el exdirigente de Podemos perdiera su escaño en la Cámara Baja. La mayoría progresista del TC estuvo de acuerdo con Segoviano en la necesidad de amparar a Rodríguez, pero no en los motivos, por lo cual la expresidenta de la Sala de lo social del TS decidió retirar su texto para ajustarlo al criterio mayoritario.
Así, este nuevo pleno ha llevado una segunda ponencia, que es la que finalmente ha sido aprobada, donde mantiene su propuesta de amparar a Rodríguez con un razonamiento diferente. En concreto, expone que la operación jurídica que hizo el Supremo fue incorrecta porque al sustituir la pena de prisión por multa ya no era posible mantener la pena accesoria, que es la inhabilitación que propició su salida del Congreso de los Diputados.
El TC no se posiciona sobre la decisión de Batet de retirarle el escaño
Rodríguez también impugnó el acuerdo adoptado el 22 de octubre de 2021 por la entonces presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet, para retirarle el escaño después de que el Supremo lo condenara. Sin embargo, el TC no ha entrado ahora en este asunto, que queda pendiente. Además, el exdiputado lleva desde enero de 2022 a la espera que el TC conteste a una medida cautelar con la cual buscaba que se le devolviera el acta de diputado, que planteó al mismo tiempo que pidió amparo al Constitucional.