El magistrado del Tribunal Constitucional Andrés Ollero podrá participar en todas las deliberaciones que afecten a Catalunya. El alto tribunal ha rechazado la recusación presentada contra el magistrado por el Govern por falta de imparcialidad y animadversión hacia Catalunya, y sentencia que ningún magistrado puede ser recusado por sus ideas políticas o religiosas. Ollero, en un voto particular, se refirió al "supremacismo" existente en Catalunya.
El Tribunal Constitucional, según adelanta El País, considera que las palabras del magistrado no suponen enemistad contra los catalanes y sostiene que ningún juez puede ser cuestionado por su ideología política o religiosa.
La resolución del tribunal, aprobada por unanimidad, resuelve que quedan "excluidos como indicador verosímil de amistad o enemistad los meros sentimientos de inclinación o de rechazo deducidos del hecho de la pertenencia a partidos políticos, asociaciones, corporaciones o grupos sociales, así como en relación a la asunción de creencias religiosas e ideologías de signo diverso, mientras no se hayan traducido en actos individualizados de amistad o enemistad". Así, apunta que si nadie puede ser discriminado por sus ideas, tampoco lo tiene que ser un magistrado.
El tribunal considera que en el sistema de valores que instaura la Constitución, la ideología queda fuera del control de los poderes políticos, "prohibiéndose toda suerte de discriminación. Nadie puede, pues, ser descalificado como juez en razón de sus ideas y, por lo tanto, no resultaría constitucionalmente posible remover a los magistrados recusados, aunque fueran ciertas las actitudes que se les atribuyen," concluye.
El Consell Executiu acordó el 3 de diciembre pasado plantear la recusación del magistrado al considerar que las manifestaciones de Ollero en su voto particular en relación a una sentencia sobre el Código Civil Catalán demuestran la pérdida de imparcialidad del juez y su animadversión hacia Catalunya. Ollero, que fue diputado del PP, calificó de supremacista al Govern.