El Govern ha aprobado una nueva resolución, en el marco del Procicat, para ampliar el confinamiento de la Conca d'Òdena en todo el territorio catalán. Aunque esta nueva resolución necesita la autorización del Estado para ser efectiva, a raíz del estado de alerta dictado por el gobierno de Pedro Sánchez, el conseller de Interior, Miquel Buch, ha informado de su contenido durante la rueda de prensa convocada por el ejecutivo catalán.

La resolución establece en primer lugar: "limitar la libre circulación de personas en el territorio de Catalunya". "Se ordena el confinamiento de la población a sus hogares y se prohíbe la circulación en el exterior, a pie, con vehículo privado o por transporte público o privado, colectivo o individual," especifica el primer punto.

 

Sólo se exceptúan los casos de suministro de alimentos, desde el origen hasta los consumidores en todas sus fases; el desplazamiento y retorno del puesto de trabajo al domicilio en los caso de los servicios de seguridad, de emergencias, protección civil, salud pública, servicios penitenciarios, escuelas de justicia juvenil, servicios sociales y residenciales, servicios forenses y fúnebres, previsión meteorológica, gestores de transportes e infraestructuras, radio y televisión con contenido de servicio público, electricidad, agua potable, carburante, gas, telecomunicaciones, residuos urbanos e industriales, suministros sanitarios y farmacéuticos, ópticas y ortopedias, servicios de industria química necesarios para garantizar su seguridad y servicios de limpieza.

Los desplazamientos permitidos contemplan la compra de alimentos, bebidas, medicamentos y productos farmacéuticos de primera necesidad y repostar vehículos de motor.

En segundo lugar, se señala que los desplazamientos, tanto a pie como en vehículo, se harán de manera individualizada y con el tiempo mínimo requerido para su realización. "No se permiten los desplazamientos en grupos, excepto los casos de menores o dependientes con sus respectivos tutores", puntualiza.

En tercer lugar, se fija que "el transporte público se prestará en condiciones mínimas de servicio, limitadas al 5% del habitual en una jornada laboral".

El cuarto punto prohíbe abrir espacios comerciales, públicos o privados, que no estén vinculados a los que contempla la resolución.

El quinto punto fija una duración mínima de 15 días para estas restricciones con posibilidad de ampliación.

La resolución prevé sanciones y responsabilidades penales ante incumplimientos.