El comité técnico del Procicat ha aprobado hoy aplicar medidas para contener los brotes epidémicos de la Covid-19 en los municipios de Figueres y Vilafant, en el Alt Empordà, y en Sant Feliu de Llobregat, en el Baix Llobregat.
Las medidas incluyen la prohibición de hacer reuniones de más de diez personas, tanto en el ámbito público como en el privado. Esta prohibición incluye bodas, servicios religiosos, celebraciones y ceremonias fúnebres. También se recomienda a la población no salir de casa si no es para realizar actividades esenciales, como recibir asistencia sanitaria, desplazarse al trabajo o para comprar productos de primera necesidad, como los de alimentación. Con respecto al resto de comercios, se recomienda que se controle el acceso. Además, todos los establecimientos tendrán que incrementar las medidas de precaución e higiene en el interior de los locales.
Restauración
En el ámbito de la restauración, se permitirá la apertura de bares y restaurantes con el aforo en el interior limitado al 50%, sin posibilidad del consumo en barra y en las terrazas tendrá que haber dos metros entre las mesas.
El Procicat también suspende la apertura de equipamientos culturales, de establecimientos donde se desarrollan espectáculos públicos, como teatros, cines y acontecimientos deportivos, actividades lúdicas, recreativas, parques de atracciones y parques recreativos infantiles en recintos cerrados, actividades deportivas, como gimnasios, y de los locales y establecimientos de ocio nocturno, como salas de fiesta y discotecas, y cualquier otro que implique una interacción de un número importante de personas.
Espectáculos culturales, con autorización
No obstante, aquellos espectáculos culturales que vía ayuntamiento pidan autorización al Procicat y cumplan las medidas de seguridad estarán autorizados.
Las bibliotecas y los museos podrán permanecer abiertos y se mantendrán los casales y las colonias de verano. Finalmente, se prohíben las visitas a las residencias de personas mayores.
Estas medidas quedan recogidas en una resolución que se publicará en el DOGC y entrarán en vigor una vez las valide la autoridad judicial. Inicialmente tendrán una duración de quince días, un plazo que se puede modificar en función de la evolución de la pandemia.