Álvaro García Ortiz es uno de los nombres propios de la semana después de que el Tribunal Supremo haya decidido investigar si filtró a la prensa correos del abogado de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador. Y la apertura de una causa penal contra el fiscal general del Estado por primera vez en la historia se ha convertido en el último hito de los enfrentamientos entre el poder ejecutivo y el poder judicial que se han cronificado con Pedro Sánchez en la Moncloa. “Quedará en nada”, vaticinó el miércoles el ministro Félix Bolaños, convencido de que “nadie puede tener problemas para decir la verdad”. “Hizo el trabajo que tiene encomendado la Fiscalía: perseguir el delito y combatir una mentira”, defendió Pedro Sánchez desde Bruselas. Voces de autoridad de la Moncloa que ponen en cuestión la decisión del Alto Tribunal, que ve indicios de que la actuación de García Ortiz causó un “perjuicio en el derecho de defensa” de González Amador.

🔎 El incendio que ha desencadenado la imputación de un fiscal del Estado por primera vez en la historia

 

La consecuencia es evidente: el enfrentamiento entre el Gobierno y los jueces, que emergió con la aplicación de la ley de amnistía y se recrudeció por la investigación de Juan Carlos Peinado a Begoña Gómez, mantiene las espadas en alto. Ahora bien… ¿Cuál fue el punto de partida que ha acabado con la investigación al fiscal general del Estado? ¿Cuál es el recorrido que han seguido los argumentos que han llevado el Supremo a ponerlo en la diana? Todo se remonta a principios de febrero, en el marco del caso de fraude fiscal de Alberto González Amador. ElNacional.cat repasa la cronología de ocho meses que han acabado abriendo una nueva crisis institucional.

2 de febrero. El email que lo inicia todo. Después de una denuncia por presuntos delitos contra la Hacienda Pública (relativos al Impuesto de Sociedades de 2020 y 2021), el abogado de Alberto González Amador, Carlos Neira, se pone en contacto por correo electrónico con la Fiscalía Provincial de Madrid para proponer un pacto al Ministerio Fiscal: la pareja de Ayuso reconoce “íntegramente” los hechos delictivos y resarce el “daño causado” y, a cambio, se conforma con una determinada sanción penal para evitar ir a juicio. Es el correo que, semanas después, acabará filtrado a la prensa.

12 de febrero. La respuesta de la Fiscalía. El fiscal de Delitos Económicos Julián Salto contesta el correo: toma nota de la “voluntad de su cliente de reconocer los hechos y satisfacer las cantidades presuntamente defraudadas”.

Dos días que lo cambian todo

12 de marzo. Un fraude de 350.000 euros. Trasciende que la Fiscalía Provincial de Madrid ha denunciado la pareja de Isabel Díaz Ayuso por presunto fraude fiscal y falsedad documental (es la denuncia de febrero). Nace a partir de un informe de la Agencia Tributaria que recoge las conclusiones de dos años de investigación: Hacienda detectó anomalías en las declaraciones presentadas en 2021 y en 2022 y concluyó que Alberto González Amador habría defraudado más de 350.000 euros a través de una serie de facturas falsas y sociedades pantalla.

13 de marzo. La noticia que la Fiscalía acabará desmintiendo. El entorno de Isabel Díaz Ayuso difunde que la Fiscalía Provincial de Madrid ha ofrecido a Alberto González Amador una propuesta de acuerdo para que se declare culpable a cambio de una multa y una pena de prisión leve, que no implique el encarcelamiento. El primer medio de comunicación a publicarlo es El Mundo, que comparte la noticia a las 21.30 horas. El jefe de Gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel Rodríguez, avala esta versión a través de Twitter: “La Fiscalía ofrece por e-mail un acuerdo al señor González y, antes de que pueda responder, la misma Fiscalía dice que ha recibido órdenes «de arriba» para que no haya acuerdo”.

Posteriormente, también lo explican Voz Pópuli, Libertad Digital y El Debate. Meses más tarde, el escrito de la teniente fiscal del Supremo catalogará sus publicaciones de “noticias claramente falsas” y las acusará de generar un contexto de “desinformación y falta de veracidad”. Asimismo, la fiscal recuerda, por ejemplo, que Voz Pópuli citaba «fuentes próximas a la defensa» como el origen de la información, cosa que, en su opinión, “excluye la participación de la Fiscalía y sitúa el origen de la filtración en torno a la defensa de González Amador”.

13 y 14 de marzo. “Ciertamente, se han cometido dos delitos”. Sin embargo, horas más tarde otros medios de comunicación relatan que, realmente, la historia fue al revés: fue la pareja de Ayuso quien ofreció a la Fiscalía llegar a un pacto declarándose culpable de dos delitos para evitar el juicio. La SER lo publica el mismo 13 de marzo a las 23.51 horas. De madrugada, elDiario.es sigue el mismo camino (pasada la una). Y a primera hora del día siguiente, a las 7.14 horas, se suma El País. Los tres medios citan fragmentos literales del correo enviado por el abogado de Alberto González Amador el 2 de febrero. “Ciertamente, se han cometido dos delitos”, reconocía. Es esta filtración, que no aparecía mencionada en ningún momento en la investigación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sobre la que pone ahora la lupa el Tribunal Supremo, que quiere investigar “cómo tuvieron acceso los medios de comunicación a los correos, horas antes a dar publicidad a la nota informativa”.

14 de marzo. La nota controvertida. Y es que horas después de las publicaciones contradictorias, la Fiscalía Provincial de Madrid publica una “nota informativa” con una recopilación cronológica de los hechos y una conclusión clara: “El único pacto de conformidad, con reconocimiento de hechos delictivos y aceptación de una sanción penal, que ha existido hasta ahora es el propuesto por el letrado de Alberto González Amador al fiscal encargado del asunto en fecha 2 de febrero de 2024”.

 

Empieza la ofensiva en los tribunales

20 de marzo. La Abogacía de Madrid planta batalla. El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid denuncia al Ministerio Fiscal por revelación de secretos por la nota de prensa. El ICAM entiende que el autor material del presunto delito sería el “funcionario del Ministerio Fiscal que haya ordenado o consentido la publicación de la nota informativa”, ya que es quien, “teniendo conocimiento de la información como consecuencia del cargo que ejerce, lo revela, haciéndolo público”. Por este motivo, presenta una denuncia (y no una querella) que “no se dirige contra una persona en particular”, sino que tiene el objetivo de que el juzgado investigue las “responsabilidades penales”.

El ICAM considera que el comunicado de la Fiscalía es de “extrema gravedad”, constituye una “vulneración de los principios básicos de sigilo, confianza y buena fe”, pone en riesgo la “neutralidad que tiene que caracterizar la actuación del Ministerio Fiscal” y produce una “ruptura del secreto profesional que ampara las comunicaciones de letrados”.

21 de marzo. La pareja de Ayuso tampoco se queda de brazos cruzados. Alberto González Amador presenta una querella contra la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández, y contra el fiscal de Delitos Económicos Julián Salto por revelación de secretos denunciando que la nota informativa que publicó la Fiscalía daba datos sobre los correos entre su abogado y el fiscal. Para González Amador, el hecho de que pusiera entre comillas partes del correo supone una revelación de secretos. Concretamente, el Código Penal castiga la “autoridad o funcionario público” que revele secretos o informaciones de los que tenga conocimiento “en razón de su oficio o cargo y que no tengan que ser divulgados”.

22 de marzo. “Indicios de participación en las conductas penalmente relevantes”. El Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid imputa a Alberto González Amador por los presuntos delitos de defraudación tributaria del Impuesto de Sociedades de 2020 y 2021 y falsedad en documentación mercantil después de la denuncia de la Fiscalía.

15 de abril. La reacción del fiscal general del Estado. Álvaro García Ortiz hace una declaración institucional en la que asume la “responsabilidad última” de la nota de prensa, defensa que “no contenía información que pudiera perjudicar el derecho de defensa ni datos de carácter confidencial” y sostiene que “no se puede considerar infringido el deber de reserva cuando el objeto de la comunicación es de dominio público fruto de indeseables filtraciones”.

 

“El comunicado se limitaba a desmentir, con hechos cronológicamente sistematizados, informaciones falaces e interesadas previamente publicadas por algunos medios”, arguye. Y deja claro que no piensa “consentir” que la fiscal jefe de Madrid o el fiscal encargado del caso “sean perturbados para ejercer la acción penal ante la posible comisión de hechos de naturaleza delictiva”. “No toleraré que ningún fiscal tenga que soportar las consecuencias del funcionamiento transparente de nuestra institución”, añade.

24 de abril. División en la cúpula de la Fiscalía. El motivo: dos posiciones enfrentadas. Por una parte, la fiscal que tenía que posicionarse sobre la admisión o no de la querella de González Amador, María de la O Silva, es partidaria de investigar las comunicaciones entre Julián Salto y el fiscal general del Estado antes de informar a favor o en contra de aceptarla. Por otra parte, su superior, María de los Ángeles Sánchez Conde (número dos de la Fiscalía y teniente fiscal del Supremo), apuesta por pedir el archivo de la querella. Silva no lo acepta y la discrepancia desemboca en la convocatoria de la Junta de Fiscales, que por diecinueve votos a favor y doce en contra avala que la Fiscalía pida que se archive. Posteriormente, Silva será apartada y el caso lo asumirá el fiscal superior de Extremadura, Francisco Javier Montero Juanes.

“Se tiene que indagar si se ha excedido el límite permitido penalmente en el ámbito del derecho a la información”

7 de mayo. El primer paso. El TSJM admite a trámite la querella de Alberto González Amador aduciendo que hay que “analizar si se ha visto vulnerado el deber de confidencialidad y reserva inherente a las actuaciones penales”. Argumenta que es “prematuro” y “no justificado lo suficiente” descartar ni la “naturaleza penal de los hechos relatados” ni el “grado de participación que pudieron tener los fiscales querellados”. “Se tiene que indagar si se ha excedido el límite permitido penalmente en el ámbito del derecho a la información que asiste el Ministerio Público”, remacha.

Un mes y medio después, el TSJM desestimará los recursos de apelación de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado y avalará la causa considerando que la admisión de la querella es “rigurosa y lo bastante motivada” sobre la “necesidad de impulsar una oportuna e ineludible investigación”. Considerará que los reproches de la Fiscalía son “excesivos” y señalará que la petición de archivar la causa es “extemporánea, prematura e improcedente”.

El juez busca al “responsable” de la nota de prensa

16 de mayo. El TSJ de Madrid arranca la investigación. Una de las primeras actuaciones que impulsa Francisco José Goyena es pedir a la Fiscalía de Madrid que identifique “cuáles fueron las personas físicas concretas que intervinieron en la decisión de hacer público” el comunicado de prensa y quien fue el “máximo responsable (en rango)” de la Carrera Fiscal que “acordó o dio el visto bueno a la decisión de difundir el comunicado con el contenido finalmente remitido”.

10 de junio. Respuesta directa del fiscal general del Estado. Después de haberlo reconocido en marzo en una declaración institucional, Álvaro García Ortiz presenta un escrito al TSJM asumiendo la “responsabilidad última” del comunicado. “Su publicación no se habría producido sin mi previa autorización y mis instrucciones expresas y directas”, afirma.

13 de junio. La fiscal de Madrid señala al fiscal del Estado. La fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, declara ante el juez que recibió la orden directa de Álvaro García Ortiz de publicar la nota, después de que ella se hubiera negado a difundir el documento porque consideraba que era incompatible con el deber de confidencialidad.

20 de junio. La orden directa, al descubierto. El Mundo revela el mensaje de WhatsApp que envió Álvaro García Ortiz a Almudena Lastra el 14 de marzo: “Se tiene que sacar la nota, si dejamos pasar el momento nos ganarán el relato. Es imperativo sacarla”.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid pasa la pelota al Supremo

15 de julio. El TSJM da el paso: envía una exposición razonada al Supremo pidiendo que investigue si Álvaro García Ortiz cometió un delito de revelación de secretos. “Nos encontramos ante la tesitura que la total prosecución de las presentes diligencias, haría, según nuestra opinión, necesario su contrastación con la versión de los hechos que pudiera dar al fiscal general del Estado”, señala.

En el auto, el juez subraya que la publicación del comunicado “no se corresponde con la alegada finalidad” que defiende el Ministerio Fiscal (desmentir una mentira): esgrime que “excedía” a lo que se había publicado en los medios de comunicación y que supone la “divulgación de datos e información que no se puede revelar a terceros”. “Podría haber tenido otro formato y contenido, que no vulnerara el deber de reserva que debió guardarse”, añade. Y eso sí, archiva la investigación a Julián Salto porque considera que su actuación en relación con la nota informativa fue “meramente instrumental”.

El Año Judicial se inaugura con la incertidumbre sobrevolando al fiscal general del Estado

5 de septiembre. “Ha actuado, actuado y actuará de forma imparcial”. Álvaro García Ortiz pronuncia su discurso durante la Apertura del Año Judicial, al lado de Manuel Marchena (presidente de la Sala de lo Penal del Supremo) y del rey Felipe VI. Deja claro que la Fiscalía “ha actuado, actúa y actuará, porque así lo tiene que hacer, de forma imparcial y sometido exclusivamente al imperio de la ley” y reivindica que el Ministerio Público ejerce sus funciones con “profesionalidad, responsabilidad, lealtad y escrupuloso respeto a la Constitución y a las leyes”.

 

10 de septiembre. La pareja de Isabel Díaz Ayuso lo tiene claro. El abogado de Alberto González Amador envía un escrito a la Sala Segunda del Tribunal Supremo pidiendo que impute al fiscal general del Estado.

30 de septiembre. Su número dos, contraria a investigarlo. “Los correos electrónicos circulaban por las redacciones de diferentes medios de comunicación antes de que la Fiscalía difundiera la nota de prensa”, esgrime María Ángeles Sánchez Conde, que se opone a que el Supremo investigue a Álvaro García Ortiz. Es la teniente fiscal del Alto Tribunal y número dos del fiscal general del Estado y argumenta que se habían difundido “noticias claramente falsas” que estaban causando un “importando revuelo mediático y confusión interesada”, cosa que hizo “imprescindible” publicar una nota de prensa para proporcionar “información veraz” a la ciudadanía.

16 de octubre. Una decisión sin precedentes. A las 9.30 horas, el Tribunal Supremo comunica que abre una causa por revelación de secretos contra el fiscal general del Estado. Él se niega a dimitir porque es “lo menos costoso y lo más prudente”, el Gobierno le muestra su “apoyo total”, el PP le exige que termine para no “seguir contaminando todo lo que hace la Fiscalía” y los fiscales conservadores denuncian esta situación afectan la institución de forma “intolerable”.

17 de octubre. Álvaro García Ortiz, cara a cara con la cúpula de la Fiscalía. Día de reuniones convocadas por el fiscal general del Estado para dar las “explicaciones oportunas” y hacer “partícipes” de su decisión a las altas esferas del Ministerio Público. La Junta de Fiscales le apoya, mientras la mayoría del Consejo Fiscal le reclama que dimita. Él se mantiene firme en el cargo.