La Fiscal General del Estado acapara todas las miradas sobre la aplicación de la ley de amnistía. El conflicto que ha estallado entre Álvaro García Ortiz y los cuatro fiscales del procés se resuelve este martes con la reunión de la Junta de Fiscales de Sala, que tiene que servir para que el fiscal del estado, que siempre tiene la última palabra, fije de forma definitiva cuál será la línea y el criterio que tendrán que seguir los fiscales en relación con la amnistía y, especialmente, sobre el delito de malversación. Finalmente, esta cita, que ya ha empezado, reúne a 36 fiscales: 34 presencialmente y dos telemáticamente. Hay dos que han excusado su presencia por razones médicas. Todo llega después del choque de trenes entre García Ortiz, que es favorable a amnistiar todos los delitos de todos los líderes del procés, y los cuatro fiscales del procés, que son contrarios rotundamente a incluir en el perímetro de la norma la malversación atribuida a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de exconsellers. Esta discrepancia les condujo a invocar la aplicación del artículo 27 del Estatuto del Ministerio Fiscal.

📝 El repaso jurídico del fiscal del Estado a los fiscales del Supremo: tergiversan el 1-O y hacen política

 

La Junta de Fiscales de Sala se prevé larga y no hay una previsión fiable sobre la hora a la que puede acabar, ya que todos los asistentes (empezando por el último que fue nombrado y acabando por el más antiguo) tendrán que exponer su posicionamiento. Ahora bien, el pronunciamiento de los fiscales no es vinculante y, al final, la posición del fiscal general “podrá coincidir o no con la opinión mayoritaria”. En su intervención final, Álvaro García Ortiz adelantará el sentido del informe que la Fiscalía presentará para responder a los autos de Manuel Marchena y Pablo Llarena y anunciará qué fiscal será el encargado de firmarlo y continuar con la causa.

¿Y cómo se ha llegado hasta aquí? La secuencia ha ido encadenando capítulos que hacían intuir hace días que se llegaría a este punto. Después de la oposición inicial de los fiscales del Supremo a pedir la amnistía para la malversación, un rechazo que hicieron público minutos después de que el Congreso culminara la aprobación de la ley, el viernes pasado el fiscal general del Estado ordenó a Fidel Cadena, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno que defiendan ante Pablo Llarena y Manuel Marchena que todos los delitos vinculados al referéndum del 1 de octubre “están comprendidos” en la amnistía. Esto implica que tienen que defender la amnistía para todos los políticos que están procesados o condenados por malversación: el president Carles Puigdemont, el exvicepresident Oriol Junqueras y los exconsellers Toni Comín, Lluís Puig, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa. Por su parte, en cambio, los cuatro fiscales del procés rechazan incluir la malversación porque consideran que el 1-O supuso un “enriquecimiento personal indudable” y fue en contra de los intereses financieros de la Unión Europea, dos excepciones previstas a la ley de amnistía. “La interpretación contradice la voluntad del legislador y el tenor literal de los artículos y los argumentos son insuficientes para poner en duda la posibilidad de entender amnistiados los delitos de malversación”, les replicaba duramente el fiscal general.

La respuesta de los fiscales del Supremo no se hizo esperar y fue contundente: recriminaban a García Ortiz que sus argumentos para imponerles que posicionen favorablemente a una “aplicación incondicional de la amnistía” eran “manifiestamente insuficientes para legitimar la viabilidad y el ajuste a la legalidad del orden impartida” y le lanzaban que su orden era “improcedente y contraria a las leyes porque no se ajusta a los criterios más elementales de la lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en interpretación y aplicación de las normas”.

Álvaro García Ortiz, a favor de amnistiar la malversación

En su informe, de 133 páginas, el fiscal general del Estado sostenía que los fiscales “confunden” el ánimo de lucro que exige el delito de malversación con “el enriquecimiento personal de carácter patrimonial” de los hechos que la amnistía considera que no se pueden amnistiar. “El perjuicio patrimonial para la administración, resultado del delito de malversación, no es equiparable al enriquecimiento personal de carácter patrimonial”, argumentaba. Y apuntaba que “siempre que el responsable del delito de malversación se hubiera limitado a desviar fondos públicos con la única finalidad de financiar, sufragar o facilitar la convocatoria y/o celebración” del 9-N o el 1-O, que es justo el redactado de la ley de amnistía, hay que considerar que esta conducta entra dentro del perímetro de la norma “por imperio de la ley”. Además, argüía que es difícil “aceptar” que el 1 de octubre fuera una “amenaza grave” para los intereses financieros de la Unión Europea.

📝 El fiscal del Estado ordena amnistiar a Puigdemont y Junqueras por malversación

 

El fiscal del Estado acusa a los fiscales del procés de hacer política y “comprometer” la neutralidad de la Fiscalía

Ahora bien, el escrito del fiscal general del Estado no se quedaba corto. E iba más allá. Rechazaba las “valoraciones políticas e ideológicas” de los fiscales del Supremo, que catalogaba como “mera expresión de una convicción personal con la que el Ministerio Fiscal nunca puede identificarse”. Además, los acusaba de hacer servir de “froma profusa argumentos que desbordan el plano estrictamente jurídico, que comprometen la necesaria imagen de neutralidad e imparcialidad del Ministerio Fiscal y que resultan totalmente improcedentes”.

“La amnistía constituye un instituto admitido por el derecho de la Unión, y difícilmente hay que afirmar que la aprobación de una ley de amnistía sea contraria a los principios de separación de poderes y a la independencia judicial”, esgrimía. Y remachaba con otro dardo dirigido a los cuatro fiscales: “No se aporta un solo argumento objetivo que permita concluir que la ley orgánica de amnistía no contribuye a la consecución del objetivo que el preámbulo dice perseguir, la normalización institucional, política y social en Catalunya”.

Los fiscales del Supremo, contrarios a amnistiar a Puigdemont y Junqueras

Por parte de los fiscales, su negativa total era clara. Argumentaban que Puigdemont, Comín, Puig, Junqueras, Turull, Romeva y Bassa sustrajeron por sí mismos caudales públicos en forma de millones de euros”, cosa que implicó un “enriquecimiento personal”, ya que “pudieron disponer de fondos públicos para sus finalidades ilícitas”. Argüían que “la malversación de caudales públicos supuso un beneficio patrimonial para los autores”, dado que los destinaron a “la elaboración, desarrollo y concreción de su proyecto ilegal e inconstitucional de desintegración de España, que les produjo un indudable beneficio patrimonial”.

Además, esgrimían que la malversación de fondos públicos para “financiar un procés secesionista” dentro de un Estado que forma parte de la Unión Europea supone un “riesgo de fractura territorial de la UE y la consiguiente disminución de los ingresos y fondos que forman parte de su presupuesto” y, en consecuencia, “repercute negativamente en los intereses financieros de la Unión”. Y recordaban que la malversación es uno de los tipos penales que la directiva europea sobre la lucha contra el fraude incluye entre los delitos que afectan a los intereses financieros de la Unión.