Su nombre es Diego López Garrido y fue el redactor del delito de rebelión del Código Penal el año 1995. Quien fue ponente por Izquierda Unida, incluyó una enmienda que evita que se castiguen las acciones independentistas, un acuerdo que salió adelante con el apoyo del PSOE.
López Garrido quiso dar garantías al considerar legítima la defensa de la autodeterminación y, precisamente por eso, incorporó la enmienda citada, que contempla que el delito de rebelión tiene que ir acompañado de violencia para que lo sea.
El exparlamentario explicó en la Cadena Ser que "quise dejar claro que el tipo penal de la rebelión es cuando se alza violenta y públicamente". Es por este motivo que ahora asegura que en la DUI no hay rebelión porque no ha sido planteada como ninguna actuación violenta.
De hecho, López Garrido ya subrayó que "el delito de rebelión no es sólo declarar la independencia de una parte del territorio de España", sino que son reos del delito de rebelión los que se alzaran violenta y públicamente para cualquiera de las finalidades contempladas, una de ellas, la independencia".
Y, sentencia, "con el Código Penal no puedes hacer interpretaciones extensivas, si no muy precisas" y, por lo tanto, "encaja más amba el delito de presunta prevaricación y desobeciencia, que son delitos que no llevan aparejada prisión si no inhabilitación".