La ofensiva judicial iniciada por Quim Torra contra la Junta Electoral Central no prospera. Un juzgado de Madrid ha desestimado la querella presentada por el president contra el miembro de la Junta Electoral Central a propuesta de Ciudadanos, Andrés Betancor, por delito electoral y actividades y asesoramientos prohibidos a los funcionarios públicos.
El juez sostiene que no hay indicios de delito contra Betancort, catedrático de derecho administrativo de la Universidad Pompeu Fabra y asesor de Cs, dado que "no es un funcionario público que se aproveche de esta condición para formar parte de la Junta y resolver en contra de los intereses que señala al querellante". No obstante, cree que de haber una posible incompatibilidad esta sería administrativa, no penal. La fiscalía se oponía a la querella.
Lazos amarillos e inhabilitación
Andres Betancor, defendía Torra a la querella, participó "activamente" en seis resoluciones y acuerdos de la JEC derivadas de actuaciones planteadas por la formación naranja, como el requerimiento para la retirada del Palau de la Generalitat de los lazos amarillos y de las pancartas de apoyo a los líderes del procés encarcelados -que motivó posteriormente la inhabilitación del presidente Quim Torra.
Torra mantenía en la querella que Betancor, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Pompeu Fabra, simultaneó su trabajo a la junta con su asesoramiento a Ciudadanos entre 2017 y 2019. Aparte de percibir un sueldo del partido, tenía despacho en el Congreso, y según la querella "lejos de mostrar una actitud pública de neutralidad jurídica y partidista" se vanagloriaba "de su interés personal" en todas estas resoluciones del árbitro electoral como lo demuestran artículos y mensajes en el Twitter publicados por Betancor. Cuando dejó de ser vocal, se incorporó en calidad de secretario jurídico a la gestora de Ciudadanos, creada al dimitir Albert Rivera.
Ningún delito
El juez, sin embargo, no aprecia indicios de la comisión de delito por parte de Betancor "dado que no es un funcionario público que se aproveche de esta condición para formar parte de la Junta y resolver en contra de los intereses que señala al querellante". El magistrado aclara que adquiere la condición de funcionario público precisamente en el momento que entra a formar parte de la Junta, en la cual interviene en decisiones de órgano colegiado.
Las afirmaciones de Quim Torra sobre la intencionalidad del exvocal relativas a un interés personal en los asuntos sometidos a la decisión de la JEC "son tan solo opiniones sin ninguna confirmación fáctica".