“Catalunya podrá desarrollar un modelo propio y una política integral, dado que en todas las fases de la relación de los inmigrantes con la administración, las instituciones catalanas tendrán una posición determinante en el marco de la legislación internacional europea y del Estado español”. Es una de las claves del acuerdo que han rubricado Junts y el PSOE para la delegación de las competencias en inmigración. Doce horas después de que trascendiera el acuerdo, los dos partidos han registrado la Proposición de ley orgánica de delegación de competencias en materia de inmigración en el Congreso de los Diputados y han difundido un comunicado especificando la letra pequeña del pacto. El acuerdo supone un “paso muy significativo en el método y el sentido político” que inspira el Acuerdo de Bruselas, el que firmaron ambos partidos para la investidura de Pedro Sánchez. ¿Cuáles son las grandes novedades? Los Mossos actuarán en la frontera y estarán presentes en puertos y aeropuertos, la Generalitat expedirá el documento de identidad para los extranjeros y Catalunya gestionará las expulsiones y devoluciones de extranjeros y los Centros de Internamiento de Extranjeros. Vayamos por partes.
Uno de los cambios sustanciales tiene que ver con los Mossos d’Esquadra. La policía catalana gestionará la seguridad de puertos, aeropuertos y las zonas críticas en cooperación con el resto de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado (Guardia Civil y Policía Nacional) y actuará en la frontera en coordinación con la policía española para “cumplir las competencias” de la nueva ley. Asimismo, los Mossos ejercerán la competencia para la “prevención, persecución, protección y asistencia” a las víctimas de tráfico y explotación de seres humanos. Con este objetivo, se incrementará el número de Mossos d’Esquadra en Catalunya en 1.800 efectivos, hasta conseguir la cifra total de 26.800 agentes. Otro de los puntos más relevantes es que Catalunya se configurará como “ventanilla única” de las autorizaciones de estancia de larga duración, residencia temporal y residencia de larga duración.
Más novedades. Catalunya gestionará las devoluciones de extranjeros (cuando tengan prohibición de entrada) y ejercerá la competencia sancionadora de los procedimientos administrativos (incluida la resolución y ejecución): instruirá y ejecutará expulsiones que no requieran expediente de devolución y formulará la propuesta en las expulsiones que requieran expediente a través de la valoración previa de los criterios orientativos que establezca la Junta de Seguridad de Catalunya. Además, Catalunya expedirá el documento de identidad para los extranjeros, a partir del Registro del NIE del Estado español, y gestionará integralmente los Centros de Internamiento de Extranjeros.
En materia lingüística, “se aplicarán las previsiones de la legislación vigentes en el ejercicio de las competencias delegadas”. Y en el terreno de las contrataciones en origen, Catalunya será “quien determinará (junto a sus empresas y sindicatos) los perfiles y el contingente de trabajadores y trabajadoras extranjeras”. Por último, para hacer frente a todo lo que prevé el acuerdo, el Estado español “transferirá los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios para que Catalunya ejerza la competencia que se le delega”.
“Iniciación, instrucción, resolución, notificación y ejecución”
Tres horas después de hacer públicos los principales detalles del acuerdo, Junts y el PSOE han facilitado a los medios de comunicación el texto de la ley. Es una proposición de ley orgánica con una exposición de motivos de cuatro páginas, trece artículos y tres disposiciones adicionales. Fundamentalmente, se delega a Catalunya la “ejecución de la normativa del Estado en materia de iniciación, instrucción, resolución y notificación” de la resolución de:
- Las solicitudes de autorización de estancia de larga duración de los extranjeros que vengan a estudiar.
- Las autorizaciones de residencia temporal de los extranjeros que vengan a residir o residir y trabajar.
- Las autorizaciones de residencia de larga duración presentadas por los extranjeros que residan o venga a residir.
- Las renovaciones y extinciones de las autorizaciones.
Más detalles. Se delega a Catalunya la “ejecución de la normativa del Estado” en materia de “incoación, instrucción, resolución, notificación y ejecución de los procedimientos sancionadores en materia de extranjería” y en los casos en los que “pueda recaer una sanción de expulsión” o que “puedan suponer la devolución de la persona extranjera” y que no requieran la tramitación de expediente de expulsión. En el resto de procedimientos sancionadores, Catalunya hará la “propuesta de resolución”.
También se delega a la Generalitat las “facultades de control de frontera relativas a la ejecución de la normativa del Estado en materia de devolución de personas extranjeras” y las “facultades de garantizar la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, la garantía del mantenimiento de la orden, la seguridad ciudadana, la prevención e investigación de actos delictivos y, en general, el ejercicio de todas las funciones comunes” en los puertos y aeropuertos. Eso incluye la “protección de las infraestructuras críticas”, las zonas del suelo y de aire, las aguas interiores marítimas del puerto y los barcos y aeronaves atracados, fondeados o estacionados. En relación con el calendario, fija que el traspaso tendrá efectividad en un “plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor” de la ley y que eso requerirá el “traspaso de medios personales, patrimoniales y presupuestarios” que se tendrán que acordar en el marco de la Comisión Mixta de Transferencias.
“Proteger la lengua y asegurar la plena inclusión e integración de la población extranjera”
En relación con el catalán, la proposición de ley no es demasiado explícita. Eso sí, Carles Puigdemont ha defendido que el conocimiento del catalán tiene que ser un “elemento indispensable” para conseguir un “informe favorable” para obtener la ciudadanía. ¿Qué dice la ley? Hay tres referencias a ello, dos en la exposición de motivos y una en la disposición adicional tercera. En el último caso, estipula que el Estado y la Generalitat “cooperarán y colaborarán en el ejercicio de sus respectivas competencias para asegurar la plena inclusión e integración de la población extranjera en Catalunya”.
Por otra parte, la exposición de motivos defiende el “compromiso de integración y de respeto a los valores cívicos y conocimiento lingüísticos y culturales que definen a la sociedad catalana”, alude al “impacto que representa para la lengua catalana, que el Estatut declara que es su lengua propia” y presenta la ley como un “nuevo contrato social atractivo” para los extranjeros que tiene que servir para “protegerlos ante la potencial vulneración de sus derechos y brindarles de más oportunidades” y para “proteger la cohesión de la sociedad de acogida, su lengua y su cultura”.
“Coordinación, cooperación y colaboración” entre la Generalitat y el Estado
En diferentes apartados, la ley también estipula los mecanismos que se articularán para el trabajo conjunto entre la Generalitat y el Estado. De entrada, fija que la Junta de Seguridad de Catalunya, presidida por el president de la Generalitat, será el “órgano bilateral de coordinación y cooperación de las facultades en materia de inmigración que ejerzan las fuerzas y cuerpos de seguridad de las dos administraciones”. En segundo lugar, establece que el ejercicio por parte de la Generalitat de las funciones delegadas “se ajustará a los principios de coordinación, cooperación y colaboración” con la Administración del Estado, “especialmente cuando afecte o repercuta fuera” de su ámbito territorial.
En tercer lugar, las dos administraciones “se facilitarán recíprocamente el acceso a los respectivos ficheros en materia de inmigración” y “se informarán mutuamente, en el plazo de treinta días” sobre las actuaciones realizadas en relación con el régimen sancionador. Finalmente, en caso de que hubiera una “discrepancia en la aplicación” de la ley, se reunirá la Comisión Bilateral a instancias de cualquiera de las dos administraciones. “Si en el plazo de dos meses no se consiguiera un acuerdo, las dos administraciones se reservan los mecanismos de control constitucionales, estatutarios y legales previstos para la resolución de estas discrepancias”, añade la norma.
La “dirección, coordinación, gestión e inspección” de los CIE
En relación con los Centros de Internamiento de Extranjeros, el artículo 7 recoge que se delega la “gestión integral” de los CIE, que incluye la “dirección, coordinación, gestión e inspección” de los centros. Asimismo, la Generalitat hará los “traslados de internos en el interior de su territorio”, designará a los “empleados públicos que tengan que ejercer los puestos de trabajo de las unidades y servicios que integran los centros que impliquen funciones de dirección y seguridad” y se encargará de garantizar la “prestación de los servicios de asistencia sanitaria, social, jurídica, cultural y lingüística”. Finalmente, Catalunya fijará “mecanismos de control e inspección policial y administrativa del funcionamiento” de los CIE en los términos establecidos en el Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los CIE.