"La Fiscalía no pudo demostrar que había rebelión porque no había rebelión," ha afirmado Diego López Garrido, escudándose en qué según el Código Penal, hacía falta un alzamiento público para realmente poder hablar de rebelión. Estas afirmaciones las ha realizado en una entrevista a Els Matins de TV3 el catedrático de Derecho Constitucional López Garrido, que había sido redactor de la reforma del Código Penal que introdujo la actual definición de rebelión.
La Fiscalía, cuestionada
López Garrido ha criticado el informe final de la Fiscalía: "No hubo una fundamentación jurídica sustentada", ha explicado. Ha criticado especialmente el uso del término "golpe de estado", que no es un término jurídico y que no se adecua en absoluto a lo que pasó: "Es un argumento más político que jurídico".
El punto central de la crítica de López Garrido es que se mantuviera la acusación de rebelión sin que existiera violencia grave: "El propio fiscal al decir que no había violencia grave ya estaba admitiendo que no se daba el tipo de rebelión". El catedrático de Derecho Constitucional ha explicado que "el delito de rebelión es un delito muy grave que hubiera necesitado de violencia y una declaración de independencia, y aquí la declaración fue muy confusa". Para Garrido lo que se ha visto en el juicio es que podría haber alteraciones del orden público y otros hechos menores, pero no la violencia necesaria para hablar de rebelión. Garrido sí que tiene claro que existió desobediencia, pero duda sobre si se puede parar de un delito de sedición: afirma que hubiera tenido que seguir más atentamente las pruebas del juicio como para poder valorarlo.
López Garrido ha explicado que cuando se redactó el artículo 472 del Código Penal se discutió mucho para que no se pudiera considerar rebelión la simple declaración de independencia de una parte del país: "Lo que haría falta para hablar de rebelión sería un alzamiento violento, que es mucho más que lo que se vio en Catalunya". Y ha añadido que si el gobierno de Rajoy no declaró el estado de sitio es porque no vio en peligro la integridad del Estado español (en realidad, López Garrido ha considerado normal el hecho de declarar el estado de sitio y movilizar al ejército en caso de peligro de integridad del Estado).
El catedrático de Derecho Constitucional cree que no hace falta ningún cambio en el Código Penal sobre el delito de rebelión y apunta que aunque se puede abrir el debate, el actual código está bien tipificado y es suficientemente claro: "el Código Penal, en el delito de rebelión, habla de una insurrección violenta y organizada". Ahora bien, cree que algunos partidos podrían plantear este debate próximamente.
Con respecto a la situación de prisión y a la inhabilitación de los procesados, que se deriva de las acusaciones de rebelión, Diego López Garrido no ha querido pronunciarse. Se ha limitado a afirmar que no cree que cambie su situación procesal, aunque ha puntualizado que el tribunal siempre tiene la posibilidad de poner en libertad a los presos.
López Garrido, a pesar de todo, confía en la decisión final del Supremo, y afirma que a pesar de que en el juicio se han mezclado los conceptos jurídicos y políticos, "el tribunal no tendría que dejarse llevar por razonamientos políticos, sino por lo que dice el Código Penal". Afirma que no duda de que lo hará así: "Estoy convencido de que el Tribunal será justo" y que "actuará de forma adecuada porque es un tribunal independiente y España es un estado de derecho".
López Garrido, que había sido secretario general de Izquierda Unida, en 1997 se pasó al PSOE y ejerció varios cargos en el seno de este partido.