El Diari Oficial de la Generalitat (Dogc) publica este martes la suspensión por parte del Tribunal Constitucional (TC) de la Llei de Transitorietat Jurídica i Fundacional de la República aprobada por el Parlament y que pretendía amparar jurídicamente la transición hacia en una Catalunya independiente después del referéndum del 1 de octubre.
La sentencia del TC se dictó el 8 de noviembre después del recurso de inconstitucionalidad presentado por el presidente del gobierno español, Mariano Rajoy.
El Parlament aprobó la madrugada del viernes 8 de septiembre la ley. El texto se aprobó con los 71 votos de JxSí, la CUP y el diputado no adscrito Germà Gordó, y los 10 votos en contra de SíQueEsPot, mientras que Cs, el PP y el PSC abandonaron el hemiciclo en el momento de la votación.
De entrar en vigor, la ley establecía que Catalunya se constituiría como una república 'de derecho, democrática y social'; que el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, pasaba a ser automáticamente el jefe de Estado; que se asumía el control de fronteras y aduanas, y se expulsaba el Ejército hasta que una futura Assemblea Constituent decidiera si se creaba uno propio o se prescindía.
La ley preveía que los trabajadores públicos del Estado se integraran automáticamente en el cuerpo funcionarial de la Generalitat, y que pasaran a tener doble nacionalidad --catalana y española-- todos los que tuvieran la nacionalidad española y estuvieran empadronados en Catalunya antes del 31 de diciembre del 2016.
Entre otras novedades, creaba un nuevo ordenamiento jurídico: uno de los cambios más sustanciales era la sustitución del Tribunal Constitucional (TC) --hubiera pasado a llamarse Sala de Garanties-- y del Tribunal Supremo (TS), cuyas funciones tenían que ser asumidas por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).