La reforma del Código Penal anunciada la semana pasada por el presidente español, Pedro Sánchez, no ha sido exenta de polémica. La medida, que ha supuesto la derogación del delito de sedición y su sustitución por los desórdenes públicos agravados, ha sido celebrada y reivindicada como una victoria por ERC y el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès. Pero en el mundo del independentismo, los republicanos se han quedado prácticamente solos. A pesar de reconocer que eliminar la sedición es positivo, ahora afloran las dudas sobre las cuales implicará realmente la nueva modificación. A nuevos conceptos como la intimidación o el incremento de la pena mínima de prisión, se suman los interrogantes en torno a qué comportará todo ello para los líderes independentistas exiliados y todos aquellos que ya han sido condenados, así como los activistas de base [puedes observar los cambios en este enlace]. Desde el primer momento, la Assemblea Nacional Catalana ya ha alertado que la modificación tan sólo pretende "castigar la movilización independentista en las calles y penalizar más cómodamente los hechos del 1 de octubre", y ya ha convocado una manifestación que quiere ser "transversal" para reunir sectores del independentismo y de los movimientos sociales contra los desórdenes públicos. Un equipo de ElNacional.cat habla con la presidenta de la ANC, Dolors Feliu, que también es jurista y abogada de profesión con experiencia en varios altos cargos a la Generalitat, para conocer qué consecuencias tendrá la reforma.

Entrevista Dolors Feliu ANC baranda / Foto: Carlos Baglietto
Dolors Feliu, antes de la entrevista / Foto: Carlos Baglietto
¿Es buena la derogación de la sedición?

Si solo habláramos de una derogación de la sedición, evidentemente sería una buena noticia. Es un delito que no está vigente en los códigos penales modernos y democráticos, y es una rémora del pasado que rompe con los derechos fundamentales de protesta. Ahora bien, esta derogación viene acompañada de la modificación de los desórdenes públicos, y nos hace pensar que aquí ha habido alguna cosa. ¿Qué sentido tiene, a la vez que haces la derogación, poner toda una serie de cosas en los desórdenes públicos? Se ve que la operación no ha sido aislada, que lo hacen al mismo tiempo precisamente porque no quieren despenalizar las acciones de octubre de 2017.

En los nuevos desórdenes públicos entra el concepto de intimidación, que sustituye la amenaza de violencia. ¿Es un peligro para las movilizaciones?

La intimidación real para causar objetivamente una amenaza de violencia, como alguien que intimida con un arma blanca, tiene sentido. Pero aquí hemos puesto el grito en el cielo porque la jurisprudencia de este país ha utilizado esta palabra, la intimidación, en las manifestaciones del 20-S, así como las "miradas de odio" y los "me intimidaba la masa" para equipararlo a amenazas. Aquí viene la interpretación que nos hace rener muchas dudas sobre si eso puede ser favorable a la situación actual hacia los derechos fundamentales de protesta.

 

La reforma del Código Penal incorpora la experiencia del movimiento independentista

Con respecto a la pena mínima, pasa de un año a tres, y se abre la puerta para que la gente condenada no evite la prisión.

Hoy existen acuerdos entre la Fiscalía y la defensa. Y, de acuerdo con el artículo ochenta de código penal, el juez puede suspender la ejecución de la pena cuando es menor a dos años. Pero ahora nunca podrá hacerlo. Esto, en el mundo independentista, con las detenciones e imputaciones por protestas que hemos sufrido, era muy frecuente. El cambio nos deja en muy mala posición.

Y se mantiene la prohibición de incitar con mensajes la alteración del orden público, si bien con otras palabras. Es el punto con que se acusó a Tamara Carrasco.

Se mantiene de forma disimulada, hablando de provocación. Son términos muy ambiguos que no tendrían que ser problemáticos, pero si miramos la jurisprudencia se ha utilizado para decir que se atentaba contra el orden público. En cambio, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH) distingue muy bien que el derecho a manifestación se puede producir, y si la finalidad es pacífica, como siempre son las manifestaciones independentistas y las de la ANC, y están dentro del marco democrático, cualquier disturbio o conducta negativa no es imputable a la convocatoria, sino que solo de manera particular a la persona que practica el ilícito. Preocupa la deriva de estas conspiraciones que se relacionan con una simple convocatoria de manifestación y un delito que es de finalidad, y no de resultado.

 
Las palabras que se utilizan son genéricas, pues. ¿Se deja margen de interpretación al juez?

Evidentemente. Y lo que preocupa es de dónde venimos, porque si eso pasara en un Estado muy respetuoso con las manifestaciones independentistas... Pero llevamos cinco años con miles de encausados. Y, además, se produce al mismo momento que se saca la sedición. No se puede decir que no está relacionado si tiene lugar el mismo día. Se propone la abolición de la sedición pero se mantiene que si multitud, que si intimidación. Y con el mismo preámbulo de la ley, que reconoce que se utilizan conceptos que vienen de la sedición, precisamente los que nos han traído este comportamiento tan grande contra derechos fundamentales y que han encausado a tanta gente en manifestaciones del 1 de octubre de 2017 y más allá. Es muy alta la represión ante los tribunales a partir de la formulación de orden público y de sedición.

ERC dice que con el cambio se dificulta la aplicación arbitraria del Código Penal. ¿Es así o al revés? Porque parece que se haya adaptado la experiencia del procés al reglamento.

Es muy evidente. El término de la multitud, los conceptos de provocación, de intimidación y el incremento de la condena mínima por los desórdenes públicos agravados... Todo parece muy evidente.

Entrevista a Dolors Feliu ANC silla / Foto: Carlos Baglietto
La presidenta de la ANC, delante de la sede de la entidad / Foto: Carlos Baglietto
Precisamente, el nuevo Código Penal abre la puerta a la inhabilitación de cargos electos y penaliza el bloqueo de vías públicas y la ocupación de edificios públicos.

Hay quien dice que antes ya se podía penar, pero no se decía expresamente en el título. No se hablaba de obstrucción de vía pública, de ocupar instalaciones o edificios, de multitud, de provocación ni inhabilitación. Todo eso son unos conceptos que se introducen de nuevo, y muy relacionados con nuestra experiencia del movimiento independentista. Aunque puede afectar muy bien, y lo hará, el resto de movimientos. Lo más grave es que afecta al derecho fundamental de protesta y de manifestación, porque cita en la exposición de motivos el derecho de reunión y la libertad de expresión, pero no el de manifestación, cuando es evidente que este será el más perjudicado por la regulación.

 

La manifestación contra los desórdenes públicos tiene que ser un frente transversal porque afecta al independentismo y a los movimientos sociales

¿El remedio a la sedición es peor que la enfermedad?

El hecho de sacar la sedición del ordenamiento es una acción que ya venía pedida por el Consejo de Europa, y que se ha visto evidenciada por la negativa de los Estados europeos de hacer las extradiciones en base a la sedición por la falta de equivalencia de este delito en otros ordenamientos europeos. Es un delito que en el Estado español, y más después de los indultos, ya no le servía para nada, no lo podían utilizar de cara adentro ni de cara afuera. Entonces está muy bien, pero se han endurecido los desórdenes públicos que se aplican a la gente de base que va a las manifestaciones, y lo encontramos deplorable. Es todo este activismo el que saldrá perjudicado.

 
Hablemos ahora del exilio. ERC confiaba que la modificación del Código Penal facilitaría el retorno de los exiliados, pero Marta Rovira ya ha dicho que no será suficiente. ¿Cómo queda todo?

Aquí hay varias vías que no quedan claras, porque estamos todavía en vías de proposición y ni siquiera se ha admitido a trámite. Pero cuando eso avance estará la revisión del Tribunal Supremo y entonces veremos qué pasa. Los indultados ya tienen el delito de sedición. Los exiliados, algunos tienen malversación, que puede tener penas de hasta ocho años. Hay la cuestión de las inhabilitaciones ya dadas, y para los exiliados veremos cómo se reacciona desde el punto de vista de las euroórdenes, si es que llegan, porque algunos tienen la inmunidad parlamentaria sobre la mesa. Si se acaba aplicando el suplicatorio, entraremos a pensar en las euroórdenes y aquí veremos qué interpretación hace el Supremo cuando desaparezca la sedición. Por lo tanto, veremos cómo se soluciona todo. Hay varias etapas aquí.

Tendremos que esperar un tiempo para ver cómo evoluciona todo, pues.

Sí, tendremos que ir viendo.

Entrevista a Dolors Feliu ANC árbol / Foto: Carlos Baglietto
La presidenta de la ANC, Dolors Feliu / Foto: Carlos Baglietto
Pero después vemos las declaraciones de Nadia Calviño y Patxi López, que alardean de querer extraditar Carles Puigdemont con más facilidad.

El Estado español se piensa que, si hay una calificación del Supremo que dice que ahora se aplican los nuevos desórdenes públicos a los hechos de 2017, como dice Pedro Sánchez, se emitirán euroórdenes por el delito de desórdenes públicos o de malversación, o por ambos. Y como el delito de desórdenes públicos sí que existe en los Estados, les será más fácil la extradición. Podría ser una de sus tácticas. Este cambio de no aplicar la sedición para aplicar otro delito, que está hecho porque en Europa no cuela sedición, podría suponer un trato peor para los exiliados. La retroactividad penal desfavorable no es posible, solo es posible la favorable, y el Estado dirá que este cambio es favorable, porque el delito de sedición tenía más pena y el nuevo de desórdenes públicos tiene menos. Pero estamos presuponiendo que el Supremo les querrá encausar por desórdenes públicos, que tampoco está claro. Y después hay la malversación: Alemania se mostró favorable a extraditar a Puigdemont por malversación, así que ahora el Gobierno podría centrarse en la malversación para conseguir la extradición. Y este es el otro punto fuerte.

La malversación entra en el juego.

Sí, yo creo que va por aquí. Por eso, la malversación ahora está sobre la mesa, pero vemos que no la ha planteado el PSOE, sino Podemos y ERC, porque aquí hay un punto fuerte.

 
¿Modificar la malversación podría beneficiar el independentismo?

Si modifican la malversación y ponen como requisito que el lucro fruto de la malversación tiene que haber sido un enriquecimiento personal, eso no lo cumple ninguno de los exiliados ni condenados del 1 de octubre. Y, por lo tanto, decaerían todas las causas de malversación y no los podrían extraditar.

 

Dejar de aplicar la sedición, que no cuela en Europa, y aplicar los desórdenes públicos, podría suponer un trato peor para los exiliados

Quizás por eso ahora el PSOE calla sobre esta cuestión.

No le gusta mucho esto al Estado, porque entonces sí que caerían las posibilidades de extradición. Caída la sedición y la malversación, sólo quedaría ver si el Supremo dice que hay desórdenes públicos, con todas las dudas que lo acepte el resto de Europa. En este juego de tres pistas que es la sedición, los nuevos desórdenes públicos y la malversación, la sedición queda ya fuera de juego, y los otros dos se tiene que ver. Porque los desórdenes públicos con malversación no tienen concurso medial, como sí que tienen la sedición con malversación. Eso puede sumar condenas, y por desórdenes públicos con malversación pueden resultar imputados los mismos años que por sedición. Todo esto es un montaje jurídico que veremos con los exiliados y que no está claro como acabará, porque no es inmediato. Y, en cambio, para la gente de la calle que se manifiesta, esto les cae directamente sobre la línea de flotación, con el mínimo de prisión en tres años, penas de posible inhabilitación... Todo este tema que está muy pensado por lo que ha pasado con el procés.

Entrevista a Dolors Feliu ANC vertical / Foto: Carlos Baglietto
Dolors Feliu, de perfil / Foto: Carlos Baglietto
Esta negociación la ha hecho ERC sola con PSOE, cuando es una cuestión que afecta a todo el independentismo. ¿Se tendría que haber dialogado con el resto del espacio?

Estos diálogos con el Estado español nunca sé si son diálogos o no. Me da la sensación que hacen lo que les da la gana, y hacen ver que dialogan. Pero más bien parece que les interesaba a ellos. Ya no sacaban partido de la sedición y era una mancha como imagen ante el resto de Europa. Y, en cambio, han hecho este tiro hacia la movilización y los desórdenes públicos agravados. Nos dejamos engatusar, y no sé si participando más gente nos habrían engatusado a todos.

Habéis convocado una manifestación contra la reforma el 6 de diciembre. Hay voces que reclaman que sea un frente amplio del independentismo y también los movimientos sociales.

Esta es la voluntad. El independentismo está mucho afectado, y lo ha estado todo este tiempo, pero la regulación afecta a todo el movimiento social porque los desórdenes públicos chocan con la protesta en la calle. Nos afecta transversalmente e iremos todos los que nos oponemos a esta modificación para intentar vulnerar derechos fundamentales, una vez más.