La sección cuarta de la Audiencia Provincial de València ha decidido mantener la libertad provisional sin fianza del expresident de la Generalitat y exministro con el PP, Eduardo Zaplana, condenado a 10 años y 5 meses de prisión por la trama de las ITV, conocido como caso Erial. El juez le impone medidas cautelares, como la retirada del pasaporte, la prohibición de salir del territorio nacional y una comparecencia mensual en sede judicial porque no aprecia riesgo de huida. Según el Tribunal Superior de Justicia valenciano, no se aprecia este riesgo porque Zaplana "no ha llevado hasta ahora ningún acto tendente a eludir la acción de la justicia, ha comparecido en todas las sesiones del juicio y respondido a cualquier cita judicial".

La sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo, a pesar de que la Fiscalía Anticorrupción solicitó una vista para valorar su ingreso en prisión hasta que se pronuncie el alto tribunal. En la vista, que se celebró el pasado jueves, Anticorrupción pidió el ingreso inmediato de Zaplana en prisión para evitar una posible huida, como hizo José María Tabares, condenado en el caso Ivex. Su defensa alegó que esta opción no era posible por su enfermedad y por el arraigo familiar en la ciudad y en el país.

Libertad sin fianza

Durante la vistilla del pasado 7 de noviembre, Zaplana aseguró que no tenía ninguna intención de fugarse del país: "No está en mi ánimo, fugarme". Además, señaló que si Tabares tuvo un procedimiento judicial fue porque la Generalitat Valenciana presentó una querella. Así pues, este lunes, el tribunal ha acordado dejar en libertad provisional sin fianza a Zaplana. El juez expuso que la situación procesal de Zaplana había cambiado después de la sentencia condenatoria, en la que se reconoce que "se trata delitos graves, asociados a la corrupción política en el ejercicio de sus funciones públicas". Y advirtió que el riesgo de fuga aumenta "no solo por la pena impuesta, que es una motivación para eludir la justicia, sino también por su acceso a los medios económicos". En este sentido, insistió en que quedaba acreditado que Zaplana "tiene acceso a productos financieros y patrimonio en el extranjero que no ha puesto a disposición de las autoridades españolas". Además, recordó que José María Tabares, que era una persona "a las órdenes" de Zaplana, se fugó a Japón, país donde existe acuerdo de extradición con España.

Zaplana está condenado a 10 años y 5 meses de prisión, acusado de ser autor de los delitos de blanqueo de capitales, soborno, falsedad en documento mercantil. La sala lo considera autor de los delitos de prevaricación, soborno, falsedad y blanqueo de capitales y le impone 17 años y 10 meses de inhabilitación para ocupación y cargo público y otros 3 para el ejercicio de su profesión. Además, tendrá que pagar una multa de 20,6 millones de euros por el delito de blanqueo y otros 4,4 por el delito de soborno.

 

La estrategia de Zaplana

El juez también rechazó el informe médico elaborado por los forenses del juzgado en 2019, que presentó la defensa para oponerse a esta medida cautelar. "Afortunadamente, Zaplana ha asistido al juicio, entendemos que su problema de salud no tiene riesgo y ha desarrollado una vida completamente normal", añadió. Por esta razón, pidió el ingreso provisional, porque Zaplana "gracias a sus condiciones económicas puede eludir la acción de la justicia, y seguir su tratamiento médico en países del primer mundo, y ante la pena de diez años que se le ha impuesto, existe una posibilidad de fuga tiene que ser mesurada".

El abogado del expresident valenciano defendió que su cliente es "inocente" hasta que no exista una sentencia firme y se tiene que respetar su presunción de inocencia, y subrayó, sobre este tema, que no cumple con los "fines legítimos" que establece la ley para acordar esta medida cautelar. En este sentido, apuntó a que durante todo este tiempo, desde el inicio de la causa hasta haberse presentado a la vista, no ha huido, actitud que demostraba que "no tiene intención de sustraerse de la acción justicia", tampoco hay posibilidad de ocultar pruebas. Además, apuntó que era anticonstitucional pedir su ingreso por alarma social y destacó la condena por los delitos, aunque de "cierta gravedad", porque el hecho de no ser firme podría llevar aparejadas penas menores.