El decreto ley de creación del Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat con qué el Govern quiere apoyar a los 35 altos cargos y miembros del ejecutivo a los cuales el Tribunal de Cuentas reclama fianzas de 5,4 millones antes del 21 de julio se sustenta en el llamado principio de indemnidad consolidado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según recoge la exposición de motivos del texto publicado hoy al Diario Oficial de la Generalitat.

Según el decret ley, impulsado por el conseller de Economia, Jaume Giró, el principio de indemnidad en relación con el ejercicio de funciones públicas "comporta que ningún servidor público se pueda ver perjudicado como consecuencia del ejercicio legítimo del cargo público que ocupa".

Se trata de un principio, según se subraya al texto, consolidado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo que en una sentencia de julio del año pasado fija que este principio no se limita sólo a los cuerpos y fuerzas de seguridad sino a la totalidad de trabajadores públicos.

 

 

Este principio está recogido en el estatuto básico del trabajador público, subraya el texto que recuerda que la ley de organización de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalitat fija que la Generalitat puede asumir la defensa de miembros del Govern.

La exposición de motivos se refiere también al Estatut que recoge que es el Govern quien dirige la acción política y la Administración de la Generalitat; recuerda que los miembros del Govern, en el ejercicio de sus funciones, disfrutan de todos los derechos fundamentales protegidos por la Constitución, como es el derecho de reunión o la libertad de expresión, reconocido reiteradamente por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Exclusión de riesgos

El decreto ley recuerda que para hacer frente a sus responsabilidades y obligaciones legales de protección de los servidores públicos, la Generalitat tiene pólizas de responsabilidad civil para la cobertura de riesgos en que puedan incurrir sus trabajadores. Añade, sin embargo, que esta situación se ha visto alterada y se ha producido la exclusión de determinados riesgos de las pólizas suscritas, que afecta situaciones muy diversas y se han ido incrementando los últimos años.

"Afecta de forma negativa a los derechos de los funcionarios y funcionarias, altos cargos, directivos e, incluso los miembros del Govern que se ha visto involucrados", añade.

Necesario y urgente

Por esta razón, considera que se ha hecho "necesario y urgente" mecanismos para garantizar que hasta que no haya una sentencia firme se garantice el derecho a la indemnidad de las personas afectadas en el ejercicio de sus funciones.

El decreto, aprobado a propuesta del conseller de Economía, Jaume Giró, y firmado por el mismo conseller, el president de la Generalitat, Pere Aragonès, y la consellera de Presidencia, Laura Vilagrà, admite que uno de los supuestos que obligan a esta respuesta urgente son las fianzas impuestas por el Tribunal de Cuentas y la situación de vulnerabilidad en que han quedado las personas afectadas.

10 millones

El objeto de la ley es, según el artículo 1, "la creación del Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat de Catalunya (FCRCAT) para hacer frente a las obligaciones legales que le corresponden a los riesgos no cubiertos por las pólizas de seguros de responsabilidad civil, patrimoniales y contables suscritas por la Generalitat".

La dotación del fondo es de 10 millones y con una actualización anual; su gestión "se puede encargar a la entidad gestora que se constituya o bien a una entidad gestora ya existente"; y se podrían acoger personas que tengan o hayan tenido condición de personal al servicio de la Administración de la Generalitat y ente y organismos de su sector público, altos cargos y miembros del Govern por actuaciones en el ejercicio del cargo.

Restricciones

Los riesgos que el fondo cubre son los que sufren las personas que queden excluidas de cobertura a cargo de las pólizas de seguros de responsabilidad civil, patrimoniales y contables suscritas por la Generalitat.

El texto impone restricciones para poder solicitar acogerse al Fondo, entre los cuales que no haya resolución judicial firme, que no haya ningún procedimiento iniciado por la Generalitat.

ICF

Si finalmente hay un pronunciamiento judicial firme, sin vías de impugnación, y si se confirmara la existencia de responsabilidad contable o civil, "se generará un crédito de derecho público de devolución por parte de los beneficiarios de los importes garantizados, así como de los intereses y de los gastos que se hayan generado en razón de las garantías efectuadas a cargo en el Fondo".

De manera provisional, mientras no se constituye la entidad gestora del Fondo o bien se encargue a una entidad ya constituida, se encargará de la gestión provisionalmente el Instituto Catalán de Finanzas.

El decreto incluye el formulario que tendrán que utilizar aquellas personas que se quieran acoger a este fondo.