Nueva ofensiva contra el catalán. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha vuelto a pronunciarse hoy a favor del castellano, en un caso relacionado con las pruebas de selectividad. Así, la sentencia hecha pública este miércoles ha declarado nulas las instrucciones de las Pruebas de Acceso a la Universidad del año pasado en aquellas cuestiones referentes a la lengua. En concreto, el tribunal considera que estas instrucciones vulneraban los artículos 14 y 27 de la constitución, sobre los derechos y deberes fundamentales, porque contemplaban que los enunciados de los exámenes de selectividad se repartirían en catalán, y solo en castellano si algún estudiante lo pedía. Ahora, pues, el TSJC se ha plantado en este aspecto, y ha avisado de que las pruebas se tienen que repartir en las dos lenguas, y no primar una por encima de la otra.
El tribunal ha decidido anular así esta parte de las instrucciones del funcionamiento de la selectividad. De hecho, el mismo órgano judicial ya ordenó de forma cautelar que todos los exámenes de las PAU estuvieran disponibles en las tres lenguas cooficiales de Catalunya (el catalán, el castellano y el aranés), ya que mantenía que la elección del idioma no podía venir determinada por la administración. Además, también apunta que en las instrucciones iniciales se obviaba totalmente la posibilidad de ofrecer los exámenes en aranés.
En el texto, la sentencia remarca que cuando se reparten los enunciados exclusivamente en catalán y se obliga un alumno a pedirlos en otro idioma, "lo lleva a significarse con respecto a los otros examinados". "El trabajo de la administración educativa es ofrecer de forma imparcial e igual, sin preferencia entre lenguas, los enunciados al inicio de los ejercicios", mantiene. La justicia tampoco acepta que el hecho de que los alumnos tuvieran que decir en público que querían el examen en castellano no tenía un carácter peyorativo. Por el contrario, considera que eso es indiferente, ya que el punto de vista tiene que ser siempre el del alumno, sus derechos y decidir si expone o no su opción en un contexto como es el de la realización de un ejercicio "que condiciona su futuro académico, profesional y vital", tiene un interés "superior" a los de los intereses organizativos de la administración.
El AEB, "parte implicada", lo celebra
La sentencia también recoge algo destacable, y es que establece que la Asamblea por una Escuela Bilingüe, la misma que trabaja sin descanso para implementar el 25% de castellano en las escuelas catalanas, es parte implicada. El mismo texto expone que el AEB tiene "capacidad procesal y legitimación, dado el interés legítimo de la asociación, según sus estatutos". La entidad españolista se ha pronunciado posteriormente para celebrar el reconocimiento, y en un comunicado ha reclamado a la Conselleria de Investigación y Universidades que "dicte las instrucciones favorables a la convivencia lingüística que no vulneren los derechos fundamentales de los alumnos" en las PAU de este año.
Caso de 2021
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ya obligó el año pasado al Govern a facilitar los enunciados de los exámenes de selectividad en catalán, castellano y aranés. El TSJC estimó así las medidas cautelares urgentes pedidas por la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Catalunya, un día antes de que empezaran las PAU. El juzgado consideraba que la elección de la lengua de los enunciados del examen "no puede venir determinada por la administración" y por eso estimaba que estén disponibles en las tres lenguas cooficiales y que se ofrezca "de forma individual al alumnado la opción de escogerlos en el idioma oficial que estime".