El repaso de la hemeroteca a menudo es un ejercicio interesante. Ahora hace un mes, en plena campaña electoral catalana, la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso concedía una entrevista al diario El Mundo. El titular, muy al estilo de la dirigente conservadora: "Si hubiera convocado yo unas elecciones, me llamarían insensata y tipa peligrosa". Paradójicamente, hoy ha sido Ayuso quien ha decidido convocar elecciones anticipadas, a media legislatura, después del terremoto de Murcia. Las ha fijado el 4 de mayo. Lo ha hecho para intentar evitar una moción de censura, que tampoco ha podido evitar, por lo visto. Paradójicamente también, el caso está abocado a acabar en los tribunales, como el decreto de convocatoria del 14-F del Govern de la Generalitat.
La clave está en el tempos de esta convocatoria electoral. La presidenta Isabel Díaz Ayuso ha firmado el decreto de disolución del parlamento y convocatoria electoral, durante la reunión del gobierno en la Puerta del Sol. Lo ha hecho poco minutos antes de las 12 del mediodía y según el equipo de Ayuso se enviaba al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (aunque no se ha publicado). Acto seguido, a las 13:04, Más Madrid ha registrado una moción de censura. Tres minutos más tarde, a las 13:07, Ángel Gabilondo ha registrado otra en nombre del PSOE. Y a las dos y media de la tarde, la Mesa de la Asamblea de Madrid se ha reunido, donde el PP no tiene mayoría. El órgano de gobierno de la cámara, con el voto favorable de Ciudadanos, no se ha dado por aludida y ha tramitado las dos mociones de censura. ¿Y ahora, cómo queda la cosa?
Ayuso da las elecciones por convocadas mientras la Asamblea no se da por disuelta y continúa con su actividad
¿Qué dice la ley? Por una parte, el artículo 21.2 del Estatuto de Madrid establece que "el presidente no podrá acordar la disolución de la Asamblea cuando se esté tramitando una moción de censura". Por otra parte, el artículo 2 de la ley que regula la facultad de disolver el parlamento señala que "el decreto de disolución se publicará en el BOCM (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid) y entrará en vigor en el momento de la publicación". Esta publicación no se producirá hasta este jueves por la mañana.
¿Qué dicen desde el equipo de Isabel Díaz Ayuso? Argumentan que las mociones de censura se han registrado después del acuerdo de disolución de la Asamblea de Madrid, y que esta decisión es la que prevalece. Por lo tanto, tendría que prevalecer la convocatoria electoral. Además, constatan que tampoco se ha publicado la tramitación de estas iniciativas. Para rematarlo, fuentes de la Puerta del Sol acusan al PSOE y Ciudadanos de "prevaricación" porque la Mesa "se ha convocado "de manera irregular: sin tiempo ni documentación".
¿Y qué dicen los partidos impulsores de las mociones de censura? El PSOE y Más Madrid se remiten a la ley, que establece que la disolución no entra en vigor hasta que se publica en el boletín oficial, que tendrá lugar mañana. Por el contrario, afirman, sus mociones de censura son vigentes en el momento en que han sido registradas y admitidas a trámite por la Mesa de la Asamblea.
Una doble realidad paralela: Isabel Díaz Ayuso da las elecciones por convocadas mientras la Asamblea de Madrid no se da por disuelta y continúa con su actividad como si nada. De hecho, la Junta de Portavoces de la Asamblea ya ha fijado el orden del día del pleno de la semana que viene. La pugna estará en quién ha corrido más para salir en la foto finish. Y también en la interpretación que se haga del reglamento, si es muy restrictiva o más abierta. La batalla muy probablemente se trasladará en las próximas horas a los tribunales, donde el Partido Popular confía en ganar por su conocimiento de la judicatura. Como demostró en el tamayazo, es experto en despachos. Se repite el mismo guion que en las elecciones catalanas. Está por ver si también las mismas portadas y editoriales contra Ayuso.