La ley del "solo sí es sí" ha acaparado una gran polémica desde su aprobación. El número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la nueva ley y las rebajas ascienden al menos en 133, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma. Un total de 17 personas han sido excarceladas desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del Código Penal. Las últimas 3 rebajas han trascendido esta semana y se han producido en Asturias. El primero de los casos se dio a conocer el martes pasado, cuando el Audiencia Provincial de Oviedo estimó la solicitud de un hombre de revisar su condena en virtud de la ley impulsada por el Ministerio de Igualdad. En aplicación de la Ley orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, los magistrados rebajaron de 13 años y 6 meses a 12 años y 6 meses la pena de prisión impuesta al hombre por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 13 años.
A esta rebaja, se suman dos más que han tenido lugar en Asturias esta semana. La misma Audiencia Provincial acordó reducir de 12 años a 10 la pena de prisión de un condenado. Estimó, también, aplicó la ley a un hombre que cometió una agresión sexual en el 2017. En este caso, redujo la pena de 9 a 8 años de prisión. En los 133 casos registrados hasta ahora, los magistrados explican que estas revisiones y rebajas de condenas se hacen porque el mismo Código Penal, en el artículo 2.2, establece que siempre tendrá que aplicarse la ley "más favorable" al reo. La ley del 'solo sí es sí' ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, cosa que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpóreo una de menor gravedad, y por eso la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.
Casos por comunidades autónomas
Con los tres nuevos casos registrados esta semana, se confirman revisiones de sentencia y rebajas de pena en 16 comunidades autónomas. Según los datos recaudados hasta ahora, constan 20 en Madrid, 18 en Galicia, 17 en Andalucía, 15 en la Comunidad Valenciana, 12 en Castilla y León, 9 en Canarias, 8 en País Vasco, 7 en Asturias, 7 en Extremadura, 5 en Cantabria, 4 en Catalunya, 2 en Baleares, 2 en Murcia, 1 en Castilla-La Mancha, 1 en Navarra, 1 en La Rioja y 4 en el Tribunal Supremo. De estos 133 casos, 17 han comportado la excarcelación de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 2 en la Comunidad Valenciana, 2 de Cantabria, 1 en Extremadura, 1 en Castilla y León y 1 en País Vasco, por orden del Tribunal Supremo.
El criterio del Supremo
Al margen, el Tribunal Supremo aseguró en su sentencia sobre el 'caso Arandina' que la aplicación de la Ley orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es "obligatoria" para ser "más favorable" al reo. El Alto Tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del mismo caso y condenó a 9 años de prisión -y no en 10, como pedía la Fiscalía- a dos exjugadores del club de fútbol Arandina al aplicar la ley del 'solo sí es sí'. Los magistrados elevaron las penas -desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León- después de eliminar la atenuante que se había apreciado por la proximidad de edad y madurez entre condenados y víctima.
El Supremo ha rebajado cuatro condenas por delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal. Una de ellas ha comportado una excarcelación en el País Vasco. Las fuentes consultadas explican que, aunque el 'caso Arandina' fue una primera manifestación, no sirve para fijar doctrina porque es un asunto que ya estaba pendiente de un recurso de casación y tenía elementos jurídicos a ponderar más allá de la nueva ley. Las mismas fuentes indican que para que el Supremo aclare las reglas de aplicación del 'solo sí es sí' a las sentencias firmes tendrá que dictaminar en el mismo sentido en casos similares. Y hasta conseguirlo podrían pasar meses, apuntan.