La actualidad judicial, o política depende de cómo se mire, viene cargada. Desde la sentencia de Torra hasta el bloqueo del CGPJ, pasando por la llamada de Felipe VI a Carlos Lesmes. El jurista José Antonio Martín Pallín (la Coruña, 1936), magistrado emérito del Tribunal Supremo, conoce bien la sala de lo penal del alto tribunal, donde ejerció. Allí dentro ahora ve un "activismo judicial", como ya pasó con el juicio del procés, pero también lo ve en el Consejo General del Poder Judicial. Pronto publica libro con un título que también es diagnóstico: El gobierno de las togas.
Temas no faltan. Mejor prescindir de alguno, como el de la Comunidad de Madrid.
Es que eso ya entra dentro de lo kafkiano.
Hablemos mejor de la sentencia de Torra. Usted ha dicho que se sitúa fuera de la legalidad...
Si alguien lee el artículo 410 del Código Penal, que no hay que tener sólidos argumentos jurídicos, puede comprobar que es un delito más propio de autoridades y funcionarios administrativos que de autoridades políticas. No se ha tenido en cuenta ni en este caso, ni en el caso Atutxa. Los jueces están tratando a un presidente de una comunidad como si fuera un funcionario chupatintas. Es incompatible en un sistema democrático. En segundo lugar, aunque se haga esta transposición --que no es constitucional para mí--, el artículo habla de desobediencia "a las resoluciones judiciales". La JEC es órgano de la administración, no es autoridad judicial. Es imposible aplicar esta parte del tipo. También habla de desobediencia "a las órdenes de las autoridades superiores". A nadie le pasa por la cabeza decir que la JEC es el superior jerárquico de un presidente nombrado por un parlamento soberano. Es contrario a una Constitución que dice que la soberanía emana del pueblo. No encaja en el artículo 410 ni con calzador. Una vulneración flagrante del principio de legalidad.
¿Pueden haber prevaricado el TSJC o el Supremo?
No... Son palabras muy gruesas. Es una sentencia errónea, equivocada, con unas interpretaciones que pueden estar sesgadas... Es una sentencia inconcebible en un estado democrático.
¿Tiene sesgo ideológico?
A mí me gustaría ver qué pasaría ahora con la presidenta de la Comunidad de Madrid si se produjera un acto de rebeldía o desobediencia. No nos pueden evitar a muchos ciudadanos que pensemos que está al menos influida por el tema catalán.
Su defensa ya ha recurrido delante del TC, como paso previo para ir a Europa. ¿Le ve recurrido en Estrasburgo?
Yo le veo recorrido incluso en el Tribunal Constitucional. El TC ha introducido una cláusula para admitir o inadmitir recursos de amparo: la relevancia constitucional. Si dice que este asunto no tiene relevancia constitucional, me entrarán ganas de cerrar los libros, abandonar el despacho e irme. Además, se puede suspender la ejecución de la sentencia cuando el posible resultado del recurso de amparo no sea ineficaz.
¿Y en Europa?
En Europa creo que tiene una vía de acceso que ya está experimentada de manera muy clara en el caso Otegi. La magistrada Ángela Murillo, por el simple hecho de decirle "ya me imaginaba yo que usted respondería así", el TEDH consideró que comprometía su independencia. El señor Barrientos, presidente del TSJC y del tribunal que condena Torra, ha hecho actos, manifestaciones y decisiones que superan con creces la actitud de la señora Murillo. Si Estrasburgo dijo en aquel caso que se perdió la imparcialidad, en el caso de Torra se ha perdido con mucha más intensidad.
"Com la de Otegi, la sentencia de Torra tiene recurrido en Europa por la parcialidad de Barrientos"
La sentencia firme de Torra se ejecutó en cuestión de minutos. Mientras tanto, la de los ultras de Blanquerna hace setenta días que fue dictada y todavía no han ingresado en prisión. ¿Hay una doble vara de medir?
Hay una discordancia notable y preocupante. Que expliquen por qué tenían tanta prisa para notificarlo. Quizás porque tienen pendiente otra causa, y así ya hay una sentencia condenatoria que les avale la decisión que puedan tomar.
Vamos ahora al Consejo General del Poder Judicial. ¿Cómo describiría el bloqueo de su renovación?
Es una culpa compartida. Etso viene de atrás. No sería justo cargar todas las culpas sobre el señor Lesmes. Es la última pieza de una cosa que viene pasando alarmantemente con respecto a la prórroga desde hace doce años y con respecto al reparto de cromos desde 1985. Eso es alarmante per se. Pero un partido político, si quiere ser fiel a la Constitución, no puede bloquear nombramientos de tanta trascendencia.
¿Qué salidas ve?
Veo al menos dos. Una es modificar la ley orgánica del poder judicial. Basta con mayoría absoluta y ahora mismo existe esta mayoría. Modificarla para decir, por ejemplo, que una vez sean escogidos los 12 jueces, intermente por el CGPJ, el presidente fuera el de mayor edad. Yo también lo reformaría, aunque habría que tocar la Constitución, para decir que, si en la primera votación no se obtienen los tres quintos, la segunda votación sea por mayoría absoluta.
A pesar de estar con mandato caducado, ha seguido haciendo nombramientos, hasta 52.
Es absolutamente inconstitucional que siga nombrando. Se da la paradoja de que, de los tres poderes del estado, cuando están en funciones, el legislativo y el ejecutivo tienen las competencias limitadas. Y resulta que el poder judicial, en funciones, tiene competencia absoluta. Es anómalo y contrario a la racionalidad constitucional.
Esto tiene consecuencias a largo plazo. La misma sala de lo penal del Tribunal Supremo mantiene su mayoría absolutísima conservadora, de 12 contra 4... ¿Está predeterminando la doctrina futura?
En los nombramientos de esta semana, paradójicamente, entra un conservador y dos progresistas a la sala de lo penal. Yo, a estas alturas, esto de conservador y progresista me resulta difícil de clasificar. Nos encontramos con muchas sorpresas. Como decía un juez muy conservador del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, (Oliver Wendell) Holmes, una sentencia, independientemente de quien la dicte, vale lo que valen sus razonamientos. Un conservador puede hacer un razonamiento aceptable y un progresista quizás no. El problema es que ahora están entrando en los tribunales asuntos políticos...
Y aquí es cuando todo se tuerce.
El riesgo es lo que llamamos, también con terminología anglosajona, el activismo judicial; con terminología continental, francesa, el gobierno de las togas.
"¿Qué pasaría con la inviolabilidad si, en lugar de acostarse con señoras, el emérito lo hiciera con niñas de siete años?"
¿En España, por ejemplo en el Tribunal Supremo, hay jueces activistas?
Como diría el Evangelio, por sus actos los conoceréis. Por sus sentencias los conoceréis.
Entre líneas puedo leer la respuesta.
(Río) Efectivamente.
Como denuncian desde algunos sectores, ¿hay una "guerra judicial" contra el Gobierno?
Hombre, ha demostrado que tiene una sensibilidad a flor de piel que no había tenido nunca con el Partido Popular. Ya es la tercera vez que saltan a la palestra indebidamente, como si fueran los reyes constitucionales contra el gobierno, y específicamente contra el vicepresidente segundo. Eso denota que hay un sesgo político evidente.
¿Estamos en un escenario de lawfare?
Por supuesto. Algunas veces por activismo judicial; otras veces, por dejadez de funciones por parte del ejecutivo y el legislativo.
¿Qué le pareció la llamada del Rey a Lesmes?
Que se la podría haber ahorrado perfectamente... No creo que sean tan ingenuos los de la Casa Real como para no saber que Lesmes lo diría.
Hemos visto cómo han ido aflorando los escándalos del rey emérito, pero desde tribunales extranjeros.
En parte sí y en parte no. Aquí había datos importantes, que ya estaban en el juzgado número 6. Pero el juez, por no sé qué razón, los tenía en la nevera. Pero cuando el juzgado 5 requiere a la fiscalía suiza unos datos, es la fiscalía suiza la que proporciona estos datos. Se tendría que haber actuado con los datos que ya se tenía y haber pedido auxilio a la fiscalía suiza.
Pero aquí hay un obstáculo, que es la inviolabilidad del Rey.
Si en lugar de dedicarse a ir a la cama con señoras estupendas, ¿lo hiciera con niñas de siete años? Planteo la pregunta a ver si hay algún constitucionalista que me la pueda responder.
Entonces, ¿le ve recorrido a la investigación de la fiscalía del Tribunal Supremo?
No le veo ningún recorrido. Veremos una prescripción masiva...
"El indulto sería un paliativo; la única solución sería la ley de amnistía"
Esta semana hace tres años del 1-O y pronto hará uno de la sentencia. Usted ya durante el juicio oral defendía que, como mucho, había desobediencia. Pero allí siguen, entre rejas...
Precisamente el libro que ahora saco, El gobierno de las togas, está dedicado casi en exclusiva al análisis de todo el proceso, desde el inicio con la querella del fiscal general hasta la prisión preventiva, el juicio y la sentencia. Sigo pensando lo mismo que entonces.
Durante el verano hemos visto cómo se les negaba todo tipo de permisos recogidos por la legislación penitenciaria... ¿Tiene base legal?
Entramos en otro terreno: el discrecional. El 100.2 es discrecional. Pero a mí me asombra que el Tribunal Supremo, desde la plaza de la Villa de París en el centro de Madrid, conozca mejor el pronóstico y la clasificación de un penado que las juntas de tratamiento de las prisiones, sea del procés o cualquier otro. Demuestra que hay una especie de posición indomable para mantener todo esto. Llama la atención.
Los indultos de los presos ya han empezado su trámite y hay quien ya está amenazando con llevarlos a los tribunales si se acaban concediendo.
Hay precedentes. Hay tres sentencias de la sala contenciosa del Supremo anulando indultos. Hasta hace poco a nadie se le pasaba por la cabeza, porque era un derecho de gracia. Pero sólo por falta de cumplimiento de las formalidades legales. O en un caso muy concreto, en el que el Gobierno se excedió al conceder el indulto al banquero Alfredo Sáez y le borraba los antecedentes penales para que pudiera ser consejero del Santander. El Supremo no se opuso al indulto, pero sí a borrar los antecedentes.
Desde el independentismo se pide una ley de amnistía. ¿Se puede hacer?
Por supuesto. Con la Constitución en la mano, hay base. En el artículo 87 se regulan las iniciativas legislativas populares, pero dice que no pueden versar sobre materias de tributos... ni sobre "prerrogativas de gracia". Por lo tanto, a contrario sensu, los otros órganos sí que pueden impulsar una ley pidiendo la amnistía.
Usted defiende que tendrían que salir de la prisión. ¿Cuál sería la mejor solución, los indultos o la amnistía?
Hay una cuestión personal... El indulto sería un paliativo y podría arreglar un poco la situación, no del todo. La única solución sería la ley de amnistía.