El catedrático de derecho constitucional Javier Pérez Royo (Sevilla, 1944) ve justificado que el Parlament presente una querella por prevaricación contra el juez Pablo Llarena, después de impedir la salida de prisión de Jordi Sànchez para el debate de investidura. Pero no solo el Parlament como institución, sino que también estaría “legitimado” cualquier ciudadano de Catalunya, que ha visto vulnerados sus derechos de representación por la decisión del magistrado del Tribunal Supremo.
Con el último auto cree que ha vuelto a demostrar que actúa en base a un “prejuicio” que le impide instruir el caso con imparcialidad. Es por eso que defiende que cualquier encausado podría pedir su recusación.
¿Qué piensa después de leer el auto con el que el juez Llarena negó el permiso a Sànchez para la investidura?
Para mí es un caso de prevaricación de libro. El auto consta de dos partes. En la primera se plantea la revisión de la situación de prisión provisional, y en la segunda la autorización para acudir a la investidura. En la primera yo no estoy de acuerdo, porque no creo que este señor deba estar en prisión, pero hay argumentación. Es una argumentación con la que no estoy de acuerdo, pero es plausible. Pero en la segunda parte no hay ninguna argumentación jurídica. Hay una apariencia de argumentación jurídica.
La investidura está regulada por el Estatut y la Ley de la Presidencia…
¡Y por el artículo 52 de la Constitución! Es una materia exclusivamente reservada al bloque de la constitucionalidad. No hay ninguna norma jurídica que no sea la Constitución o el Estatut que la pueda regular. La argumentación del juez tendría que haberse hecho en base a esas normas. Y no hace uso de ellas en absoluto, ni una sola vez. Ni los toma en consideración. Prescinde de la Constitución y el Estatut y se arroga una competencia que no tiene de ninguna de las maneras. Es una prevaricación de libro, porque está quebrando el principio de legitimación democrática del Estado.
¿Es una argumentación política?
No es que sea una argumentación que sea política; es que no la hace con base a las normas que debería usar. No puede utilizar normas distintas a esas. Si usted coge normas distintas, como la Ley de Enjuiciamiento Criminal u otras competencias que tiene como juez instructor… Es que no tiene nada que ver para que este señor pueda ir a la investidura. No usa el derecho aplicable, sino que selecciona el derecho que le parece bien. Si ni el legislador puede penetrar en el bloque de la constitucionalidad, ¿cómo va a hacerlo un juez? El juez debe interpretar y aplicar la ley.
Este martes la Mesa ha acordado solicitar a los letrados que analicen posibles acciones penales contra Llarena. ¿Podría presentar una querella por prevaricación?
Claro que sí. El Parlament, el propio Jordi Sànchez y cualquier ciudadano de Catalunya. Porque aquí se ha vulnerado el derecho de sufragio pasivo del señor Sànchez y el derecho de sufragio activo de todos los ciudadanos de Catalunya. Legitimado para interponer una querella lo está cualquier ciudadano de Catalunya. Y cualquier institución: todos los ayuntamientos, las diputaciones, las universidades… Todo el mundo. Porque esto es una barbaridad.
El juez analiza el precedente de Juan Carlos Yoldi, entonces acusado por terrorismo, y concluye que él sí podía, pero que Sànchez no puede…
No solamente eso. El caso de Yoldi es muy distinto, porque él no era candidato. Se presentaba candidato por su grupo parlamentario, pero no era el candidato propuesto por el presidente del Parlamento después de consultar a todos los grupos, como en este caso. No son comparables. Y la interpretación que hace el juez, que no va a matar… ¿Jordi Sànchez sí? Nula capacidad persuasiva.
Usted ha dicho que con sus autos el juez Llarena ha demostrado su parcialidad…
Es que ha perdido su imparcialidad. Es una barbaridad. Un auto como ese, en el que prescinde del derecho aplicable, está indicando que tiene un prejuicio con base al que toma las decisiones… Carece de la imparcialidad necesaria. Y arrastra a la nulidad absolutamente todo lo actuado. Lo ha vuelto a evidenciar en este último auto.
Es una prevaricación de libro, porque está quebrando el principio de legitimación democrática del Estado
¿Cree entonces que debería ser apartado de la instrucción de la causa?
A parte de pedir la nulidad, pueden pedir la recusación del juez todas las personas implicadas. Hay fundamentos para hacerlo. Carece de imparcialidad para seguir actuando como juez instructor del caso.
La defensa de Sànchez anunció que pediría medidas cautelares a Estrasburgo, pero finalmente no lo hizo. ¿Cree que hay margen para llevar su caso al TEDH?
Evidentemente, en el caso de que interpusiera una querella contra el señor Llarena y no fuera admitida a trámite o fuera rechazada de plano, se podría interponer inmediatamente un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Y si el TC lo rechazara, se podría acudir inmediatamente al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
¿Pero cree que el caso catalán tiene margen en Estrasburgo?
Hombre, que si tiene margen en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos… ¡Es enorme ese margen!
Usted ha usado la expresión “dictadura de la ley” para describir la situación.
No es mía, la tomé de un estudio de la Universidad de Pau, en Francia. Ese estudio, del Institut d'Études Ibériques et Ibérico-Américaines, planteaba el hecho de negarse a hablar políticamente de ese tema, y plantearlo todo en términos jurídicos. O el hecho de pedir a una gente que lo resuelva a través de una reforma de la Constitución que por porcentaje de población no pueden llevar a cabo. ¿Eso es Estado de derecho o dictadura de la ley? Es un subterfugio para no tratarlo políticamente, que es como debería ser tratado.
¿Le ve una solución temprana a todo este lío?
No. De momento, ninguna. Ya veremos…
Es pesimista.
No, pesimista no; soy realista. No veo ninguna solución a la vista. Al contrario, el problema se va erosionando más, se van cerrando puertas y cada parte va en dirección contraria. Aproximar posiciones se está haciendo cada vez más difícil. Alguna habrá, pero yo ahora no la veo.