El Reino de España ha confesado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que el Tribunal Supremo no quiere aplicar la amnistía a los presos políticos del procés, en contra del criterio del Gobierno, según el escrito al cual ha tenido acceso ElNacional.cat este lunes. El tribunal con sede en Estrasburgo preguntó al Gobierno si se aplicaba la norma del olvido penal a los políticos independentistas condenados por sedición en 2019. Fue el abogado, Jordi Pina, en nombre de Jordi Turull, quien alertó al tribunal que aunque España anunciara que el pasado junio entró en vigor la ley de amnistía, esta no estaba siendo aplicada por el alto tribunal español. La respuesta de España es un formulario, sin cuestionar al Supremo. La concesión del indulto a los 9 políticos independentistas por parte del Gobierno del PSOE, que les permitió salir de prisión en verano de 2021, y ahora la aprobación de la ley de amnistía, hacían sospechar que el TEDH desistiría de analizar el fondo de la demanda de los catalanes por, supuestamente, haber sido reparados. Ahora el tribunal debe dictar sentencia.
“Se informa de que el Gobierno considera compatible la defensa del Reino de España de las decisiones adoptadas por la jurisdicción española en el caso, concretamente de la STS del 14 de octubre de 2019, con la adopción de la Ley de Amnistía”, afirma, de forma aséptica, el abogado del Estado, Alfonso Brezmes Martínez de Villarreal, en nombre del Reino de España.
Vulneración de derechos
En la demanda, los presos políticos de ERC —Oriol Junqueras, Dolors Bassa, Raül Romeva— y los de Junts —Turull y los líderes de Òmnium y la ANC, Jordi Cuixart, y Jordi Sànchez— respectivamente, denunciaron la vulneración de derechos fundamentales por parte del Supremo y que España no responde a sus denuncias en este procedimiento. El alto tribunal español no se puede defender directamente ante el TEDH, sino a través de la Abogacía del Estado, la cual mantiene un criterio opuesto con el Supremo, encabezado por Manuel Marchena.
Sin confrontación con el Supremo
En la respuesta al TEDH, el abogado del Estado hace un relato cronológico sobre lo que ha pasado con la ley de amnistía. Afirma que esta norma se aprobó por el Gobierno el 11 de junio pasado, que la pidieron 6 de los 9 presos políticos, y que el Tribunal Supremo se ha negado a aplicársela por el delito de malversación. Además, detalla que el Tribunal Constitucional tiene que resolver ahora los recursos presentados por el grupo del PP y también por el alto tribunal español por el caso de un joven condenado por un delito de desórdenes públicos por el 1-O.
“El Gobierno ha hecho las correspondientes alegaciones en la cuestión manteniendo la constitucionalidad de la ley de amnistía por considerar que, a diferencia del criterio mantenido por el Tribunal Supremo, no se vulneran el derecho constitucional a la igualdad ante la Ley, principios de seguridad jurídica y proscripción de la arbitrariedad, y, subsidiariamente, el principio de exclusividad jurisdiccional”, afirma el abogado del Estado, sin contradecir el fondo de los argumentos del Supremo. Solo admite que una magistrada del Supremo, Ana Ferrer, ha presentado un voto particular contra el parecer de la mayoría de sus colegas, y que sostiene que el razonamiento de la mayoría de magistrados dejan en papel mojado la norma y la voluntad del legislador.