España suma una nueva condena de la justicia europea. El TJUE ha condenado este jueves a España a pagar una multa de 15 millones de euros por no haber adoptado a tiempo la directiva de protección de datos personales para facilitar su intercambio entre las autoridades policiales y judiciales para investigar y castigar delitos.
Además de la multa, el tribunal ha condenado a España al pago de una sanción diaria de 89.000 euros si el incumplimiento todavía existe a día de hoy y hasta que sea transpuesta a la legislación nacional la directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales.
Infracción
El caso se remonta a julio de 2018, cuando la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción por no haber comunicado la aprobación de estas normas de protección de datos, que debían haber sido adoptadas por los Estados miembros antes del 6 de mayo de 2018. Tras un año de intercambios con las autoridades españolas, Bruselas elevó el asunto a la Justicia europea en julio de 2019.
#ECJ: #Spain ordered to pay a lump sum of € 15 million and a daily penalty of € 89,000 for failing to transpose or communicate transposition measures regarding the Directive on the protection of #PersonalData for the purposes of the prevention and detection of criminal offences
— EU Court of Justice (@EUCourtPress) February 25, 2021
España argumentó que las "circunstancias institucionales muy excepcionales" que existían habían "retrasado" las actividades del Gobierno y del Congreso. El Gobierno, adujo, se encontraba entonces "en funciones" y este hecho era de "singular relevancia a la hora de valorar la proporcionalidad de las sanciones" que había propuesto el Ejecutivo comunitario. La Comisión Europea fijó el 25 de marzo de 2019 como fecha límite para adoptar la directiva antes de llevar el caso a la Justicia, si España seguía sin adoptar las medidas requeridas.
Multa como presión
La sentencia del TJUE pone énfasis en el hecho que ha "persistido" en el incumplimiento, puesto que "en la fecha de terminación de la fase escrita ante el TUE, el 6 de mayo de 2020, no había adoptado ni comunicado las medidas necesarias para garantizar la transposición de la directiva al Derecho español". Por ello, los jueces europeos consideran que la condena al pago de una multa coercitiva "constituye un medio apropiado para garantizar que el Estado ponga fin, lo antes posible, al incumplimiento declarado".